Gracias a los smartphones, las cámaras se han vuelto ubicuas y cualquiera puede hacer una foto o grabar un vídeo en cualquier lugar en el que se encuentre. Todos sabemos que hacer fotos o grabar vídeos en espacios públicos no supone ningún problema (aunque, como hemos visto en otros artículos, hay ciertos límites cuando las personas que aparecen en esas fotos pueden ser identificadas), pero ¿qué ocurre con las propiedades privadas? ¿Podemos hacer fotos o grabar en una propiedad privada? Vamos a explicarlo en las siguientes líneas.
En este artículo hablamos de:
¿Cuándo podemos tomar fotos o grabar vídeos en una propiedad privada en España?
Podemos hacer fotos o grabar en una propiedad privada en España cuando tenemos el permiso de sus propietarios o mientras que estos no nos lo prohíban explícitamente, siempre y cuando hayamos accedido a dicha propiedad privada con permiso y no estemos allí sin autorización o hayamos, teniendo permiso para visitar algunas de las zonas de la propiedad abiertas al público, accedido a alguna zona en la que no esté permitido entrar.
Aquí debemos entender por propiedad privada no solo los domicilios de las personas, sino cualquier espacio que, aún siendo de acceso público (como restaurantes, museos, estadios, etc.), sean de propiedad privada, ya que de la misma forma que la entrada puede estar sujeta al derecho de admisión, es posible que la propiedad no permita que se hagan fotos o grabar vídeos en el interior del establecimiento. En estos casos, lo habitual es que haya carteles informativos al respecto colocados en la entrada y otras zonas.
También es legal hacer fotos o grabar una propiedad privada desde el exterior de las mismas, siempre y cuando no sea una injerencia en la privacidad de los habitantes de la propiedad y no se vulnere con ello sus derechos al honor, a la intimidad y a la imagen. Por ejemplo, un aficionado a la arquitectura no tendría ningún problema en fotografiar la fachada de un edificio de viviendas que haya podido llamarle la atención desde la calle, aunque si posteriormente quiere usar o publicar dicha imagen, deberá asegurarse de que en ella no aparecen personas que puedan ser reconocidas o escenas de su vida privada.
Siguiendo con el tema de publicación de estas fotos o vídeos, aunque nadie nos prohíba hacer fotos o grabar en una propiedad privada, eso no quiere decir que podamos publicar o difundir esas fotos o vídeos sin el consentimiento de los propietarios, especialmente si las imágenes contienen información de carácter personal; puede que no tengan problema en que captemos imágenes de su propiedad, pero no quieran verla difundidas a través de Internet.
Por lo tanto, se puede grabar en una propiedad privada siempre que sus propietarios lo permitan (con los límites que ellos decidan poner).
No hay límites para hacer fotos y grabar en tu domicilio, pero cuidado si vas a difundir esas imágenes si aparecen terceros
Cuando estamos en nuestro domicilio, podemos hacer las fotos y grabar los vídeos que queramos, puesto que es nuestro espacio privado, incluso si hay otras personas con nosotros (siempre que respetemos su derecho a no ser fotografiados o grabados cuando así lo expresen).
Sin embargo, si vamos a compartir por Internet o redes sociales fotos o vídeos en los que esas personas puedan ser reconocidas, tendremos que pedir su consentimiento para hacerlo, incluso si son amigos o familiares, debemos respetar su derecho a la imagen, porque de no hacerlo, nos podrían demandar por uso de imagen sin autorización.
Cabe señalar aquí que tampoco es legal grabar a los vecinos en el interior de sus viviendas, por ejemplo, si desde tu casa puedes grabarles en su jardín; grabar imágenes o audio de terceros en los que tú no participas sin su consentimiento es un delito, como lo es publicar o difundir dichas imágenes o audio.
¿Cuándo se convierte en ilegal hacer fotos o grabar en una propiedad privada?
En el momento en que está explícitamente prohibido hacer fotos o grabar en la propiedad privada, hacerlo es ilegal. También lo es cuando, para captar dichas imágenes, se invade la propiedad privada sin permiso de sus propietarios, invadiendo su privacidad y creando molestias para los mismos.
Así mismo, no podrán hacerse fotos o grabar vídeos en una propiedad privada usando medios que permitan extender la cámara por encima de una valla o sobrevolar una propiedad con el fin de sacar fotografías o hacer vídeos de sus ocupantes o de la propia propiedad (incluso si lo que se usa es un dron, para lo que aconsejamos repasar la normativa de drones).
Tener permiso para entrar no implica tener permiso para hacer fotos o grabar
Ya lo hemos adelantado antes, pero volvemos a señalar que tener permiso para acceder a una propiedad privada o a algunas de sus zonas, no implica tener permiso para hacer fotos o grabar en su interior, incluso si lo que se puede visitar son zonas al aire libre. Aunque no esté señalado con cartelería, ante la duda, siempre es recomendable preguntar si se pueden hacer fotos o grabar vídeos en la propiedad.
Y en el trabajo, ¿nos pueden grabar?
Sí, nos pueden grabar en el trabajo; los empresarios tienen potestad para colocar cámaras de videovigilancia en los centros de trabajo, tanto por razones de seguridad como para controlar la asistencia de sus empleados.
Ahora, para que estas grabaciones sean legales y pudieran emplearse como medio de prueba, es obligatorio que el empresario avise e informe a los trabajadores de la presencia de las videocámaras y de que están siendo grabados. Para ello, basta con colocar carteles de cámara de vigilancia, en los que debe figurar la información que exige la normativa de protección de datos.
Eso sí, las cámaras no pueden colocarse en zonas consideradas espacios privados, como son los vestuarios, los baños o las zonas de descanso.
En cuanto a quién puede solicitar las grabaciones de cámaras de seguridad, solo pueden hacerlo los propios interesados o quien tenga un interés legítimo para ello, como por ejemplo, el empresario en caso de haber ocurrido un incidente en el centro de trabajo que deba ser investigado.
¿Pueden las cámaras de videovigilancia enfocar una propiedad privada?
No, las cámaras de videovigilancia de una empresa o un vecino no pueden enfocar a una propiedad privada, como tampoco pueden apuntar a la vía pública, incluso si las cámaras no graban y solo están para simularlo, ya que, por un lado, podrían estar infringiendo la normativa de protección de datos, y por otro lado, podrían suponer una invasión de la privacidad de los habitantes de la propiedad.
Recuerda que en estos casos es posible denunciar cámaras de videovigilancia.