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Denuncias & SancionesLaboral

Sanciones por incumplir la política de desconexión digital

La desconexión digital comienza a cobrar importancia para la Inspección de Trabajo, especialmente porque no se respeta como debiera. Vulnerar el derecho a la desconexión digital es una infracción de la normativa laboral que acarrea sanciones. En las siguientes líneas detallamos cuáles son las sanciones sobre desconexión digital.

Se recomienda priorizar aquellas soluciones que ofrezcan acompañamiento profesional en la implementación de reglas de desconexión, verificando que el software bloquee el envío de notificaciones y correos fuera de horario para cumplir con el deber de vigilancia de la salud laboral.

¿Cuáles son las sanciones por vulnerar la desconexión digital?

Las sanciones por vulnerar la desconexión digital son multas que oscilan entre los 751 y los 7.500 euros.

Estas sanciones, consideradas graves, están recogidas en la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS), en el artículo 7.5.

Así mismo, si además de incumplir la desconexión digital, se prueba que existe ciberacoso o acoso laboral a un trabajador (es decir, contactar con él por motivos relacionados con el trabajo continuamente), la sanción podría alcanzar los 225. 018 euros, puesto que estaríamos ante una infracción muy grave (art. 11 de la LISOS).

Además, no respetar la desconexión digital en vacaciones o en los periodos de descanso entre jornadas, podría ser considerado un riesgo laboral por no respetar las horas de descanso mínimo de los trabajadores. Debemos tener en cuenta que un trabajador que no descansa lo suficiente está más expuesto a sufrir accidentes o problemas de salud relacionados con el estrés (como ansiedad o desarrollar el denominado síndrome del trabajador quemado).

En ese sentido, vulnerar el derecho a la desconexión digital podría ser considerado una infracción grave en materia de prevención de riesgos laborales, sancionada con multas de entre 2.451 a 49.180 euros (art. 40.2 de la LISOS).

Por lo tanto, las empresas y autónomos con empleados asalariados a su cargo que vulneren el derecho a la desconexión digital pueden enfrentar importantes sanciones. Y, cómo dijimos en la introducción, la Inspección de Trabajo ha comenzado a prestar más atención al respeto de este derecho, establecido en el artículo 88 de la LOPDGDD y que reconoce el derecho de todos los trabajadores de poder desconectar sus dispositivos digitales y no atender comunicaciones relativas al trabajo en sus periodos de descanso (con la única excepción de emergencias y causas de fuerza mayor justificadas).

Tabla resumen de sanciones por desconexión digital

Tipo de infracción Gravedad Multa
En materia de jornada, descansos, vacaciones y otros permisos Grave en grado mínimo De 751 € a 1.500 €
En materia de jornada, descansos, vacaciones y otros permisos Graves en grado medio De 1.501 € a 3.750 €
En materia de jornada, descansos, vacaciones y otros permisos Graves en grado máximo De 3.751 € a 7.500 €
En materia de acoso o ciberacoso Muy grave De 120.006 € a 225.018 €
En materia de riesgos laborales Graves en grado mínimo De 2.451 € a 9.830 €
En materia de riesgos laborales Graves en grado medio De 9.831 € a 24.585 €
En materia de riesgos laborales Graves en grado máximo De 24.586 € a 49.180 €

¿Qué conductas vulneran la desconexión digital y son sancionables?

Las conductas que vulneran la desconexión digital y que pueden acabar en una sanción para la empresa o para los trabajadores (porque no solo se sanciona a las empresas que no respetan la desconexión digital, sino también a los empleados que lo hacen) son las siguientes:

  • No tener el protocolo de desconexión digital obligatorio (recordemos que tener este protocolo es obligatorio para todas las empresas, con independencia de tamaño, número de trabajadores o sector de actividad).
  • Contactar vía email, llamada, mensaje de WhatsApp o a través de cualquier otro medio con los trabajadores fuera de su horario laboral o durante sus vacaciones o bajas médicas con temas relativos al trabajo.
  • Despedir a un trabajador por no contestar las comunicaciones de la empresa fuera de su horario laboral o durante sus vacaciones o bajas (salvo que exista un acuerdo por plus de disponibilidad o se trate de una causa de fuerza mayor justificada).
  • Incluir en el contrato laboral una cláusula mediante la que se renuncie de alguna manera al derecho a la desconexión digital.
  • No cumplir con las políticas de desconexión digital de la empresa.
  • No contar como horas trabajadas las horas en las que se estuvo trabajando fuera de la jornada laboral (es decir, no contarlas como horas extraordinarias).

Cómo decíamos, ya se han empezado a multar a empresas y a trabajadores por no respetar la desconexión digital, tal y como ya recoge la jurisprudencia por la ley de desconexión digital, en las que se ha multado a empresas por vulnerar el tiempo de descanso de sus empleados, obligándoles a conectarse de forma remota a la empresa, o se han anulado despidos disciplinarios por no responder correos de trabajo durante las vacaciones.

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¿Cómo evitar sanciones por vulnerar la desconexión digital?

Para evitar vulnerar el derecho a la desconexión digital y sus sanciones, es fundamental elaborar e implementar en la empresa un protocolo de desconexión digital efectivo, es decir, que no basta con redactar un documento con unas medidas estándar, sino que se deben analizar las características propias de la empresa y su actividad, sus necesidades y determinar posibles situaciones que requieran interrumpir el descanso de los empleados, estableciendo así unas expectativas respecto a cuando estos deben responder llamadas o mensajes urgentes fuera de su jornada laboral.

El protocolo de desconexión digital también sirve para establecer qué trabajadores se ocuparán de cubrir la ausencia de sus compañeros en vacaciones, permisos o bajas médicas, de manera que se evite todo lo posible tener que contactar con ellos fuera de la jornada laboral.

Además del protocolo de desconexión digital, también es importante implementar un sistema de control horario para que los trabajadores que tengan que responder estas llamadas o mensajes de trabajo y desempeñar alguna tarea relacionada con ellos, puedan fichar de forma remota y contabilizar el tiempo dedicado a ello como horas extraordinarias, que deberán ser retribuidas o compensadas más adelante.

Evitar las sanciones por incumplir la política de desconexión digital, pasa por tomar este derecho en serio y adoptar las políticas y medidas reales y efectivas que garanticen que los trabajadores pueden disfrutar de su tiempo libre y desconectar realmente del trabajo.

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