¿A qué sanciones se puede enfrentar una organización por no tener un canal de denuncias? ¿Qué otras consecuencias legales y reputacionales puede tener carecer de canal de denuncias o incurrir en alguna de las infracciones relacionadas con el mismo? En las siguientes líneas revisamos todo lo que necesitáis saber sobre las sanciones por canal de denuncias.
Contenido del artículo
- ¿Quién puede ser sancionado por no tener canal de denuncias?
- Sanciones y multas por canal de denuncias
- Tipos de infracciones
- ¿A qué otras consecuencias se enfrenta una empresa por no tener canal de denuncias?
- Evita sanciones y otros costes implementando un canal de denuncias en la empresa
- Te ayudamos a cumplir la Ley de Protección de Datos
¿Quién puede ser sancionado por no tener canal de denuncias?
No tener implementado debidamente el canal de denuncias, es decir, garantizando la confidencialidad y el anonimato de los informantes, puede suponer sanciones de hasta 1 millón de euros para los infractores.
Estas sanciones por no tener el canal de denuncias o tenerlo sin cumplir con los requisitos de la Ley 2/2023, de protección de informantes de corrupción (artículo 63), pueden imponerse tanto a personas jurídicas como físicas, si estas últimas infringen la ley (por ejemplo, toman alguna represalia en contra del informante) u obstaculizan de alguna manera el adecuado funcionamiento del canal.
Por lo tanto, las sanciones del canal de denuncias pueden imponerse a la empresa u organización y/o a sus miembros, sean estos empleados o directivos, cuando cometan algunas de las infracciones leves, graves o muy graves que detallaremos en los siguientes epígrafes.
Sanciones y multas por canal de denuncias
Las sanciones a empresas u organizaciones obligadas a tener un canal de denuncias llevan asociadas multas monetarias, en función de si se trata de una persona física o jurídica.
- Personas físicas: Multas de 1.001 hasta 10.000 euros por infracciones leves, de 10.001 hasta 30.000 euros por infracciones graves y de 30.001 hasta 300.000 euros por infracciones muy graves.
- Personas jurídicas: Multas de hasta 100.000 euros por infracciones leves, entre 100.001 y 600.000 euros por infracciones graves y entre 600.001 y 1.000.000 de euros por infracciones muy graves.
En este cuadro resuman se especifican todas las sanciones contempladas por no tener el canal de denuncias o relacionadas con el debido funcionamiento de este, son, de manera resumida, las siguientes:
| Sujeto | Sanciones por infracciones leves | Sanciones por infracciones graves | Sanciones por infracciones muy graves |
|---|---|---|---|
| Personas jurídicas | Hasta 100.000 € | De 100.001 a 600.000 € | De 600.001 a 1 millón de € |
| Personas físicas | De 1.001 a 10.000 € | De 10.001 a 30.000 € | De 30.001 a 300.000 € |
Tipos de infracciones
Este régimen sancionador está regulado en la Ley de protección del denunciante de corrupción, también llamada ley del canal de denuncias, que transpone la Directiva Whistleblowing (Directiva UE 2019/1937) al ordenamiento jurídico español, y que establece las siguientes infracciones:
Infracciones leves
Se tipifican como infracciones leves las siguientes acciones o conductas:
- Remisión de información de forma incompleta, de manera deliberada por parte del Responsable del Sistema a la Autoridad competente, o fuera de plazo para ello.
- Incumplir con la obligación de colaboración con la investigación de denuncias.
- Cualquier incumplimiento de las obligaciones previstas en la ley que no esté tipificado como infracción muy grave o grave.
Las infracciones leves se castigan con multas de hasta 100.000 euros para las personas jurídicas.
Infracciones graves
Son infracciones graves de la Ley de protección de denunciantes de corrupción:
- Cualquier acción que limite los derechos y garantías previstos en la ley, así como cualquier intento o acción que obstaculicen o traten de obstaculizar las denuncias y su seguimiento, que no tenga consideración de muy graves.
- Vulnerar las garantías de confidencialidad y anonimato previstas en la ley, cuando no tenga consideración de muy grave.
- Vulnerar el deber de mantener secreto cuando no tenga la consideración de muy grave.
- No cumplir con la obligación de adoptar las medidas para garantizar la confidencialidad y secreto de las denuncias.
- La comisión de una infracción leve, cuando el autor hubiera sido sancionado por dos infracciones leves en los dos años anteriores.
Las infracciones graves están castigadas con multas de 100.001 a 600.000 euros para personas jurídicas.
Infracciones muy graves
La Ley tipifica como infracciones muy graves las siguientes acciones:
- Cualquier acción que limite los derechos y garantías previstos en la ley, así como cualquier intento o acción que obstaculicen o traten de obstaculizar las denuncias y su seguimiento. También las denuncias basadas en información falta a sabiendas de ello.
- Adoptar cualquier tipo de represalia contra los denunciantes.
- Vulnerar las garantías de confidencialidad y anonimato previstas en la ley. Así como cualquier intento de revelar la identidad del denunciante anónimo.
