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Videovigilancia

¿Es legal poner cámaras de vigilancia en pisos alquilados turísticos?

Si es legal poner cámaras en pisos de alquiler, depende si se trata de un piso de alquiler turístico o un alquiler de vivienda habitual. En el primer caso, es legal poner cámaras de vigilancia en pisos turísticos siempre que se advierta de su presencia a los inquilinos y no se instalen en sitios prohibidos. En el segundo caso, no sería legal poner cámaras de vigilancia por parte del arrendador, pero sí lo sería si lo hace el arrendatario con permiso del arrendador.

En las siguientes líneas explicamos en detalle cada supuesto respecto a la legalidad de cámaras en pisos de alquiler.

¿Es legal poner cámaras en una casa alquilada?

Respecto a si es legal poner cámaras en apartamentos o pisos alquilados, debemos tener en cuenta quién instala las cámaras.

Si es el arrendador quien quiere instalar cámaras de seguridad en un piso que tiene en alquiler, no podría poner las cámaras en el interior de la vivienda, puesto que sería una invasión de la privacidad.

No obstante, el arrendador podría instalar cámaras de seguridad en la fachada exterior (puerta de acceso, ventanas) y, en su caso, en el jardín o patio, conectadas a una alarma, a través de una empresa de seguridad, siempre y cuando informe al inquilino (arrendatario) y el arrendador no tenga acceso a las cámaras. En este caso, además, arrendador e inquilino deberían poder negociar y llegar a un acuerdo para mantener las cámaras y la alarma.

En el caso de que sea el inquilino quien quiera instalar las cámaras, es legal hacerlo siempre y cuando cuente con el permiso del arrendador para ello.

Si se trata se una cámara en piso compartido, lo ideal sería llegar a un acuerdo entre todos los inquilinos del piso si se quieren instalar cámaras de seguridad. Si se hace de forma unilateral por uno de los inquilinos, este debe informar al resto de la presencia de la cámara. Y estas cámaras no podrían instalarse en zonas en las que se presuma intimidad (baños y dormitorios).

En cualquier caso, si las cámaras solo graban el interior, no será necesario tener en consideración la ley de protección de datos. En caso de ser un piso y querer colocar la cámara en la puerta o la mirilla, se debe contar también con el permiso de la comunidad de propietarios, y si esa cámara graba imágenes, aplicar la ley de protección de datos.

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¿Se pueden poner cámaras de vigilancia en pisos turísticos?

Sí, se pueden poner cámaras de vigilancia en pisos turísticos, pero teniendo en cuenta los requisitos y limitaciones que establece la legislación de cámaras de vigilancia:

  • Cuando su finalidad sea preservar la integridad de la vivienda y los bienes que contiene.
  • Las cámaras solo podrán grabar el interior de la vivienda, sin captar la calle o el interior de otros domicilios.
  • Solo podrán instalarse en zonas comunes, que no incluyen baños o dormitorios, o cualquier habitación en la que los inquilinos presupongan el respeto de su intimidad (por ejemplo, un salón que se use también para dormir).
  • Deberá informarse previamente a los inquilinos de la presencia de las cámaras de seguridad. Además, se colocará el preceptivo cartel de zona de videovigilancia, con la información que especifica la normativa de protección de datos, además de la dirección a donde pueden dirigirse para obtener más información sobre el responsable del tratamiento, la finalidad del tratamiento, el plazo de conservación y cómo ejercer sus derechos.
  • Solo podrá acceder a las imágenes de las cámaras el responsable del tratamiento, o las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y los jueces en el proceso de la investigación de un delito. Es decir, solo se puede pedir la grabación de una cámara de seguridad si se denuncia la comisión de un delito que se haya cometido en el área que cubre la cámara.
  • Las imágenes deben ser correctamente protegidas y destruirse pasado un mes desde su captación.
  • El responsable del tratamiento deberá llevar un registro de actividades de tratamiento, tal y como se recoge en la normativa de protección de datos.

Por lo tanto, siempre y cuando se informe a los inquilinos de la presencia de las cámaras, su finalidad y que estas no se encuentren en zonas prohibidas, es legal poner cámaras en una casa alquilada o piso turístico. De lo que se desprende que instalar cámaras ocultas no lo es. En este caso, la legislación es clara, está completamente prohibida la instalación de cámaras ocultas en pisos turísticos o de alquiler, incluso si la cámara solo se encuentra en zonas comunes.

De manera que, al igual que es legal poner cámaras en el trabajo o poner cámaras en un negocio, es legal poner cámaras en una casa de alquiler cumpliendo con los requisitos y límites de la normativa vigente (y siempre que las motivaciones para la instalación de las cámaras sean relativas a la protección y seguridad del inmueble y los bienes contenidos en él).

cámaras de vigilancia en pisos turísticos

¿Es legal poner cámaras en un piso de Airbnb o plataformas similares?

Sí, es legal poner cámaras en un Airbnb o plataformas similares, pero siempre que la colocación de estas cumpla con las leyes vigentes del país respecto a su uso. Es decir, que es legal tener cámaras en un Airbnb cumpliendo con los requisitos que hemos descrito en el punto anterior.

Además, estas plataformas especifican en sus políticas que las cámaras de vigilancia solo pueden colocarse en zonas comunes y que su presencia debe constar en la descripción del anuncio, de manera que los inquilinos siempre estén informados sobre ellas.

Así mismo, prohíben expresamente la colación de cámaras ocultas o cámaras en zonas privadas, como baños y dormitorios.

Por lo tanto, puede haber cámaras en pisos de Airbnb en España, ya que nuestra legislación lo permite.

¿Qué debemos hacer si encontramos cámaras de vigilancia en un piso alquilado?

Si encontramos cámaras de vigilancia en un piso alquilado y no hemos sido informados de su presencia previamente por el dueño o no hay un cartel que nos avise de que estamos en una zona videovigilada, podemos denunciarlo directamente ante la AEPD y tratar de buscar otro lugar donde alojarnos (podríamos hablar antes con el dueño, pero nada nos asegura que no vaya a tener conectadas las cámaras durante nuestra estancia). Es indiferente si las cámaras están apagadas, su presencia siempre debe ser informada.

Si lo que encontramos son cámaras ocultas, deberemos denunciarlo ante la policía, puesto que la captación de imágenes en el ámbito privado es constitutivo de delito, en concreto, descubrimiento y revelación de secretos, que atentan directamente contra el derecho a la intimidad y la propia imagen, penado con prisión de uno a cuatro años y con multas de 12 a 24 meses. Así mismo, también podemos denunciarlo ante la AEPD.

Si hemos alquilado el piso a través de Airbnb o una plataforma similar, también deberemos denunciar la presencia de las cámaras ocultas a la plataforma, para que pueda proceder con su propia investigación y expulsión del propietario de su servicio.

Cabe señalar que hay formas de localizar y detectar cámaras ocultas, desde dejar la habitación a oscuras para detectar la luz roja o verde que indica que hay presente un dispositivo de grabación, hasta la cámara de móvil o aplicaciones específicas para detectar este tipo de dispositivos.

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