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Igualdad

Diferencia entre acoso sexual y acoso por razón de género

En este artículo veremos cuál es la diferencia entre acoso sexual y acoso por razón de género, dos conceptos que aparecen generalmente juntos y que están relacionados entre sí.

Acoso sexual y acoso por razón de sexo ¿son lo mismo?

El acoso sexual y acoso por razón de género están relacionados entre sí, puesto que ambos suponen conductas indeseables, perseguidas por la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, y considerados actos discriminatorios, por lo que están consideradas infracciones graves y muy graves y sancionadas tanto por la LISOS (Ley de Sanciones e Infracciones en el Orden Social) como por la propia empresa u organismos públicos en la que se produzcan. Y aunque no están considerados (todavía) dentro de los tipos de violencia de género, sí se consideran uno de los tipos de violencia que sufren mayoritariamente las mujeres en el ámbito laboral.

Sin embargo, pese a esta relación, el acoso sexual y acoso por razón de género no son lo mismo.

¿Qué es el acoso sexual?

El acoso sexual se define como cualquier comportamiento de naturaleza sexual, ya sea físico o verbal, cuyo objetivo sea atentar contra la dignidad de una persona, máxime cuando dicho comportamiento genera un entorno hostil, humillante, ofensivo o degradante.

¿Qué es el acoso por razón de sexo?

Se denomina acoso por razón de género o sexo a aquellas situaciones o comportamientos no deseados hacia una persona a causa de su género, con el objetivo de atentar contra su derecho a la dignidad y el efecto de generar un entorno hostil, ofensivo, intimidatorio o degradante.

Por lo tanto, el acoso por razón de género está dentro del acoso o bullying laboral.

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Diferencias entre acoso sexual y acoso por razón de sexo

La diferencia entre ambos conceptos radica en que el acoso sexual se refiere únicamente al ámbito sexual, mientras que el acoso por razón de sexo o género abarca situaciones discriminatorias mucho más amplias, sin necesidad de que exista una intención sexual por parte del agresor.

Para ilustrar mejor esta diferencia, pondremos un ejemplo de acosos sexual y acoso por razón de género:

  • Es acoso sexual cuando un superior jerárquico solicita alguna clase favor sexual a cambio de mejorar las condiciones laborales de la víctima o de no empeorarlas.
  • Es acoso por razón de género cuando se vierten insultos y comentarios vejatorios relacionados con el género de la víctima de forma continuada.

Las consecuencias del acoso sexual y del acoso por razón de género

Como hemos dicho, tanto el acoso sexual como el acoso por razón de género lo sufren mayoritariamente las mujeres (puesto que es un reflejo de la desigualdad que existe todavía en la sociedad) y son conductas que se consideran como discriminación laboral de la mujer, además de tener otra serie de consecuencias que repercuten tanto en la persona acosada como en la propia organización y, finalmente, en la sociedad.

Las víctimas de acoso sexual o por razón de género pueden sufrir estrés, ansiedad, insomnio, cansancio y otras alteraciones de la salud, que pueden derivar en trastornos graves y llevar al absentismo laboral o incluso el abandono del puesto de trabajo.

Las empresas u organizaciones pueden ver cómo estos comportamientos afectan a su productividad (por el absentismo de las víctimas), además puede implicar un aumento de costes por la necesidad de contratar nuevo personal o tener que pagar indemnizaciones por los perjuicios causados en la víctima. Además, se genera un ambiente de trabajo tenso y hostil que puede afectar a otras personas de la plantilla, así como suponer un daño para su imagen corporativa. Sin olvidarnos de que si la entidad no puso los medios necesarios para prevenir y evitar el acoso y solucionar la situación, podría acabar teniendo responsabilidad penal, si la víctima acude a los tribunales de justicia.

Finalmente, para la sociedad las consecuencias de estos comportamientos se traducen en costes para el sistema de salud, de la seguridad social, del sistema judicial, etc. Así mismo, también menoscaban los valores de igualdad, democracia y justicia social.

¿Cómo acabar con el acoso sexual y del acoso por razón de sexo?

Acabar con el acoso sexual y por razón de género pasa por sensibilizar, concienciar y educar al conjunto de la sociedad contra estos comportamientos o actitudes. Nuestro marco normativo ya cuenta con sanciones, incluidas las penas de prisión (puesto que el acoso sexual constituye un delito así tipificado en el Código Penal) y obligaciones para acabar con estas lacras, pero las organizaciones pueden tomar más medidas para erradicar estos comportamientos en su interior.

Para empezar, la ley ya obliga a cualquier empresa a tener implantado y operativo un protocolo de acoso laboral, a través de este, las víctimas pueden denunciar cualquier situación de acoso sexual o por razón de sexo que estén sufriendo y ponerlo en conocimiento de la comisión u organismo designado para llevar todo el procedimiento de denuncia y resolución del conflicto.

Pese a la diferencia entre acoso sexual y acoso por razón de género, el protocolo de acoso laboral y cualquier otra medida que se tome para su prevención, deben tratarse de forma conjunta.

Respecto a otras medidas, estas deben incluir medidas destinadas a la prevención del acoso sexual y por razón de sexo, como pueden ser la elaboración de códigos de conductas y buenas prácticas, facilitar a la plantilla guías sobre qué se consideran conductas de acoso sexual y por razón de sexo, impartir cursos de sensibilización y formación sobre el tema, promover la tolerancia cero con este tipo de comportamientos, establecer un régimen sancionador para estas acciones y comunicarlo claramente a la plantilla (debe formar parte del protocolo contra el acoso sexual), realizar campañas de sensibilización, etc.

Finalmente, cualquier política o medida contra el acoso sexual o por razón de sexo debe formar parte del plan de igualdad.

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