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IgualdadLaboral

¿Cómo denunciar acoso laboral o mobbing?

Ser víctima de acoso laboral es algo por lo que nadie debería pasar, sin embargo, si te encuentras en esta situación, debes saber cómo denunciar el acoso laboral para no solo ponerle fin, sino también para reclamar una posible indemnización por daños y perjuicios.

Pasos para denunciar el acoso laboral o mobbing

Existen diferentes formas de sufrir acoso laboral, desde las humillaciones y los ataques a la autoestima del trabajador en el acoso moral, hasta el acoso sexual en el trabajo o la discriminación laboral de la mujer.

Sin embargo, en todos estos casos, las  leyes laborales y penales amparan a las víctimas, además de existir mecanismos para prevenir, denunciar, investigar y, en última instancia, castigar el acoso laboral de cualquier índole, como el protocolo de acoso laboral en el caso del acoso sexual o por razón de sexo.

Para presentar una denuncia de acoso laboral, estos son los pasos que debes seguir si te encuentras en este tipo de situación.

Reúne pruebas

Lo primero que debes hacer antes incluso de poner la denuncia, es reunir las pruebas que acrediten la situación de acoso, ya que para que se considere acoso será necesario que este sea sistemático y prolongado en el tiempo, es decir, no debe tratarse de un caso aislado, sino de algo que se repite continuamente; además, los actos o acciones deben ser claramente hostiles (insultos, gritos, ridiculizar, despreciar, etc.), y tener como objetivo dañar la integridad moral, o incluso física, del trabajador.

Las pruebas pueden recogerse de diferentes formas, por ejemplo, puedes guardar todos los mensajes, emails, whatsapps, etc., que te envié el acosador, en los que quede claro la actitud de este. También puedes grabar las llamadas que te haga tu acosador o grabar las conversaciones que mantengas con él; en estos casos, al ser parte de las conversaciones, no tienes que informar de que las estás grabando.

Además, puedes recurrir al testimonio de compañeros u otros testigos que hayan estado presentes cuando tu acosador te ha atacado. Esto es especialmente útil si acabas recurriendo a la vía judicial.

Así mismo, en el caso de que el acoso te esté provocando estrés, ansiedad o cualquier trastorno físico o psicológico derivado del mismo, podrás solicitar informes médicos que así lo acrediten.

como denunciar el acoso laboral

Pasos para denunciar el acoso laboral

Denúncialo a Recursos Humanos

El siguiente paso es poner la denuncia de acoso laboral, acompañando dicha denuncia de las pruebas reunidas. Existen varias vías para hacerlo, pero siempre se recomienda empezar por acudir a Recursos Humanos o, en su defecto, a la representación legal de los trabajadores o la dirección de la empresa (siempre que el acoso no provenga de ella).

En muchos casos, y de acuerdo al convenio de aplicación, las empresas tienen implantado un protocolo contra el acoso, que se activa en el momento de recibir una denuncia a través de un canal de denuncias obligatorio habilitado para ello.

Una comisión de investigación o instructora o una persona con esas mismas funciones, se encargará de investigar los hechos, entrevistar a las partes y elaborar un informe con sus conclusiones, que remitirá a la dirección de la empresa (siempre que el acoso no proceda de la dirección) para que se tomen las medidas oportunas en caso de comprobarse la existencia del acoso.

Tomar esta vía, en ningún caso te impide, posteriormente, acudir a la vía judicial Civil para reclamar una indemnización por los daños o perjuicios morales causados por el acoso.

Denunciar el acoso laboral en la Inspección de Trabajo

Si tu empresa no tiene departamento de RR. HH., representación legal de los trabajadores o el acoso proviene de la propia dirección, o no estás satisfecho con la resolución que han dado a tu caso, otra opción es denunciar el acoso labora en la Inspección de Trabajo, aunque si eres víctima, ten en cuenta que no podrás hacer una denuncia anónima, si bien, tu identidad se mantendrá confidencial ante la empresa.

Un inspector de trabajo se trasladará al centro de trabajo para comprobar personalmente la veracidad y gravedad de los hechos denunciados.

El inspector recogerá en un acta sus averiguaciones y, en caso de quedar acreditado el acoso laboral, impondrá las sanciones correspondientes al acosador y, en su caso, a la empresa, si esta no ha cumplido con su deber de prevenir y evitar el acoso, así como de velar por la salud del trabajador acosado.

En caso de querer proseguir por la vía judicial, especialmente para la reclamación de posibles indemnizaciones, esta acta de la Inspección de Trabajo será una prueba esencial, ya que a este organismo se lo considera veraz, objetivo e imparcial.

Si decides ir por la vía judicial

La última vía a la que podemos recurrir es la vía judicial, en la que, dependiendo de lo que queramos conseguir, deberemos acudir a un orden jurisdiccional u otro. En cualquier caso, lo habitual es que se demande tanto al acosador como a la empresa.

