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Videovigilancia

¿Es legal poner cámaras en el trabajo?

Sí, poner cámaras en el trabajo es legal, siempre que se informe de la presencia y finalidad de las cámaras a los empleados y otros visitantes del centro de trabajo y su instalación y uso cumpla con la Ley de Protección de Datos.

A lo largo de este artículo analizamos las claves sobre la instalación de cámaras de vigilancia en el trabajo.

¿Se puede poner cámaras en el trabajo?

Sí, se puede poner cámaras en el trabajo y estas cámaras pueden utilizarse tanto para la videovigilancia en el trabajo, es decir, para garantizar la seguridad de personas, bienes e instalaciones, así como para el control laboral, es decir, la supervisión del cumplimiento de las obligaciones laborales de los empleados.

Para que el uso de cámaras en el trabajo sea legal, es necesario que la instalación de las cámaras y el tratamiento de datos personales resultante de las grabaciones de seguridad y su finalidad cumplan con la normativa sobre cámaras de vigilancia, el Estatuto de los Trabajadores y el artículo 18.1 de la Constitución Española, que entre otros aspectos regulan cuándo es legal que te graben sin tu consentimiento, los límites para la instalación de cámaras en el trabajo y dónde y dónde no se puede poner una cámara de seguridad.

¿Qué dice la ley sobre las cámaras de seguridad en el trabajo?

La ley sobre cámaras de seguridad en el trabajo la encontramos en el RGPD y la LOPDGDD, especialmente en el artículo 89 de esta última, que regula el uso de dispositivos de videovigilancia y grabación de sonidos en el trabajo.

La finalidad de seguridad queda amparada en el interés legítimo del empresario para proteger la seguridad de sus bienes e inmuebles, así como de sus trabajadores.

La finalidad de control del cumplimiento de las obligaciones laborales de los trabajadores, está recogida en el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores, que reconoce el derecho del empresario a emplear medidas de control de la actividad laboral. En ese sentido, las cámaras de videovigilancia pueden emplearse con tal fin, siempre y cuando no supongan una vulneración del derecho fundamental al honor, la intimidad y la propia imagen.

Esto se traduce en cumplir con diferentes obligaciones y requisitos que veremos en los siguientes puntos y que determinan la licitud o no de las cámaras en el trabajo.

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¿Qué requisitos legales deben cumplir las cámaras de vigilancia de un lugar de trabajo?

Para considerar lícito el uso de cámaras de vigilancia en el trabajo, estas deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Se debe informar a los empleados de la presencia de las cámaras de videovigilancia, mediante el correspondiente cartel de zona videovigilada. Este cartel debe estar tanto en los accesos como en el interior del centro de trabajo.
  • Se informará a la plantilla y a su representación legal de la finalidad de las cámaras; seguridad (por ejemplo, se pueden usar las cámaras en el trabajo para prevenir el acoso laboral) y vigilancia y control del cumplimiento de las obligaciones laborales.
  • Se debe respetar la intimidad de los empleados, por lo que cámaras no se instalarán en zonas en las que se presuma intimidad, salvo que concurra una causa de seguridad que lo justifique. Estas zonas en las que no se pueden instalar cámaras de seguridad son:
    • Zonas de descanso. Comedores.
    • Vestuarios.
    • Aseos.
    • Cámaras que enfoquen la vía pública (salvo la franja indispensable en los accesos, y por razones justificadas de seguridad si la cámara enfoca una porción más grande de la calle).
  • El uso de cámaras debe cumplir con los principios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad, lo que en la práctica se traduce en que si hay métodos menos invasivos para realizar el control y vigilancia de las obligaciones laborales, deberá optarse por ellos frente a las cámaras.
  • Las cámaras no pueden grabar conversaciones (no es legal que te graben audio en el trabajo, ya que se considera una medida desproporcionada que vulnera el derecho a la intimidad de las personas).
  • Se debe facilitar a los trabajadores la información respectiva a cómo y dónde pueden ejercer sus derechos de acceso, rectificación y supresión de datos.
  • Las imágenes captadas por los sistemas de videovigilancia solo se conservarán durante un mes.
  • El acceso a las imágenes de las cámaras de videovigilancia será limitado y restringido al personal autorizado (en nuestro artículo sobre quién puede ver las grabaciones de cámaras de seguridad en el trabajo detallamos qué personas pueden acceder a ellas).

