Los planes de igualdad tienen un tiempo máximo de vigencia, lo que implica que una vez vencido ese plazo, es necesario renovarlos. En este artículo vamos a ver cuándo deben las organizaciones proceder a la renovación del plan de igualdad y qué implica dicha renovación.

¿Es imprescindible renovar el plan de igualdad?

Sí, es imprescindible renovar el plan de igualdad una vez finalizado su período de vigencia y siempre que siga siendo necesario implementar medidas que permitan alcanzar la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en la organización. Es decir, que mientras siga habiendo alguna clase de desigualdad por razón de sexo, la organización deberá proceder a la renovación del plan de igualdad.

De ahí que cuando buscamos «plan de igualdad» en Internet, encontremos diferentes versiones de los mismos bajo títulos similares a este: «II Plan de Igualdad de empresa X» o «IV Plan de Igualdad del Ayuntamiento de X».

Recordamos que las empresas o cualquier otro tipo de organización con más de 50 personas trabajadoras, tienen la obligación de tener un plan de igualdad ya implantado.

¿Cuándo hay que renovar el plan de igualdad?

La normativa establece cuatro años como período máximo de vigencia del plan de igualdad, si bien, las partes pueden negociar períodos más cortos de vigencia (uno, dos o tres años). Una vez finalizado dicho período y realizada la evaluación del plan de igualdad en su totalidad, si fuese necesario (aún no se ha alcanzado la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en la organización), habrá que proceder con la renovación del plan de igualdad.

En resumen, si el plan de igualdad de nuestra empresa tiene una vigencia de dos años, deberemos renovarlo finalizado ese tiempo.

Plan de Igualdad para empresas

¿Qué implica la renovación del plan de igualdad?

Renovar el plan de igualdad no es muy diferente a elaborar el plan de igualdad por primera vez, puesto que, hasta que este deja de ser necesario en la organización, se deben volver a realizar básicamente todas las fases del plan de igualdad. Se trata, en cierto sentido, de un proceso circular, que comienza con un análisis de la situación de la que se parte y termina con un proceso de evaluación de todas las medidas acometidas para corregir las situaciones y problemas de desigualdad en la organización.

Es importante señalar que durante los años de vigencia del plan, se habrán debido ir implementando las medidas del plan de igualdad acordadas, según el calendario establecido, de manera que cuando llegue el momento de renovarlo, la organización pueda justificar todas las mejoras que se han logrado alcanzar en materia de igualdad, utilizando los indicadores seleccionados para medir el impacto y éxito de dichas medidas.

Volviendo a las fases, estas son las del proceso de renovación del plan de igualdad:

  • fases renovación del plan de igualdadComisión negociadora:

El primer paso, como ocurre cuando diseñamos el plan de igualdad por primera vez, es convocar y constituir una comisión negociadora; es decir, la renovación del plan de igualdad también debe ser negociada entre la empresa y la representación legal de las personas trabajadoras.

Esta comisión se formará siguiendo las mismas directrices que se siguieron para constituir la primera comisión negociadora del plan de igualdad, no siendo necesario que formen parte de ella exactamente los mismos miembros, aunque sí se recomienda, en la medida de lo posible, mantenerlos, puesto que conocerán mejor la situación en materia de igualdad de la organización y el alcance que habrán tenido las medidas implementadas durante los años de vigencia del plan de igualdad.

  • Diagnóstico:

El siguiente paso será realizar un nuevo diagnóstico de situación, de la misma forma en que se hizo el primer diagnóstico del plan de igualdad, aunque en esta ocasión se podrá recurrir al informe de evaluación final realizado al finalizar el período de vigencia del mismo, puesto que contendrá los resultados y objetivos alcanzados con las medidas implantadas y aquellas áreas donde todavía es necesario seguir mejorando.

  • Diseño e implantación de nuevas medidas:

Las conclusiones del informe de diagnóstico de situación servirán a la comisión negociadora para diseñar nuevas medidas con las que corregir situaciones de desigualdad en la organización o modificar aquellas medidas implementadas en el primer plan de igualdad que hayan resultado ser insuficientes o con las que no se hayan conseguido alcanzar los objetivos marcados.

Se creará un nuevo calendario para implementar las nuevas medidas y se escogerán los indicadores para poder medir y evaluar su impacto en los períodos acordados por la comisión.

Ahí donde se hayan alcanzado los objetivos marcados y, por tanto, ya no se esté produciendo ninguna clase de desigualdad, no será necesario implantar nuevas medidas.

  • Seguimiento y evaluación:

Como hemos señalado en el punto anterior, se establecerá un calendario para poder realizar el seguimiento y evaluación de las medidas del nuevo plan de igualdad que se vayan implementando en la organización.

Lo haremos teniendo en cuenta y cumpliendo los mismos requisitos que describimos en la entrada sobre la evaluación y seguimiento del plan de igualdad, para lo que se designará una comisión de seguimiento y se acordarán los plazos para realizar las evaluaciones periódicas de las medidas y del plan en general (en este segundo caso, habrá que realizar, al menos, una evaluación intermedia y otra al finalizar la vigencia del plan).

Para poder medir el impacto y consecución de las medidas del nuevo plan de igualdad, será necesario establecer los objetivos que se quieren alcanzar con ellas, escoger un sistema de indicadores que permita medir el alcance e impacto de las medidas y fijar los procesos para revisar y, en caso necesario, modificar aquellas medidas que puedan no estar dando los resultados esperados.

  • Registro del nuevo plan de igualdad:

Finalmente, procederemos al registro del plan de igualdad renovado ante la autoridad laboral competente de la misma forma en que registramos el primer plan de igualdad de la organización, para lo que tendremos un plazo de 15 días desde la firma del plan. Recordamos que este registro debe hacerse a través de medios electrónicos en la aplicación REGCON, del Registro y Depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.

La documentación que se debe presentar al hacer el registro es:

  • Plan de Igualdad en formato PDF, firmado por todas las partes que lo suscriben
  • Actas de las sesiones celebradas
  • Documentación para acreditar la representación de la comisión negociadora en la persona que presenta la solicitud de registro
  • Datos relativos a todos los firmantes del Plan

En definitiva, la renovación del plan de igualdad es un proceso muy similar al de la elaboración por primera vez del plan de igualdad, salvo que en esta ocasión se tendrán en cuenta las mejoras y objetivos ya alcanzados a la hora de diseñar e implementar nuevas medidas o modificar y ajustar las que ya se usaron en el plan anterior.