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¿Cómo ejercer el derecho al olvido en Google?

Es posible que en alguna ocasión queramos que ciertos resultados al buscar nuestro nombre en Google no aparezcan, bien porque contienen información desactualizada o bien porque esa información es errónea. Para poder hacer «desaparecer» estos resultados, podemos ejercer nuestro derecho al olvido en Google.

En este artículo explicamos cómo solicitar el derecho al olvido en Google.

¿Puedo ejercer el derecho al olvido directamente en Google?

El derecho al olvido, que es el ejercicio del derecho de supresión aplicado a los buscadores de Internet, puede ejercerse directamente ante Google para limitar la difusión de información personal que se produce a través de Internet.

Pese a que tanto el editor de un contenido como Google estarán tratando los mismos datos personales de un interesado (nombre y apellidos y otra información personal asociada) los tratamientos de datos que realizan en realidad son diferentes, con una base legitimadora diferente, además de poder impactar de distinta forma sobre la privacidad y la privacidad digital de las personas.

Por ese motivo, si bien es posible que no podemos ejercer el derecho de supresión ante el editor del contenido (esté amparado en alguna de las razones que recoge la normativa de protección de datos, como puede ser el interés público), sí que podría ser posible ejercer el derecho al olvido en Google, para limitar la difusión de información personal asociada a un nombre en concreto.

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¿Ejercer el derecho al olvido implica que desaparecerá la información de Internet?

No, el contenido que contenga ese nombre no desaparecerá de Internet, pese a que Google acepte nuestra solicitud de derecho al olvido, sino que solo dejarán de aparecer los enlaces al buscar ese nombre en el buscador. Es decir, que el contenido o fuente original en el que apareciera ese nombre no será suprimido o eliminado de Internet, pero en los resultados de búsqueda hecha por el nombre sobre el que se ha llevado a cabo un procedimiento derecho al olvido ya no aparecerán.

Como veis, el derecho al olvido en Google (y cualquier otro buscador) se circunscribe, tal y como recoge el artículo 93 de la LOPDGDD, al nombre del interesado y los enlaces que aparezcan al realizar una búsqueda sobre este.

Por lo tanto, a diferencia de lo que ocurre con el derecho al olvido en redes sociales, el derecho al olvido en Google no nos servirá para eliminar nuestros datos personales en Internet.

Así que si lo que buscas es «¿cómo eliminar mi nombre de Google?», el derecho a olvido no es exactamente la solución que necesitas, como puedes comprobar en el enlace que hemos facilitado al respecto.

¿Cómo solicitar el derecho al olvido en Google? Pasos

Ahora que ya tenemos más claro qué implica realmente solicitar en Google el derecho al olvido, veamos cómo hacerlo.

Afortunadamente y en cumplimiento de las exigencias legales en materia de protección de datos de la UE (y otros países donde existen regulaciones similares), Google nos facilita el ejercicio del derecho al olvido.

Para ello solo tendremos que rellenar el formulario de derecho al olvido de Google, firmarlo y remitirlo a la plataforma pulsando en «Enviar», todo ello de forma online y sin necesidad de imprimir o escanear documentos.

Aquí podéis acceder al formulario de Google para solicitar el derecho al olvido. Eso sí, será necesario incluir todas las URLs específicas donde aparece el contenido que quieras que sea retirado, junto a una descripción de la relación que tiene dicho contenido con vosotros y de las razones que exponéis para que sea retirado de los resultados de búsqueda de Google (como por ejemplo, información incorrecta, desfasada, falsa, etc.). Cuanto más exhaustivos seáis en vuestros motivos, mejor, puesto que de otro modo Google podría solicitaros información adicional.

También tendréis que facilitar un email de contacto para que Google pueda ponerse en contacto con vosotros en relación a la solicitud.

Una vez enviada la solicitud de derecho al olvido, solo restará esperar la respuesta de Google en uno u otro sentido.

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Criterio de Google para responder a una solicitud de derecho al olvido

Google cuenta con un equipo de revisores que se encargará de revisar manualmente las solicitudes de derecho al olvido, de manera que estos examinadores determinarán, en general, si la información es de interés público y en qué grado y lo ponderará frente a los derechos que da la normativa de protección de datos aplicable (en nuestro caso, el RGPD y la LOPDGDD), junto a otros derechos que puedan verse afectados (como son el derecho de información).

En general, los revisores de Google se basan en los siguientes criterios para conceder o denegar una solicitud de derecho al olvido:

  • El papel que el interesado desempeña en la vida pública, es decir, si se trata de un personaje público, como políticos, famosos o empresarios conocidos, se valorará la relevancia de la información en relación con el cargo público desempeñado, su labor profesional o sus responsabilidades.
  • El origen de la información, especialmente si la información ha sido publicada en un sitio oficial del Gobierno o la Administración o en un medio de comunicación digital. Respecto a los medios de comunicación, Google tiende a inclinarse a respetar el derecho de información, especialmente si es información relevante y actual.
  • La antigüedad del contenido, valorándose cuánto tiempo ha pasado desde que se publicó la información, si esta sigue siendo pertinente o si se han producido cambios que hayan podido afectar a la veracidad de la información.
  • El interés legítimo de los usuarios de Google, es decir, si quienes buscan un nombre tienen realmente un interés legítimo para encontrar información relacionada con este, como puede ser en el caso de profesionales que ofrecen sus servicios y las críticas escritas por sus clientes.
  • Si la información relacionada hace referencia a datos sensibles, especialmente en el caso en que el interesado no haya dado su consentimiento para hacerla pública.
  • Si la información es falsa, siempre y cuando se acredite dicha falsedad.

¿Y si Google no responde o su respuesta no es satisfactoria?

Como en cualquier otro trámite o solicitud relacionado con los derechos de los interesados en materia de protección de datos, si Google no responde a nuestra petición de derecho al olvido o su respuesta no nos satisface y creemos que tenemos derecho a que esos resultados no aparezcan asociados a nuestro nombre en el buscador, podremos proceder a interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.

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