En este artículo explicaremos qué es la autorización para grabación de contenido audiovisual dentro del contexto de la protección de datos, cuándo y por qué es necesario recabarla.
Contenido del artículo
- ¿Qué es la autorización para grabación de contenido audiovisual?
- Modelo de consentimiento para ser grabado
- ¿Por qué es necesaria esta autorización para la grabación de contenido audiovisual?
- ¿Siempre es necesario obtener autorización para la grabación de video?
- Autorización para la grabación de contenido audiovisual y contrato de cesión de derechos de imagen ¿son lo mismo?
- Te ayudamos a cumplir la Ley de Protección de Datos
¿Qué es la autorización para grabación de contenido audiovisual?
La autorización para grabación de contenido audiovisual es el documento empleado para recabar el consentimiento de las personas que van a aparecer en un vídeo, así como su posible difusión en diferentes medios. Por lo tanto, se trata de la forma en la que se recaba el consentimiento informado para grabar vídeo en el que aparecen personas.
Es importante señalar que esta autorización para grabar a una persona o varias es la forma en que se recaba el consentimiento en protección de datos, dado que se una grabación audiovisual es un tratamiento de datos personales. De manera que la autorización para grabación de contenido audiovisual se emplea cuando el responsable del tratamiento necesita recabar el consentimiento de los interesados para poder grabar o captar su imagen y voz y utilizarlos con diferentes fines.
Por lo tanto, no hace referencia a grabar en propiedad privada o dentro de un ámbito doméstico.
Modelo de consentimiento para ser grabado
No hay un modelo estandarizado de consentimiento para ser grabado, podemos incluso encontrarlo bajo diferentes nombres, como carta de consentimiento para grabar o autorización para grabar y usar imágenes del interesado.
En cualquier caso, cualquier modelo de autorización para grabación de contenido audiovisual debe incluir, como mínimo:
- Nombre de la entidad que realiza la grabación (que será la responsable del tratamiento)
- Datos identificativos del interesado (quién otorga su consentimiento a través de la autorización)
- Finalidad o finalidades para las que se da autorización de grabación de vídeo
- Vía para ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición al tratamiento
- Destinatarios de los datos
- Firma y fecha
A continuación os dejamos enlazado un modelo de autorización de grabación de contenido audiovisual, que podéis usar como ejemplo.
Así mismo, os recordamos que con la plataforma online de gestión de protección de datos de Atico34, podéis crear de manera sencilla y rápida este tipo de autorizaciones, completamente personalizadas y adaptadas a las necesidades de tu negocio.
¿Por qué es necesaria esta autorización para la grabación de contenido audiovisual?
Obtener la autorización para la grabación de contenido audiovisual es necesario porque hablamos de un tratamiento de datos personales, ya que tanto la imagen como la voz de una persona pueden permitir la identificación de la misma.
Así mismo, si la grabación de vídeo en el que aparecen personas está legitimado en el consentimiento explícito del interesado, el responsable del tratamiento tiene la obligación de recabar este de forma que suponga una acción afirmativa por parte del interesado, como es la firma de la autorización, y que quede registrado.
Cabe recordar que hay determinados supuestos en los que es delito grabar a una persona sin su consentimiento en España, como también es delito tomar fotos sin consentimiento en España (salvo que las personas sean accesorias de un hecho noticioso), especialmente atendiendo al cómo y el dónde se obtengan esas imágenes y para qué se utilicen, sobre todo si se publican o difunden imágenes de la esfera íntima y privada de las personas sin su consentimiento.
Además, usar contenido audiovisual sin el correspondiente consentimiento del interesado, cuando este es la única base legitimadora del tratamiento, es una infracción de la Ley de Protección de Datos, por la que se pueden imponer diferentes sanciones en función de la gravedad.
¿Siempre es necesario obtener autorización para la grabación de video?
No siempre es necesario obtener la autorización para la grabación de vídeo, puesto que si concurre alguna otra de las bases legitimadoras para el tratamiento de datos personales del artículo 6.1, letras b) a f) del RGPD, el consentimiento no será necesario.
Es lo que ocurre, por ejemplo, con el uso de cámaras de seguridad, que, de acuerdo a la normativa sobre cámaras de vigilancia, puede ampararse en el interés legítimo del responsable por mantener la seguridad del recinto, los bienes y las personas que alberga.
Esta autorización tampoco es necesaria para los contenidos audiovisuales de los informativos, puesto que aquí la imagen de las personas se considera como meramente accesoria o relevante para la información que se está dando. Ahora bien, cuando una persona protagoniza una noticia, esta pueda pedir que su imagen y voz no se difundan públicamente (es lo que ocurre, por ejemplo, con presuntos delincuentes o personas que quieren mantener anónima su identidad).
Autorización para la grabación de contenido audiovisual y contrato de cesión de derechos de imagen ¿son lo mismo?
Aunque pueda parecerlo, no, la autorización para la grabación de contenido audiovisual y el contrato para la cesión de derechos de imagen no son lo mismo.
La primera, como hemos visto, es la forma en que el responsable del tratamiento recaba el consentimiento de los interesados para poder grabarles en vídeo y usar dichas grabaciones con una finalidad determinada. Mientras que el contrato de cesión de derechos de imagen, es un contrato a través del cual una persona cede sus derechos de imagen a un tercero, como puede ser, por ejemplo, una empresa de marketing y publicidad, para que puedan usar las imágenes que haya cedido en la elaboración de campañas publicitarias.
De manera que la autorización para la grabación de vídeo queda solo limitada, en este caso, para dar el consentimiento para el tratamiento de datos personales, sin estar cediendo en ningún caso los derechos de imagen.
