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Videovigilancia

Zona videovigilada: Cartel de videovigilancia homologado y Normativa aplicable

La videovigilancia es una de las áreas de protección de datos que plantea bastantes preguntas e implica graves riesgos para la privacidad, por ello, es fundamental saber cómo aplicar y cumplir la normativa relativa a zonas videovigiladas para no vulnerar derechos fundamentales de las personas filmadas. En este artículo explicamos qué es una zona videovigilada, la normativa de aplicación y todo lo relativo al cartel de videovigilancia.

¿Qué es una zona videovigilada?

Una zona videovigilada es un espacio o área monitorizada por cámaras de videovigilancia o cámaras de seguridad.

Un sistema de videovigilancia se compone de un sistema de cámaras, monitores o unidades de visualización y grabadores. Las cámaras pueden ser analógicas o digitales con una serie de posibles características de diseño.

Las zonas videovigiladas pueden estar dentro de áreas interiores como en zonas exteriores de un edificio o propiedad, así como en la vía pública (si bien, estas cámaras solo pueden ser instaladas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad). Un sistema de videovigilancia puede funcionar las 24 horas del día, los 7 días de la semana o puede estar diseñado para grabar solo en respuesta al movimiento o el salto de una alarma o configurarse para grabar durante momentos específicos del día.

Una zona vigilada por cámaras puede tener las cámaras instaladas de forma visible y llamativa para disuadir las acciones vandálicas o el crimen, o pueden ser más discretas para evitar que sean manipuladas, si bien la normativa relativa a zonas videovigiladas nos indica que no se pueden colocar cámaras ocultas y que es necesario informar siempre sobre la presencia de cámaras de vigilancia (de ahí la importancia del cartel de zona videovigilada, del que hablaremos más adelante). Así mismo, debemos tener en cuenta que hay leyes que regulan la colocación de cámaras de seguridad en el trabajo.

Las imágenes de una zona videovigilada pueden ser monitorizadas en vivo por un guardia de seguridad, de forma remota si se usa una cámara IP y un sistema por una compañía de monitorización, o simplemente pueden ser grabadas y almacenadas por un DVR (grabadora de video digital) o NVR (grabadora de vídeo en red) para revisarla más adelante si fuera necesario.

Finalmente, los sistemas de videovigilancia están cerrados. Esto significa que sus señales no se transmiten para que otros puedan interceptar y ver el contenido. Solo los usuarios autorizados pueden acceder al material grabado.

En Atico34 nos encargamos de que cumplas la normativa sobre videovigilancia, incluida la colocación correcta de los carteles de zona videovigilada.

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Cartel de zona videovigilada (homologado para imprimir)

Lo primero que debemos señalar es que no existe realmente un cartel de zona videovigilada homologado, aunque sí que la AEPD nos facilita el clásico modelo rectangular, amarillo y con letras negras, por resultar el más visible, por lo que es el que veréis colocado en casi todos los sitios, con algunas variaciones en los tonos de amarillo.

Tampoco existe una medida estándar para el cartel, ni un material específico (puede ser una placa metálica o una pegatina colocada sobre esta). Lo importante es que el cartel de zona videovigilada sea visible y legible desde fuera de la zona videovigilada y resistente, puesto que en muchos sitios estará colocado a la intemperie.

Si necesitas un cartel de zona videovigilada para imprimir, la AEPD facilita un modelo para descargar, rellenar e imprimir (más adelante explicaremos cómo rellenar el cartel de videovigilancia):

Recuerda que el cartel de zona videovigilada debe ser fácilmente identificable y visible.

¿Para qué sirve el cartel de zona videovigilada?

El cartel de zona videovigilada sirve para informar a las personas que acceden al interior de esa zona, de que la misma está vigilada por cámaras de seguridad y que, por lo tanto, pueden estar siendo monitoreadas y grabadas y de que se está realizando un tratamiento de sus datos personales.

Por ese motivo, el cartel debe incluir una información determinada (que detallaremos en el siguiente punto).

Así mismo, los carteles de zona videovigilada cumple con una segunda función, que es la de funcionar como elemento disuasorio para posibles intrusos y ladrones.

En cualquier caso, colocar el cartel de zona videovigilada es solo una de las obligaciones de la normativa de protección de datos que debes cumplir al instalar un sistema de videovigilancia, en concreto, la relativa al principio de transparencia y el deber de informar.

¿Qué  poner en los carteles de videovigilancia?

Para rellenar el cartel de zona videovigilada hay que incluir toda la información relativa al tratamiento de datos personales que se realiza con las cámaras. Como en muchas ocasiones, el espacio del cartel no permite incluir toda esa información, lo normal es incluir la información básica y facilitar una dirección o ubicación de dónde se puede encontrar más información sobre el tratamiento.

En cualquier caso, en el cartel de zona videovigilada hay que poner lo siguiente:

  • La existencia del tratamiento (videovigilancia).
  • La identidad del responsable del tratamiento o del sistema de videovigilancia, y su dirección.
  • La posibilidad de ejercer los derechos reconocidos en los artículos 15 a 22 del RGPD.
  • Dónde obtener más información sobre el tratamiento de los datos personales.
  • También debe ponerse a disposición de los interesados el resto de la información que el RGPD exige que se proporcione a los afectados en cumplimiento del derecho de información.