Por lo Social

Si decidimos ir por orden Social, hay tres procedimientos laborales que podremos poner en marcha (de manera individual o conjuntamente):

  • Demanda por tutela de Derechos Fundamentales: Puesto que el acoso atenta contra diferentes derechos fundamentales (dignidad, no discriminación, integridad física y moral, etc.), es posible recurrir a este procedimiento judicial urgente, para el que no es necesario presentar una papeleta de conciliación. Este procedimiento se regula por el artículo 177 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, que establece la posibilidad de solicitar medidas cautelares, como:
    • Suspensión de la relación o exoneración de la prestación de servicios.
    • Traslado a otro puesto o centro de trabajo.
    • Reordenación o reducción del tiempo trabajo.
    • Otras medidas que puedan afectar al acosador (en cuyo caso, deberá ser oído).
  • Extinción de la relación laboral: En virtud del artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores, en un caso de acoso laboral, el trabajador también puede solicitar la extinción unilateral y voluntaria de la relación laboral, con derecho a indemnización por despido improcedente y prestación de desempleo. También se podrán solicitar las mismas medidas cautelares que en la tutela de Derechos Fundamentales.
  • Indemnización por daños y perjuicios: Junto a los dos procedimientos anteriores, será posible solicitar una indemnización por los daños y perjuicios derivados del acoso soportado por el trabajador, aunque será necesario demostrar y acreditar tales daños.

Por lo Penal

Aparte de los procedimientos vistos en el epígrafe anterior, también es posible dar inicio a un procedimiento penal, puesto que el acoso laboral está reconocido y tipificado en el artículo 173.1 del Código Penal y castigado con pena de prisión de 6 meses a 2 años.

Este procedimiento puede ir contra el acosador, así como contra la empresa, por no haber tomado las medidas necesarias para haber evitado el acoso o, al menos, minimizar los daños y las consecuencias del mismo en el trabajador acosado.

Por lo Civil

Aparte de la indemnización por daños y perjuicios que puede solicitarse en la vía Social, la víctima de acoso también podrá solicitar una indemnización del acosador (cuando no es el empresario) a través de la jurisdicción Civil.

Por lo Contencioso-Administrativo (solo funcionarios)

Los funcionarios no pueden recurrir a la vía laboral para denunciar el acoso. En su caso, el primer paso es denunciar el acoso en la Administración Pública en la que estén destinados, activando el protocolo contra el acoso que todos estos organismos deben tener implementados, solicitando a través que se tomen las medidas oportunas para ponerle fin.

En caso de que los superiores jerárquicos no actúen o lo hagan de forma insuficiente o no satisfactoria para el acosado, este podrá interponer una demanda en los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, además de poder solicitar una indemnización por daños y perjuicios.

Dónde denunciar el acoso laboral

En los puntos anteriores ya hemos visto dónde denunciar el acoso laboral, pero volvemos a repasarlo, para que tengáis claro a dónde acudir en estos casos, según la situación o el momento del proceso.

En la empresa

Si la empresa cuenta con un protocolo contra el acoso laboral (en caso de ser acoso sexual o por razón de sexo, debe tenerlo de manera obligatoria, de la misma forma en que lo es el registro retributivo obligatorio), deberás realizar la denuncia a través del canal o buzón de denuncias de acoso laboral habilitado para tal fin.

También puedes acudir directamente a (si lo hay en la empresa):

  • La representación legal de los trabajadores.
  • El departamento de RR. HH.
  • La dirección (si el acoso no proviene de ahí).

En la Inspección de Trabajo

Si en tu empresa no hay canal de denuncia o protocolo contra el acoso laboral moral, ni departamento de RR. HH., ni representación legal de los trabajadores y no quieres acudir a la dirección, podrás denunciar el acoso laboral directamente en la Inspección de Trabajo, que, además, mantendrá confidencial tu identidad ante el acosador denunciado.

Puedes denunciar el acoso laboral ante la Inspección de Trabajo tanto de manera telemática a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Trabajo (para lo que necesitarás un DNIe o un certificado digital), como de manera presencial y postal, cumplimentando el formulario de denuncia disponible en la página web del Ministerio de Trabajo y enviándolo a la oficina provincial de Trabajo y Seguridad Social correspondiente.

En el Juzgado

En caso de querer poner fin de forma voluntaria a la relación laboral o solicitar que se ponga fin al acoso y reclamar una indemnización de daños y perjuicios, habrá que acudir a la vía judicial, eligiendo la jurisdicción correspondiente tal y como explicamos más arriba.

¿Por qué debemos denunciar el acoso laboral?

Porque el acoso laboral puede causar graves consecuencias en aquellas personas que lo sufren, llegando al punto de tener que solicitar una baja por incapacidad temporal o permanente (derivadas de problemas psicológicos causados por la situación de acoso) y porque nadie debería sufrir comportamientos cuyo único fin es causar daño y/o conseguir que la víctima acabe yéndose de la empresa.

  • Si eres víctima: Debes denunciar el acoso porque no tienes porque aguantar una situación que no es normal en el trabajo y que podría, incluso, ser constitutiva de delito. Y sobre todo, para no llegar al punto en que tu salud y bienestar sea vean perjudicados gravemente.
  • Si eres testigo: Los acosadores medran cuando el resto de las personas que podrían ayudar a poner fin al acoso, miran para otro lado. Por ello, si eres testigo de este tipo de comportamientos, puedes denunciarlo también o colaborar si se produce una investigación.
  • Si eres empresario: Como empresario tienes el deber proteger y velar por la salud de tus trabajadores (de la misma forma que debes fomentar y asegurar la igualdad en la empresa) y eso incluye la salud mental, que suele ser la más perjudicada en caso de acoso laboral. Además, ya hemos visto que de no cumplir con este deber y ayudar a poner fin al acoso, podrías tener responsabilidades penales y sociales.

En definitiva, sea cual sea tu papel, denunciar el acoso laboral es algo que beneficia a toda la empresa, porque ayuda a mejorar el clima laboral y a acabar con comportamientos y actitudes nocivas, además de ayudar a aquellas personas que puedan estar sufriendo dicho acoso, antes de que su salud pueda verse perjudicada.