Llevar a cabo el Plan de igualdad es un proceso que lleva su tiempo, ya solo constituir la comisión negociadora puede suponer un mes o más, dependiendo del tamaño de la empresa y de si existe o no representación legal de los trabajadores en ella. Por ello, en esta entrada vamos a repasar los plazos del Plan de igualdad, tanto para su elaboración como para su inscripción, puesta en marcha y su vigencia.

Plazos máximos del Plan de igualdad, según el tamaño de la empresa ¿estás a tiempo?

Con la entrada en vigor del Decreto 6/2019, se establecieron unos plazos máximos para las empresas para implantar su Plan de igualdad. Estos plazos varían según el tamaño de las organizaciones (es decir, el número de trabajadores en plantilla) y son de obligado cumplimiento, de manera que aquellas empresas que no tengan elaborado o, al menos, constituida la comisión negociadora del Plan de igualdad en el plazo que marca la ley, podrían enfrentarse a sanciones (de las que hablaremos más adelante).

De esta manera, los plazos para la implantación del Plan de igualdad de acuerdo al citado Decreto finalizan el próximo 7 de marzo de 2022 para las empresas con más de 50 trabajadores, pero debes tener en cuenta que las empresas con plantillas de entre 100 y 250 trabajadores ya deberían tener implantado su Plan de igualdad, puesto que sus plazos terminaron el 7 de marzo de 2021 para las empresas de entre 100 y 150 trabajadores, y el 7 de marzo de 2022 para las empresas de entre 150 y 250 trabajadores.

Tabla resumen: plazos vs. tamaño de empresa

Tamaño empresa Plazos
Plantilla de 150 a 250 trabajadores Finalizado el 7 de marzo de 2020
Plantilla de 100 a 150 trabajadores Finalizado el 7 de marzo de 2021
Plantilla de 50 trabajadores Finaliza el 7 de marzo de 2022

Si tu empresa pertenece a las dos primeras categorías y aún no tiene implantado el Plan de igualdad, estaría ya fuera de plazo y expuesta a recibir sanciones importantes.

Plazos Plan de Igualdad

Teniendo en cuenta estos plazos límite, es conveniente empezar a elaborar tu plan cuanto antes

Elaborar un Plan de igualdad y ponerlo en marcha no es un proceso rápido, especialmente en empresas que carezcan de representantes de los trabajadores, además, cada una de las distintas fases de un Plan de igualdad conlleva su propio tiempo, desde la constitución de la comisión negociadora, pasando por la negociación de las medidas del plan, hasta su registro y puesta en marcha.

Por esta razón, cuanto antes comiences el proceso de elaboración del Plan de igualdad, más posibilidades habrá de tenerlo hecho e inscrito en su correspondiente Registro, antes de que finalice el plazo dado por la ley.

Y si tu empresa ya está fuera de plazo, no deberías esperar ni un minuto más o podría salirte muy caro.

Plan de Igualdad para empresas

¿Cuándo es conveniente empezar a elaborar un Plan de igualdad?

Para las empresas obligadas a tener Plan de igualdad dentro de su plazo, lo ideal sería empezar a elaborarlo ya, puesto que en conjunto, el proceso de puesta en marcha del Plan de igualdad puede llevar varios meses y cuanto más grande la plantilla, más tiempo llevará realizar cada fase.

Además, hay que tener en cuenta también que hay un plazo para presentar el Plan de igualdad desde el momento en que se redacta el compromiso de la empresa con la igualdad y la intención de poner en marcha el plan, así como desde el momento en que se constituye la comisión negociadora del mismo.

Y también hay un plazo para registrar el Plan de igualdad en el Registro de Planes de Igualdad.

¿Cuánto se tarda en cerrar la comisión negociadora?

Constituir la comisión negociadora del Plan de igualdad es, quizás, uno de las fases que más tiempo puede consumir, puesto que en caso de no existir representación legal de los trabajadores en la empresa, es necesario ponerse en contacto con los principales sindicatos para invitarlos a formar parte de la comisión.