Normativas reguladoras de las zonas videovigiladas

Dado que la videovigilancia implica el tratamiento de datos personales (la imagen es un dato personal en tanto en cuanto permite la identificación de las personas), la normativa relativa a zonas videovigiladas la encontramos en el RGPD y la LOPDGDD, que nos dicen que todo aquel que use un sistema de videovigilancia en la UE, incluidos los sistemas públicos de videovigilancia, debe prestar atención a las disposiciones del RGPD relacionadas con la identificación, gestión y mitigación de riesgos.

Aunque el RGPD no hace referencia específica a los sistemas de videovigilancia, ya que de ellos se deriva un tratamiento de datos personales, se deben aplicar y cumplir los principios generales de protección de datos.

Las Agencias de Protección de Datos clasifican la videovigilancia que involucra la monitorización de áreas públicas a gran escala como «tratamientos de alto riesgo». Como resultado, los controladores de datos que realizan videovigilancia en la UE tendrán obligaciones específicas, incluida la realización de evaluaciones de riesgos, asegurando la privacidad por diseño en sus sistemas y el desarrollo de la señalización adecuada, es decir, colocando el correspondiente cartel o letrero de zona videovigilada.

Para considerar lícito el tratamiento de datos hecho en una zona videovigilada, se debe poder basar en una de 6 bases jurídicas contempladas por el RGPD y la LOPDGDD, siendo el interés legítimo la base jurídica más adecuada, puesto que la videovigilancia puede responder a la protección y seguridad de personas, bienes e instalaciones, así como a la preservación de pruebas.

Tanto el RGPD como la LOPDGDD exigen las siguientes obligaciones a los responsables del tratamiento de datos a través de cámaras de videovigilancia:

  • Efectuar una Evaluación de impacto en Protección de datos: Será necesario realizarla si la vigilancia impone un alto riesgo, o si el área bajo vigilancia es un área pública.
  • Notificar la videovigilancia: deberá cumplir con el principio de transparencia y proporcionar información sobre la videovigilancia.
  • Facilitar el ejercicio de derechos de los interesados: estos tienen derecho a obtener del responsable del tratamiento respuesta a las siguientes preguntas:
    • Cuál es el propósito del procesamiento
    • Cuáles son las categorías de datos personales procesados ​​(incluidos los destinatarios o las categorías de destinatarios en terceros países u organizaciones internacionales)
    • Quiénes son los destinatarios a quienes se han divulgado o se divulgarán los datos personales
    • Durante qué período de tiempo se almacenarán los datos (el plazo de conservación para las grabaciones de cámaras de seguridad es de 30 días, pudiendo ampliarse si hay causa para ello)
  • Cumplir una serie de medidas técnicas y organizativas: cuál es el propósito y alcance de la vigilancia, sus obligaciones de transparencia e información, período de retención de datos para las secuencias de video, quién tiene acceso a las grabaciones de video y para qué fines, procedimientos de gestión y recuperación de incidentes, seguridad física segura de todos los componentes del sistema, cifrado de datos, uso de firewalls, antivirus o sistemas de detección de intrusos, control de acceso, etc.

¿Cuándo hay que poner cartel aviso de cámara de seguridad?

Hay que poner el cartel de zona videovigilada en el momento en que se instalan cámaras de seguridad en una zona pública o una zona privada pero de acceso público, como puede ser un comercio, un centro de trabajo o el garaje de una comunidad de propietarios. Siempre que las cámaras puedan captar personas que transitan por la zona, es necesario poner un aviso de cámaras de vigilancia o seguridad.

¿Dónde hay que colocar el cartel de zona vigilada por cámaras (en espacios públicos y privados)?

El cartel de zona vigilada por cámaras debe colocarse en todos los accesos al espacio videovigilado. Así mismo, también se recomienda colocar algún cartel de zona videovigilada en el interior de estos espacios, especialmente si son grandes, para recordar a los interesados la presencia de las cámaras.

El cartel de zona vigilada por cámaras debe ser fácilmente visible e incluir el símbolo de la cámara.

  • En espacios públicos: Si se trata de la vía pública se deben colocar tanto en el perímetro de la zona videovigilada como en su interior (por ejemplo, en un parque vigilado por cámaras o drones con cámara, se pondrán carteles en los accesos al parque).
  • En espacios privados: En propiedades privadas debemos diferenciar entre:
    • Locales comerciales, centros de trabajo y cualquier espacio privado al que pueda acceder el público: Los carteles de zona de videovigilancia se colocarán en todos los accesos al lugar.
    • Comunidades de propietarios: El cartel se colocará en todos los accesos a la comunidad y en los accesos a zonas comunes que pudieran quedar «fuera», como el garaje.
    • Viviendas particulares: Si las cámaras no enfocan una zona de paso por la que pueda transitar gente ajena a la propiedad, no habrá que poner el cartel de zona videovigilada (ya que las cámaras de seguridad en estos casos se consideran de uso doméstico y no están sujetas al RGPD).

Ejemplos de instalación de placas de zona videovigilada

Finalmente, aquí podéis ver el ejemplo de cartel zona videovigilada:

Cartel zona videovigilada

Cartel para indicar zona videovigilada

Otro ejemplo de cartel de zona videovigilada en un espacio público:

zona videovigilada

Cartel de zona videovigilada en el acceso a un parque forestal situado en término municipal

Y sería ejemplos de instalación de placas zona videovigilada las que podemos encontrar en:

  • La entrada a un centro comercial, en las puertas de acceso al mismo.
  • La entrada de un centro de trabajo, en la fachada junto a las puertas de acceso.
  • En la puerta de entrada a un garaje comunitario o un parking público.
  • En el portal de una comunidad de propietarios.
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