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Videovigilancia

Cámaras de vigilancia en pisos turísticos ¿Son legales?

Cada vez es más habitual encontrar cámaras de vigilancia en pisos turísticos, a veces, estos dispositivos están a la vista, en otras ocasiones, se trata de cámaras ocultas. En este artículo vamos a ver qué dice la normativa sobre la instalación de cámaras de seguridad en pisos turísticos.

¿Se pueden poner cámaras de vigilancia en pisos turísticos?

De la misma forma que el dueño de un local comercial se pregunta si puede poner cámaras en su negocio, o los empleadores se preguntan si es legal poner cámaras en el trabajo, los dueños de los pisos turísticos o de alquiler también lo hacen.

Detrás de esa pregunta y la necesidad de instalar una zona de videovigilancia en el piso que están alquilando, puede haber diferentes motivaciones, aunque las principales tengan que ver con la protección y seguridad del inmueble y los bienes contenidos en él, así como el respeto de las normas. Al menos, cuando esas cámaras en una casa de alquiler son visibles; en el caso de cámaras ocultas, aunque lo normal es que respondan a esas razones, también pueden existir otros motivos menos legales, como la obtención de imágenes y audio para chantajear a los inquilinos.

Pero ¿qué dice la legislación de cámaras de vigilancia? ¿Es legal poner cámaras de vigilancia en pisos turísticos?

Tanto la normativa de protección de datos como la de seguridad privada permiten la instalación de cámaras de vigilancia en pisos de alquiler, siempre y cuando están cumplan con los siguientes requisitos:

  • Cuando su finalidad sea preservar la integridad de la vivienda y los bienes que contiene.
  • Las cámaras solo podrán grabar el interior de la vivienda, sin captar la calle o el interior de otros domicilios.
  • Solo podrán instalarse en zonas comunes, que no incluyen baños o dormitorios, o cualquier habitación en la que los inquilinos presupongan el respeto de su intimidad (por ejemplo, un salón que se use también para dormir).
  • Deberá informarse previamente a los inquilinos de la presencia de las cámaras de seguridad. Además, se colocará el preceptivo cartel de zona videovigilada, con la información que especifica la normativa de protección de datos, además de la dirección a donde pueden dirigirse para obtener más información sobre el responsable del tratamiento, la finalidad del tratamiento, el plazo de conservación y cómo ejercer sus derechos.
  • Solo podrá acceder a las imágenes de las cámaras el responsable del tratamiento, o las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y los jueces en el proceso de la investigación de un delito. Es decir, solo se puede pedir la grabación de una cámara de seguridad si se denuncia la comisión de un delito que se haya cometido en el área que cubre la cámara.
  • Las imágenes deben ser correctamente protegidas y destruirse pasado un mes desde su captación.
  • El responsable del tratamiento deberá llevar un registro de actividades de tratamiento, tal y como se recoge en la normativa de protección de datos.

Por lo tanto, siempre y cuando se informe a los inquilinos de la presencia de las cámaras, su finalidad y que estas no se encuentren en zonas prohibidas, instalar cámaras de vigilancia en pisos turísticos es completamente legal. De lo que se desprende que instalar cámaras ocultas no lo es. En este caso, la legislación es clara, está completamente prohibida la instalación de cámaras ocultas en pisos turísticos o de alquiler, incluso si la cámara solo se encuentra en zonas comunes.

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¿Y en los pisos de Airbnb y otras plataformas similares?

¿Puede haber cámaras en un Airbnb o en plataformas similares?

La respuesta es sí, puede haber cámaras de seguridad en pisos de Airbnb o de plataformas similares, pero siempre que la colocación de estas cumpla con las leyes vigentes del país respecto a su uso. Es decir, los pisos de Airbnb en España con cámaras deben cumplir con los requisitos que hemos visto más arriba.

Además, estas plataformas especifican en sus políticas que las cámaras de vigilancia solo pueden colocarse en zonas comunes y que su presencia debe constar en la descripción del anuncio, de manera que los inquilinos siempre estén informados sobre ellas.

Así mismo, prohíben expresamente la colación de cámaras ocultas o cámaras en zonas privadas, como baños y dormitorios.

Instalación de cámaras de vigilancia en pisos turísticos

¿Cómo podemos detectar cámaras de vigilancia en pisos turísticos?

Ya sabemos bajo qué circunstancias el uso de cámaras de vigilancia en pisos turísticos es legal, pero ¿y si el dueño ha puesto cámaras ocultas? ¿Cómo podemos detectarlas?

Existen diferentes métodos para detectar cámaras ocultas, algunos tan sencillos como dejar la habitación a oscuras y buscar puntos rojos de luz, señal de que hay una cámara con infrarrojos en la estancia.

También podemos usar la cámara de nuestro móvil, puesto que con determinados ángulos de luz, es capaz de captar también los infrarrojos de las cámaras ocultas.

Con una linterna podemos apuntar a diferentes zonas y si hay una cámara, la lente reflejará la luz.

La simple observación también puede ser útil, podemos sospechar de objetos fuera de lugar (que pueden ocultar cámaras en su interior) o seguir cables que no sepamos muy bien a dónde se dirigen (ya que las cámaras necesitan alimentación eléctrica para funcionar).

Si el piso tiene WiFi y nos han dado acceso a ella, podemos recurrir a una aplicación de escaneo de la red inalámbrica (como Fing) para ver qué dispositivos hay conectados. Aunque este método no funcionará, si la cámara está conectada a una red oculta.

Finalmente, también podemos hacernos con dispositivos específicos para detectar cámaras y otros dispositivos espías, capaces de detectar señales infrarrojas y señales de radiofrecuencia.

¿Qué debemos hacer si encontramos cámaras de vigilancia en un piso alquilado?

Si encontramos cámaras de vigilancia en un piso alquilado y no hemos sido informados de su presencia previamente por el dueño o no hay un cartel que nos avise de que estamos en una zona videovigilada, podemos denunciarlo directamente ante la AEPD y tratar de buscar otro lugar donde alojarnos (podríamos hablar antes con el dueño, pero nada nos asegura que no vaya a tener conectadas las cámaras durante nuestra estancia). En indiferente si las cámaras están apagadas, su presencia siempre debe ser informada.

Si lo que encontramos son cámaras ocultas, deberemos denunciarlo ante la policía, puesto que la captación de imágenes en el ámbito privado es constitutivo de delito, en concreto, descubrimiento y revelación de secretos, que atentan directamente contra el derecho a la intimidad y la propia imagen, penado con prisión de uno a cuatro años y con multas de 12 a 24 meses. Así mismo, también podemos denunciarlo ante la AEPD.

Si hemos alquilado el piso a través de Airbnb o una plataforma similar, también deberemos denunciar la presencia de las cámaras ocultas a la plataforma, para que pueda proceder con su propia investigación y expulsión del propietario de su servicio.

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