Pueden ver las grabaciones de cámaras de seguridad el personal o persona autorizada para ello, teniendo en cuenta dónde estén instaladas las cámaras.
Cuando se trata de cámaras instaladas en la vía pública, solo pueden ver las grabaciones las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (o entidades autorizadas para ello), por lo que en las siguientes líneas explicaremos quién puede ver las grabaciones de cámaras de seguridad privadas en diferentes supuestos, incluido el visionado en tiempo real de sistemas CCTV, teniendo en cuenta lo que dice la ley de videovigilancia.
Así mismo, también explicaremos quién puede solicitar grabaciones de cámaras de seguridad.
Contenido del artículo
- ¿Quién puede ver las grabaciones de cámaras de seguridad en una empresa?
- ¿Quién puede ver las grabaciones de cámaras de seguridad de una comunidad de vecinos?
- ¿Quién puede acceder a las grabaciones de cámaras de seguridad de un particular?
- ¿Puede la policía solicitar grabaciones de cámaras de seguridad?
- Acceso vs. visualización en tiempo real de las cámaras de seguridad ¿quién está autorizado?
- Te ayudamos a cumplir la Ley de Protección de Datos
¿Quién puede ver las grabaciones de cámaras de seguridad en una empresa?
Pueden ver las grabaciones de seguridad el dueño de la empresa y el personal de seguridad autorizado para ello, si las cámaras las supervisa una empresa de seguridad.
La normativa nos dice que es legal poner cámaras en el trabajo, ya que el empresario puede basar su legitimidad en el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores, que le permite instalar cámaras como medida de seguridad, así como de control de la actividad laboral.
En este caso, la instalación de cámaras de seguridad siempre debe respetar el principio de proporcionalidad respecto al fin perseguido y los límites establecidos por la normativa en cuanto al respeto de derechos fundamentales, por lo que, por ejemplo, mientras es legal tener cámaras con audio en el trabajo, la función de captación de sonido debe estar desactivada, ya que no es legal poner micrófonos en el trabajo (la grabación de conversaciones se considera desproporcionada desde la protección de datos y el derecho a la intimidad).
En cuanto a quién puede ver las cámaras de seguridad de una empresa, por un lado, podrá hacerlo el propietario de la misma, y, por otro lado, también podrá hacerlo el personal de seguridad autorizado para controlar y supervisar las cámaras de la empresa.
En caso de que las cámaras estén conectadas a un sistema de alarma, el personal autorizado de la central receptora de las imágenes podrá visionar las cámaras de seguridad cuando se produzca un salto de alarma en cadena, es decir, dos saltos o más saltos de alarma seguidos y consecutivos, que pueden indicar una intrusión en la propiedad.
Atico34 es la referencia entre las empresas de protección de datos en cuanto al tratamiento de imágenes y cumplimiento de la normativa sobre videovigilancia.
En el caso de locales comerciales, y puesto que puedo poner cámaras en mi negocio amparadas en el uso legítimo, como es la seguridad de bienes y personas, pueden ver las grabaciones de cámaras de seguridad en el trabajo tanto el propietario del negocio o local como la empresa de seguridad, en los mismos términos que hemos descrito en los párrafos anteriores.
Cabe señalar que en ambos escenarios debemos instalar el correspondiente cartel de zona videovigilada para informar de la presencia de las cámaras y limitar el acceso a las imágenes captadas por las cámaras de seguridad al menor número de personas posible, siendo lo ideal que solo el dueño de la empresa o negocio o el personal autorizado de la empresa de seguridad pueda verlas.

¿Quién puede ver las grabaciones de cámaras de seguridad de una comunidad de vecinos?
Normalmente, el presidente de la comunidad puede ver las cámaras de seguridad, siempre que esté autorizado por la Junta de propietarios para hacerlo.
El visionado de cámaras de seguridad en una comunidad propietarios puede hacerlo solo la persona que haya sido autorizada por la Junta de propietarios, pudiendo ser el presidente, el conserje o el administrador de la finca.
La persona autorizada podrá ver las grabaciones de cámaras de vigilancia en garajes comunitarios, portales, descansillos, piscinas u otras zonas comunes de la finca, no así el resto de vecinos, que solo podrán solicitar ver las grabaciones de estas cámaras cuando sean parte afectada en algún tipo de incidente que haya sido captado por estas.
¿Quién puede acceder a las grabaciones de cámaras de seguridad de un particular?
Al grabar en propiedad privada, lo habitual es que las cámaras de seguridad las instale en su casa el propio dueño o contrate la instalación de las mismas a una empresa de seguridad. En ambos casos, quien puede acceder a las grabaciones de cámaras de seguridad es el propio dueño y aquellas personas a las que autorice. La empresa de seguridad, salvo que se trate de un salto de alarma, no debería acceder a las grabaciones.
¿Puede la policía solicitar grabaciones de cámaras de seguridad?
Sí, la policía puede solicitar las grabaciones de una cámara de seguridad en el desempeño de sus funciones, es decir, cuando estén investigando un hecho delictivo que haya sido denunciado previamente o en el propio transcurso de una investigación de un delito que se esté cometiendo en ese momento o se haya cometido recientemente.
Así mismo, los Tribunales y Juzgados también pueden emitir, en caso de que sea necesario, una orden judicial para ver cámaras de seguridad durante la investigación de un delito, tanto si este ha sido denunciado por la víctima o por un testigo como si está siendo investigado de oficio.
Cabe señalar que aunque, como víctimas de un incidente podemos solicitar las grabaciones de una cámara de seguridad, incluso ejercer nuestro derecho de acceso, lo más recomendable, en caso de tratarse de un delito, una infracción o un acto vandálico, hacer primero la correspondiente denuncia ante la policía, para que sean ellos quienes soliciten las grabaciones de las cámaras de seguridad.
Acceso vs. visualización en tiempo real de las cámaras de seguridad ¿quién está autorizado?
En muchas ocasiones, especialmente en centros comerciales, edificios de oficinas, edificios públicos o incluso en comunidades de propietarios, el sistema de seguridad instalado permite supervisar en tiempo real las imágenes de las cámaras de seguridad, ya que se crea un circuito cerrado de televisión o CCTV, para controlar la seguridad en tiempo real.
En estos casos, solo el personal de seguridad autorizado (y acreditado como tal) será quien pueda supervisar y ver las imágenes en tiempo real. Esto quiere decir que en el caso de una comunidad de propietarios, un conserje no podría supervisar las imágenes de seguridad en directo, sino que tendría que ser el personal de una empresa de seguridad contratada para tal fin.
