Las empresas del sector inmobiliario ya debían tener un canal de denuncias, al ser uno de los sujetos a los que afecta la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo, y si bien, muchas de estas empresas ya implantaron esta herramienta, con la entrada en vigor de la Ley 2/2023, el canal de denuncias para inmobiliarias se debe adaptar a los nuevos requisitos establecidos en ella.
En este artículo hablamos de:
- ¿Están obligadas las inmobiliarias a tener canal de denuncias?
- ¿Qué normativa regula el canal de denuncias en inmobiliarias?
- Requisitos del canal de denuncias para inmobiliarias
- ¿Cómo implantar el canal de denuncias en una inmobiliaria?
- Responsabilidades por tener canal de denuncias en la inmobiliaria
- Algunas inmobiliarias ya tienen su canal de denuncias
¿Están obligadas las inmobiliarias a tener canal de denuncias?
Sí, las empresas inmobiliarias están obligadas a tener un canal de denuncias, en su caso, con independencia de su número de trabajadores, puesto que, cómo decíamos en la introducción, son uno de los sujetos obligados por la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales.
Ahora bien, aquellas inmobiliarias, así como otras empresas dedicadas al sector inmobiliario que ya tuvieran implantado el canal de denuncias obligatorio, deberán asegurarse de que este cumple con los requisitos de la Ley 2/2023 y, de no hacerlo, adaptarlo a la nueva normativa dentro del plazo dado por esta, que finalizó el 13 de junio de 2013 para las empresas de más de 250 empleados y el 1 de diciembre de 2023 para las empresas de entre 50 y 249 empleados.
Contrata el canal de denuncias con un servicio especializado
Las inmobiliarias que carezcan de medios y recursos propios para implantar el canal de denuncias o quieran tener una herramienta más independiente y objetiva, pueden contratar el canal de denuncias con una consultoría especializada, como Grupo Atico34.
Ofrecemos la gestión completa del canal de denuncias, desde la implantación del software, hasta el asesoramiento y acompañamiento en la valoración e investigación de las denuncias. Gracias a un equipo de abogados expertos en compliance y una dilatada experiencia, nuestro servicio del canal de denuncias cumple con todos los requisitos de la Ley 2/2023 y la normativa de protección de datos.
¿Qué normativa regula el canal de denuncias en inmobiliarias?
Como ya hemos adelantado, la normativa que regula el canal de denuncias para inmobiliarias es, aparte de la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales, la Ley 2/2023, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, comúnmente llamada ley de protección de denuncias o ley del canal de denuncias.
Esta Ley traspone la Directiva Whistleblowing de la UE al ordenamiento jurídico español y regula cómo deben ser los canales de denuncia o sistemas internos de información de las organizaciones privadas y públicas, así como establece la obligación de proteger a los denunciantes o informadores ante cualquier tipo de represalia, al tiempo que se garantiza la confidencialidad de todo el proceso y de las identidades de las denunciantes y personas afectadas (denunciados y otras personas que puedan ser mencionadas en la denuncia).
Requisitos del canal de denuncias para inmobiliarias
De acuerdo a la Ley 2/2023, el canal de denuncias para inmobiliarias debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser accesible para cualquier empleado de la inmobiliaria, así como para cualquier persona que tenga o haya tenido una relación con ella (exempleados, socios, proveedores, clientes, etc.). Además, debe ser fácil de usar.
- Debe aceptar denuncias por escrito y denuncias verbales (sean estas telefónicas, a través de la carga o envío de un archivo de audio o presenciales).
- Debe poder recibir y gestionar denuncias anónimas.
- El sistema debe permitir la comunicación confidencial entre denunciante y Responsable o persona asignada por este para la gestión de casos, tanto si el denunciante se ha identificado como si la denuncia es anónima.
- Tener implementadas medidas que garanticen tanto la confidencialidad como la seguridad de la información. Se debe preservar la identidad de los denunciantes y las personas afectadas por la denuncia.
- Garantizar la protección de los denunciantes ante posibles represalias.
- Tener un protocolo, que incluirá el funcionamiento, alcance y procedimiento del canal de denuncias (incluido el proceso de investigación interna y la resolución de las mismas).
- Tener elaborado y publicado el reglamento del canal de denuncias, en el que se describirá quiénes pueden usar el canal, qué hechos se pueden denunciar y el procedimiento que seguirán las denuncias enviadas, entre otros aspectos.
- Contar con un régimen sancionador interno, proporcional y dentro de los límites que marca la ley.
