En España no hay ley específica que prohíba llevar una cámara en el casco de la moto, por lo que para determinar si es legal llevar una cámara en el casco de moto, debemos atender a diferentes factores, como son la Ley de Protección de Datos, la Ley de Tráfico y la homologación del casco.
En las siguientes líneas analizamos cada uno de estos factores para determinar la legalidad de la cámara en el casco.
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¿Qué factores tener en cuenta al llevar una cámara en el casco?
Con las cámaras en el casco de la moto ocurre algo parecido a lo que pasa con las dash-cam, si bien es legal instalar una cámara en el coche porque no hay una norma o ley que lo prohíba, hay que tener en cuenta varios factores que pueden determinar la legalidad de las propias grabaciones y de llevar la cámara instalada en el casco.
Generalmente, estos vacíos legales dejan a la interpretación del agente de tráfico o el juez si nos multan o sancionan por montar una cámara en el casco y grabar en moto nuestro viaje.
Ley de Protección de Datos
A la hora de grabar en la vía pública, hay que tener en cuenta la Ley de Protección de Datos. En principio, si se utiliza la cámara en el casco de la moto para grabar y documentar un trayecto o viaje, a modo de recuerdo, puedo grabar en la vía pública porque se trataría de uno uso doméstico o privado, en el que no se aplica la normativa de protección de datos.
Ahora bien, si voy a querer subir esas grabaciones a internet, ya sea a mis redes sociales o a un blog personal o a una canal de YouTube, entonces debo tener en cuenta la privacidad personal de quienes pueden aparecer en las grabaciones y respetar su derecho a la intimidad.
En este caso, dado que sería imposible recabar el consentimiento expreso de las personas que puedan aparecer en el vídeo, como exige la Ley de Protección de Datos cuando se realiza un tratamiento de datos personales (las imágenes que permiten identificar a una persona son datos personales), antes de publicarlo en internet, deberé editarlo para difuminar o pixelar las caras de las personas que aparezcan en él, así como cualquier otro dato personal, como pueden ser las matrículas de otros vehículos.
Así mismo, y para evitar la invasión a la privacidad de otras personas, se debe evitar enfocar la cámara a propiedades privadas o el interior de otros vehículos.
Cabe señalar que en el caso de que se quiera usar la cámara para documentar accidentes, es decir, como se usan generalmente las cámaras en los coches, esta solo debería activarse unos segundos antes del accidente y dejar de grabar unos segundos después. Recordemos que grabar continuamente la vía pública se considera una labor de videovigilancia y que esta solo pueden hacerla las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Ley de Tráfico
Lo cierto es que la Ley de Tráfico no menciona explícitamente las cámaras en los cascos de moto, pero sí que nos dice que el conductor debe prestar atención a la conducción y no llevar a cabo acciones que lo distraigan de esta y que puedan poner en peligro su seguridad y la de terceros.
En ese sentido, manipular la cámara en el casco durante la conducción de la moto puede suponer una distracción, que puede resultar en una multa de 200 euros y la retirada de 6 puntos de carnet.
Así mismo, un agente de tráfico puede considerar que la ubicación de la cámara en el casco puede suponer un riesgo de distracción (si se cae, si entorpece la visión, etc.) y sancionar al motorista de la misma forma.
Homologación del casco
No menos importante es cómo puede afectar la instalación de la cámara a la homologación del casco.
El Reglamento General de Circulación establece que los motoristas y los pasajeros de moto deben «utilizar adecuadamente cascos de protección homologados o certificados cuando circulen en vías urbanas e interurbanas». En España, la norma de homologación de cascos actual es la ECE 22.06, a través de la cual se establecen una serie de pruebas para evaluar el nivel de seguridad de los cascos.
Al montar una cámara en el casco (por ejemplo, una GoPro) es posible que un agente de tráfico interprete que el casco ha perdido su homologación y que nos multe con 200 euros y la retirada de cuatro puntos del carnet.
Cabe señalar, no obstante, que no todas las partes del casco se someten a pruebas de homologación, por lo que si la cámara se monta en uno de estos puntos y no entorpece la visión y la atención del conductor, se podría recurrir la multa.
En cualquier caso, al montar una cámara en el casco hay que tener en cuenta que esta no acabe suponiendo un riesgo para la integridad física, ya que la función del casco es protegernos y colocar un elemento externo puede interferir con ello.
Para evitar este problema con la homologación, existen ya fabricantes de cascos que han incluido cámaras integradas en el casco (de la misma forma que se integran intercomunicadores y que actualmente es legal llevar instalados, siempre que su uso no entorpezca la conducción o suponga una distracción).
¿Puedo llevar una cámara en la moto?
Sí, se puede llevar una cámara en la moto, en el manillar o en el retrovisor, para poder grabar desde la moto. De esta manera no habrá problemas con la homologación del casco.
Ahora bien, esta cámara no puede entorpecer la visión y tampoco debe manipularse mientras se conduce, si no, podríamos enfrentar las mismas multas citadas arriba. Así mismo, las consideraciones respecto a la Ley de Protección de Datos son las mismas que hemos descrito más arriba.
Llevar la cámara en la moto puede ser más seguro que llevarla montada en el casco y reducir las posibilidades de que un agente de tráfico nos multe por ello. En ese sentido, también podríamos llevar una body-cam (en el pecho o el hombro mediante un arnés específico).
En definitiva, si es legal llevar una cámara en el casco de moto o no, depende en gran medida de si esta invalida la homologación del casco, si supone una distracción para la conducción y de lo que vayamos a hacer con las grabaciones.