- Vulnerar el deber de mantener secreto sobre cualquier aspecto relacionado con la denuncia.
- Cometer otra infracción grave, cuando el infractor ya hubiera sido sancionado mediante resolución firme por dos infracciones graves en los dos años anteriores.
- Comunicar o revelar públicamente información a sabiendas de su falsedad, en las denuncias en las que se identifique el denunciante.
Estas infracciones están castigadas con sanciones de 600.001 a 1 millón de euros para las personas jurídicas, además, la Autoridad Independiente de Protección del Denunciante también podría acordar tomar las siguientes medidas sancionadoras:
- Amonestación pública.
- Prohibición de obtener subvenciones y otros beneficios fiscales durante un plazo máximo de 4 años.
- Prohibición de contratar con el sector público durante un plazo máximo de 2 años.

Resumen de las sanciones y multas a las que puede exponer el canal de denuncias
Las sanciones por no tener canal de denuncias pueden llegar hasta 1 millón de euros en caso de ser infracciones muy graves, sin perjuicio de las sanciones aplicables por no cumplir la ley de protección de datos.
¿A qué otras consecuencias se enfrenta una empresa por no tener canal de denuncias?
Aparte de las sanciones contempladas en la Ley del canal de denuncias, cuya potestad sancionadora recae sobre la Autoridad Independiente de Protección del Denunciante, las empresas y organizaciones también se enfrentan otras consecuencias legales y sociales.
Por un lado, si la infracción provoca la fuga o exposición de datos personales, se aplicarán también las sanciones previstas en el RGPD y la LOPDGDD.
Así mismo, también hay otras normativas que establecen la obligatoriedad de tener un canal de denuncias y que, por tanto, contemplan sanciones para las organizaciones que no cumplan con dicha obligación.
Algunas de esas sanciones son:
- Sanción de hasta 60.000 € por infracción leve de la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales.
- Sanciones que pueden alcanzar los 225.018 € por infracciones (según su gravedad) de la normativa de Igualdad (recordemos que contar con un protocolo de prevención del acoso sexual o por razón de sexo es una obligación contemplada para todo tipo de organizaciones y ese protocolo debe contar con un canal de denuncias).
Por otro lado, no tener implementado el canal de denuncias también puede tener repercusiones para la reputación de la empresa e incluso consecuencias penales. Así, por un lado, está el daño reputacional si la sanción impuesta se publica en el BOE, ya que estaría obteniendo una publicidad que impactaría negativamente en la reputación e imagen de la empresa, que podría perder clientes, contratos y, en su caso, inversores y otros socios.
Por otro lado, no tener un canal de denuncias hace más difícil la detección temprana de comportamientos y acciones ilícitas dentro de las organizaciones, lo que puede derivarse en la imposición de otras multas y penas, como las que contempla el Código Penal para los delitos de los que la persona jurídica puede tener responsabilidad penal, al no cumplir con sus obligaciones de supervisión y control.
Esas multas pueden alcanzar los 9 millones de euros o hasta 12 veces el valor del beneficio obtenido o que se esperaba obtener con la acción ilícita, además de la posible disolución de la organización, clausura de locales, pérdida de subvenciones, imposibilidad de contratar con el sector público, etc.
Evita sanciones y otros costes implementando un canal de denuncias en la empresa
La única forma de evitar las sanciones por no tener el canal de denuncias, es implementar este en la empresa, si está obligada a contar con él, de esa forma las empresas se ahorrarán los costes de las multas (que ya hemos visto que pueden ser bastante elevados).
Y si la empresa no está obligada a tener canal de denuncias (tiene menos de 50 personas trabajadoras), es recomendable que implemente también esta herramienta, especialmente si quiere atenuar o eximir su responsabilidad penal en la comisión de delitos por parte de sus miembros, ya que el canal de denuncias es uno de los requisitos del plan de prevención de la comisión de delitos penales que contempla el Código Penal.
No contar con un canal de denuncias o no implementarlo de forma correcta, si tu empresa tiene la obligación de hacerlo, puede derivar en sanciones muy graves que alcanzan el millón de euros.
Si tu empresa carece de los medios y recursos necesarios para implementar el canal de denuncias, puedes contratar un canal de denuncias externo con un proveedor especializado, ya que la ley admite esta gestión externa del canal de denuncias, siempre y cuando cumpla con los requisitos de confidencialidad, secreto y protección de datos y mantenga la comunicación con el Responsable del canal.
Y si te preguntas cuál es el precio del canal de denuncias, recuerda que más caro puede salirte el no tenerlo implementado o no gestionarlo de manera adecuada y de acuerdo a la ley.
El canal de denuncias es uno de los servicios de cumplimiento normativo que ofrecemos en Atico34; nuestro equipo de abogados te asistirá tanto en su implementación como en su gestión y te asesorará jurídicamente sobre la tramitación de las denuncias y las medidas a adoptar. No dudes más, ponte en contacto con nosotros y solicita tu presupuesto para el canal de denuncias.
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