- Tener designado un Responsable del canal de denuncias, que puede ser tanto una persona como un órgano colegiado. Ha de ser independiente y autónomo. Se ocupará de toda la gestión del canal de denuncias y de las denuncias recibidas. Así mismo, su nombramiento será comunicado a la Autoridad Independiente de Protección al Denunciante (A.A.I.)
- Llevar un libro-registro de las denuncias recibidas y tramitadas, así como de sus resoluciones.
- Cumplir con la normativa de protección de datos.
- Designar un Delegado de Protección de Datos (si no se cuenta con uno).
- Revisar periódicamente el funcionamiento del canal de denuncias.
¿Cómo implantar el canal de denuncias en una inmobiliaria?
Implantar el canal de denuncias para inmobiliarias pasa por decidir primero las vías de comunicación que se usarán para hacer y recibir las denuncias, para lo que se recomienda usar una solución digital, preferiblemente un software para el canal de denuncias (ya que habilitar solo una dirección de correo electrónico no cumpliría con todos los requisitos de la normativa), elaborar el protocolo y reglamento del canal de denuncias (se recomienda hacerlo previa consulta con la representación legal de los trabajadores), designar a su responsable y crear el libro-registro.
Todo ello, siempre teniendo en mente las medidas técnicas y organizativas que será necesario adoptar para garantizar la confidencialidad y seguridad de la información, así como aquellas destinadas a la protección de los denunciantes.
Finalmente, se deberá comunicar la existencia del canal de denuncias, así cómo su protocolo y reglamento.
Cabe señalar que la Ley permite contratar la gestión externa del canal de denuncias a las inmobiliarias con un servicio especializado, como Grupo Atico34. Este gestor externo ayudará y acompañará a la inmobiliaria en todo el proceso de implantación e implementación del canal de denuncias, en muchos casos facilitando el software para ello. Así mismo, algunos de estos gestores (como es el caso de Grupo Atico34) incluyen en el precio del canal de denuncias un servicio de asesoramiento jurídico y asistencia en la valoración de las denuncias recibidas, en su tramitación y durante su investigación y resolución, manteniendo siempre una vía de comunicación abierta con el Responsable del canal.
Así mismo, contratar el canal de denuncias con un gestor externo asegura una mayor objetividad e independencia a la hora de valorar las denuncias recibidas y decidir si deben ser tramitadas o archivadas.
Responsabilidades por tener canal de denuncias en la inmobiliaria
No tener implantado el canal de denuncias en la inmobiliaria es motivo de sanción; en el caso de la Ley 2/2023, esta contempla sanciones que pueden alcanzar un millón de euros para las personas jurídicas en los casos más graves de infracciones cometidas respecto al canal de denuncias y su funcionamiento, así como en lo que respecta a la protección de los denunciantes.
Algunas inmobiliarias ya tienen su canal de denuncias
Ya hay inmobiliarias que tienen implementado su canal de denuncias; cómo decíamos, algunas ya lo tenían para cumplir con la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales, por lo que en muchos casos solo han tenido que adaptarlo a la nueva normativa de protección del denunciante.
A continuación vemos algunos de esos ejemplos de canal de denuncias en inmobiliarias.
Grupo Insur
Grupo Insur es una empresa del sector inmobiliario con más de 75 años de historia, se dedican a la promoción y construcción de viviendas y activos inmobiliarios y la página web corporativa podemos encontrar el acceso al canal de denuncias de Grupo Insur, que nos presenta una vía de denuncia a través de formulario web (que admite la denuncia anónima), otra mediante correo electrónico a una dirección específica y otra mediante correo postal.
Habitat Inmobiliaria
Habitat Inmobiliaria es una promotora con más de 70 años en el mercado español. En la sección de Buen Gobierno de la web corporativa podemos encontrar el acceso al canal de denuncias de Habitat Inmobiliaria; este canal está habilitado a través de una plataforma digital, cumpliendo con los requisitos de confidencialidad y seguridad de la Ley 2/2023. Se puede hacer la denuncia a través del formulario web o por correo postal.
Salsa Inmobiliaria
Salsa Inmobiliaria, que pertenece al Grupo Sociedad Azucarera Larios, es una promotora inmobiliaria española dedicada a la construcción y venta de viviendas, oficinas y locales comerciales. Se puede acceder al canal de denuncias de Salsa Inmobiliaria desde la sección Quiénes somos de su web y aunque en la página de inicio se menciona que las denuncias deben ser nominativas, el sistema permite hacer también denuncias anónimas.