No cumplir con estos requisitos es motivo de denuncia y sanción. La AEPD es la principal autoridad de control donde denunciar cámaras de videovigilancia que no cumplan con la normativa. Si se demuestra una instalación indebida y/o la vulneración de la normativa de protección de datos, la empresa puede recibir algunas de las multas por poner cámaras de videovigilancia contempladas en la ley, además de tener que retirar las cámaras.

Cabe señalar que la policía puede solicitar grabaciones de cámaras de seguridad, cuando se ha presentado una denuncia sobre un hecho delictivo filmado por las cámaras, en cuyo caso, el responsable del tratamiento (la empresa) debe facilitar dichas imágenes.

¿Qué pasa si me graban en el trabajo sin mi consentimiento?

Si la instalación de las cámaras en el trabajo cumple con los requisitos descritos en el punto anterior, la empresa puede grabarte sin tu consentimiento, aunque, cómo hemos dicho, siempre deben informarte de la presencia de las cámaras y la finalidad de las grabaciones.

Por lo tanto, en principio, legalmente no pasaría nada por grabarte en el trabajo sin tu consentimiento.

Diferente sería si solo te hubiesen informado de que la finalidad de las cámaras es solo la seguridad y no la supervisión y control laboral. En ese caso, si las grabaciones se usasen como prueba para demostrar un bajo rendimiento o productividad o algún otro incumplimiento laboral por tu parte, se podría pedir al juez la nulidad de las grabaciones como prueba (teniendo en cuenta que ya ha habido casos en los que esto ha ocurrido).

Lo mismo se puede aplicar a las cámaras ocultas, con la salvedad de que su instalación estuviera aprobada por un juez o la empresa justifique debidamente su instalación como único medio para poder recabar pruebas para denunciar un delito o conducta delictiva de la que tienen claras y fundadas sospechas e indicios (no sería válido poner cámaras ocultas como medida preventiva).

Así mismo, si las cámaras están ubicadas en sitios prohibidos, también podría denunciarse su presencia, ya que en zonas en las que se presume intimidad no está permitido grabar sin consentimiento (ni con él, realmente, porque al tratarse de una relación laboral donde hay desequilibrio de poder, el consentimiento de los trabajadores no se consideraría enteramente libre).

¿La inspección del trabajo se puede realizar mediante cámaras de vigilancia?

Sí, se pueden usar cámaras de vigilancia en una inspección de trabajo y/o control de la actividad laboral por parte del empleador.

Cómo decíamos, está amparado en el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores:

El empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales […].

Además, la instalación de estos sistemas de videovigilancia en el trabajo  no requieren del consentimiento de los trabajadores, pero sí que deben ser informados de ello. Por lo tanto, y cómo ya adelantamos en el punto anterior, el uso de cámaras ocultas queda completamente prohibidas en el ámbito laboral.

Una empresa solo puede instalar cámaras ocultas de manera puntual y limitada en el tiempo, cuando tenga sospechas claras y fundadas de que un empleado está cometiendo un acto ilícito, sea este de carácter penal, laboral o administrativo, para recabar las correspondientes pruebas. Pero en ningún caso, la cámara oculta puede grabar de manera continuada en el tiempo.

¿Y qué pasa si te ven las cámaras robando en el centro de trabajo o desatendiendo tus obligaciones laborales (por ejemplo, al ausentarte un largo período de tiempo de tu puesto de trabajo sin justificación)?

Si las cámaras de videovigilancia en el trabajo cumplen con los requisitos señalados, las imágenes grabadas por las mismas pueden usarse para justificar un despido por motivos disciplinarios o por infracción de la buena fe contractual, como puede ser un robo o el acoso a un compañero.

En definitiva, para que la videovigilancia en el trabajo se considere legal y lícita, es necesario cumplir con los requisitos vistos en este artículo, especialmente con el deber de informar de la presencia de las cámaras y su finalidad, y no colocar las cámaras en aquellas zonas donde se presuma intimidad.

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