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Videovigilancia

¿Quién puede ver las grabaciones de cámaras de seguridad?

El uso de cámaras de seguridad ha ido aumentando en los últimos años, en muchos casos, empresas y particulares, las instalan con fines disuasorios, para evitar la comisión de delitos, actos vandálicos o incívicos, así como para poder contar con pruebas en caso de que estos ocurran. Pero ¿quién puede ver las grabaciones de cámaras de seguridad? ¿Cualquier persona puede ver o acceder a los vídeos captados por cámaras de seguridad? ¿Y qué ocurre con los sistemas de CCTV y las imágenes en tiempo real?

En este artículo daremos respuesta a estas y otras cuestiones relacionadas con quién puede ver las grabaciones de cámaras de seguridad en 2022, teniendo en cuenta lo que dice la ley de videovigilancia.

Antes de seguir, cabe señalar que en las siguientes líneas nos centraremos en las grabaciones de cámaras de seguridad en espacios privados (sea por parte de empresas, particulares o comunidades de propietarios), ya que las grabaciones de las cámaras de seguridad ubicadas en la vía pública solo pueden ser revisadas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (o por las entidades autorizadas para ello por el Estado).

¿Quién puede ver las grabaciones de cámaras de seguridad de un local comercial?

Dado que, de acuerdo a la normativa, puedo poner cámaras en mi negocio amparadas en el uso legítimo, como es la seguridad de bienes y personas, e informando sobre la existencia de una zona videovigilada, cabe preguntarse quién puede acceder a las grabaciones de las cámaras de seguridad de mi local comercial o industrial, ¿quién puede ver esas imágenes?

En principio, nosotros como titulares del negocio o local, podremos acceder y ver en cualquier momento las imágenes que hayan captado las cámaras de seguridad. Si la instalación del sistema la hemos hecho nosotros mismos, deberemos limitar el acceso a las imágenes captadas por las cámaras de seguridad al menor número de personas posible, siendo lo ideal que solo nosotros podamos verlas.

Si hemos contratado los servicios de una empresa de seguridad para la instalación de las cámaras y su gestión remota, enviando las imágenes a una central receptora de la empresa de seguridad, esta nos facilitará una clave de usuario para poder visualizar las imágenes, bien a través del navegador o bien a través de una aplicación para el móvil.

¿Qué ocurre con el personal de la empresa de seguridad en este supuesto?, ¿pueden ver las grabaciones? En principio, este personal solo podría ver las grabaciones si se produce un salto de alarma concatenado (dos o más saltos de alarma seguidos), cuando el local está cerrado, para comprobar si se ha producido alguna intrusión.

Si las grabaciones de las cámaras de seguridad se guardan de manera local en un ordenador o en un dispositivo de grabación, deberemos, como en el primer caso, limitar y restringir el acceso a las grabaciones y aplicar las medidas de seguridad necesarias para ello, tal y como establece la normativa de protección de datos.

¿Quién puede ver las grabaciones de cámaras de seguridad en una empresa?

La normativa nos dice que es legal poner cámaras en el trabajo, ya que el empresario puede basar su legitimidad en el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores, que le permite instalar cámaras como medida de seguridad, así como de control de la actividad laboral.

En este caso, la instalación de cámaras de seguridad siempre debe respetar el principio de proporcionalidad respecto al fin perseguido y los límites establecidos por la normativa en cuanto al respeto de derechos fundamentales, por lo que, por ejemplo, mientras es legal tener cámaras con audio en el trabajo, la función de captación de sonido debe estar desactivada, ya que no es legal poner micrófonos en el trabajo (la grabación de conversaciones se considera desproporcionada desde la protección de datos y el derecho a la intimidad).

En cuanto a quién puede ver las grabaciones de las cámaras de seguridad en una empresa, por un lado, como en el caso del local comercial, el propietario de la empresa podrá ver estas grabaciones. Por otro lado, también podrá hacerlo el personal de seguridad autorizado para controlar y supervisar la seguridad y las cámaras de la empresa.

En caso de que las cámaras de seguridad estén conectadas a un sistema de alarma, el personal autorizado de la central receptora de las imágenes, podrá ver estas cuando se produzca un salto de alarma.

Cómo ver las grabaciones de cámaras de seguridad

¿Quién puede ver las grabaciones de cámaras de seguridad de una comunidad de propietarios?

Cuando se instalan cámaras de vigilancia en garajes comunitarios, portales, descansillos, piscinas u otras zonas comunes de la finca, podrá ver las grabaciones de esas cámaras la persona designada para ello por la Junta de propietarios, que puede ser el conserje, el administrador de la finca o el presidente de la comunidad.

En cualquier caso, los vecinos no podrán ver las grabaciones de seguridad, salvo cuando sean parte de afectada en algún tipo de incidente.

¿Quién puede acceder a las grabaciones de cámaras de seguridad de un particular?

Al grabar en propiedad privada, lo habitual es que las cámaras de seguridad las instale en su casa el propio dueño o contrate la instalación de las mismas a una empresa de seguridad. En ambos casos, quién puede acceder a las grabaciones de cámaras de seguridad es el propio dueño y aquellas personas a las que autorice. La empresa de seguridad, salvo que se trate de un salto de alarma, no debería acceder a las grabaciones.

¿Quién puede solicitar las grabaciones de las cámaras de seguridad?

Cuando hablamos de grabaciones de videovigilancia, debemos distinguir entre quién puede solicitar grabaciones de cámaras de seguridad y quién puede ver esas imágenes, porque no es exactamente lo mismo.

Ya hemos visto quién puede ver las grabaciones de cámaras de seguridad en diferentes circunstancias. En cuanto a quién puede solicitar dichas grabaciones, podrán hacerlo:

  • Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en el desempeño de actuaciones policiales, es decir, cuando estén investigando un hecho delictivo que haya sido denunciado previamente.
  • Los Tribunales y Juzgados en el desempeño de sus funciones judiciales, como es la investigación de un delito, tanto si este ha sido denunciado como si lo investigan de oficio.
  • La persona afectada por un algún incidente que haya sido captado por la cámara, como, por ejemplo, las víctimas de robo o agresiones. En este caso, será necesario denunciar antes el hecho ante la policía.
  • Aquellas personas que quieran ejercer su derecho de acceso las grabaciones de cámaras seguridad de establecimientos comerciales, centros de trabajo, lugares públicos, etc., recogido en la normativa de protección de datos, pero solo de aquellas grabaciones en las que ellos aparezcan y siempre protegiendo la privacidad de los datos personales de terceros que también pudieran aparecer en la imagen. Para saber a quién solicitar el derecho de acceso, deberemos comprobarlo en el cartel informativo de la cámara de seguridad o zona videovigilada, donde esta información debe aparecer.

Acceso vs. visualización en tiempo real de las cámaras de seguridad ¿quién está autorizado?

En muchas ocasiones, especialmente en centros comerciales, edificios de oficinas, edificios públicos o incluso en comunidades de propietarios, el sistema de seguridad instalado permite supervisar en tiempo real las imágenes de las cámaras de seguridad, ya que se crea un circuito cerrado de televisión o CCTV, para controlar la seguridad en tiempo real.

En estos casos, solo el personal de seguridad autorizado (y acreditado como tal) será quién pueda supervisar y ver las imágenes en tiempo real. Esto quiere decir que en el caso de una comunidad de propietarios, un conserje no podría supervisar las imágenes de seguridad en directo, sino que tendría que ser el personal de una empresa de seguridad contratada para tal fin.

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