Este es un paso obligatorio, los planes de igualdad (incluido el informe de diagnóstico previo) deben estar siempre negociados entre la empresa y los trabajadores, a través de la representación legal de estos, y cualquier plan que no haya sido negociado de esta forma, no será aprobado.

Dependiendo del tamaño de la empresa y de si hay o no representación legal de los trabajadores, la constitución de la comisión negociadora puede llevar desde 1 mes a 6 meses.

En cualquier caso, la ley establece un plazo de 3 meses desde que se alcanza el umbral para implantar el Plan de igualdad en la empresa, de manera que cuando se llegue a los 50 trabajadores, la empresa tendrá un plazo máximo de 3 meses para iniciar el proceso de constitución la comisión negociadora del plan.

¿Cuánto se tarda en elaborar el plan?

Como ya hemos dicho, el tiempo que lleva elaborar un Plan de igualdad varía en función del tamaño de la empresa y este puede oscilar entre los 2 y los 6 meses.

Aún hay que tener en cuenta que la ley establece un período máximo de un año para la negociación, elaboración del contenido del Plan de igualdad y la solicitud de registro del plan.

Este plazo para la presentación del Plan de igualdad comienza a contar desde el momento en que hay obligación de tener un Plan de igualdad, es decir, desde el momento en que la plantilla alcanza los 50 trabajadores.

¿Cuándo hay que registrar el Plan de igualdad?

El plazo para el registro del Plan de igualdad es de 15 días a partir de la firma del Plan.

El registro de planes de igualdad de las empresas se realiza de forma telemática a través de la aplicación REGCON del Registro y Depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.

¿Cuánto tiempo tiene la empresa para aplicar las medidas incluidas en el PDI?

Si bien no hay un plazo específico por ley para la aplicación de las medidas incluidas en el Plan de igualdad, lo que sí existe es la obligación de incluir en el mismo un calendario con fechas para la implantación, seguimiento y evaluación de cada una de las medidas que se hayan especificado en el Plan.

Dichos plazos deben cumplirse y, por tanto, es necesario que las medidas acordadas se materialicen en el tiempo especificado para ello. El Plan no es una mera declaración de intenciones y, por tanto, hay que llevar a cabo un seguimiento y evaluación para poder determinar si los objetivos propuestos se alcanzan o no.

Sanciones por no presentar el Plan de igualdad dentro de plazo

No cumplir con los plazos del Plan de igualdad puede conllevar sanciones, cuya cuantía dependerá de la gravedad de la infracción.

En el caso de no presentar el Plan de igualdad dentro de plazo, la sanción podría ir de los 750 euros a los 7.500 euros. Si la empresa ya ha sido apercibida por la autoridad laboral sobre la obligación de tener un Plan de igualdad y todavía no lo ha puesto en marcha, la sanción podría ir de los 7.501 euros a los 225.018 euros.

Aparte de las sanciones económicas, una empresa que no tenga implantado un Plan de igualdad dentro de plazo, podría también perder de forma automática cualquier tipo de subvención o ayuda, así como cualquier tipo de bonificación o beneficio derivado de la aplicación de los programas de empleo y la imposibilidad de solicitar este tipo de ayudas durante un período máximo de 2 años.

¿Cuál es el plazo máximo de vigencia de un Plan de igualdad?

El período de duración o vigencia de los planes de igualdad será determinado por las partes negociadoras y, en cualquier caso, no podrá ser superior a cuatro años.

Este plazo no quita que la vigencia Plan de igualdad pueda ser menor, es decir, tu empresa puede elaborar un Plan de igualdad con una vigencia de 2 años, por ejemplo, si así se establece en el propio Plan.

El plazo de vigencia del Plan de igualdad será negociado, como todo lo referente al propio plan, por la representación de la empresa y la representación legal de los trabajadores. Y al finalizar dicho plazo, habrá que evaluar si se han conseguido alcanzar los objetivos propuestos (independientemente de las fases de evaluación que se establezcan dentro del propio Plan para su seguimiento).

¿Necesitas elaborar un Plan de Igualdad para tu empresa? Te podemos ayudar