¿En qué consiste la Ley de Propiedad Intelectual? ¿Qué tipo de obras están protegidas por esta normativa? ¿Qué derechos tienen los autores sobre sus obras? ¿Cuál es la vigencia de estos derechos de autor? En este artículo respondemos a estas y otras preguntas.
En este artículo hablamos de:
¿Qué es la Ley de propiedad intelectual?
La normativa que regula la propiedad intelectual en España es el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril. Este texto refundido de la ley de propiedad intelectual define los derechos personales y patrimoniales que corresponden al autor de una obra y/o a sus titulares, así como los derechos de disposición y explotación de la misma.
Conceptos básicos
La Ley de propiedad intelectual 2021-2022 se caracteriza por una serie de conceptos básicos que definen de manera general cómo funcionan los derechos sobre una obra o creación artística o literaria.
Hecho generador
El hecho generador se refiere a que la propiedad intelectual de una obra pertenece al autor por el simple hecho de ser su creador.
Autor
En relación al punto anterior, se considera autor de una obra a aquella persona que crea una obra literaria, artística o científica.
Se considerará autor a la persona que figure como tal en la obra mediante un nombre, firma u otro signo que lo identifique, salvo prueba fehaciente en contrario.
En caso de que se trate de una obra anónima o publicada bajo seudónimo, los derechos intelectuales sobre ella corresponderán a la persona que la haya divulgado con consentimiento de autor, siempre que éste no revele su identidad.
Divulgación
La Ley de la propiedad intelectual entiende la divulgación de una obra como toda expresión que, con el consentimiento del autor, haga una obra accesible al público. Por otro lado, señala que la publicación consiste en la divulgación de dicha obra mediante la puesta a disposición del público de un número determinado de ejemplares.
¿Qué creaciones protege la Ley de propiedad intelectual?
La ley de propiedad intelectual en España protege una serie de creaciones literarias, artísticas o científicas, las cuáles pueden haber sido expresadas por cualquier medio o soporte tangible o intangible que exista actualmente o que se invente en un futuro.
- Libros, folletos, impresos, epistolarios, escritos, discursos y alocuciones, conferencias, informes forenses, explicaciones de cátedra y similares.
- Composiciones musicales, con o sin letra.
- Obras dramáticas y dramático-musicales, coreografías, pantomimas y obras teatrales.
- Obras cinematográficas y audiovisuales.
- Esculturas, pinturas, dibujos, grabados, litografías, tebeos o comics, así como sus ensayos o bocetos.
- Proyectos, planos, maquetas y diseños de obras arquitectónicas y de ingeniería.
- Gráficos, mapas y diseños relacionados con la topografía, la geografía y la ciencia.
- Obras fotográficas o expresadas por procedimiento análogo.
- Programas de ordenador.
- Títulos de obras
- Traducciones y adaptaciones.
- Revisiones, actualizaciones y anotaciones.
- Compendios, resúmenes y extractos.
- Arreglos musicales.
- Transformaciones de una obra literaria, artística o científica.
- Colecciones de obras ajenas, antologías y bases de datos.
Obras excluidas de la propiedad intelectual
La ley de propiedad intelectual en España 2021 no incluye dentro de sus disposiciones legales a las resoluciones de los órganos jurisdiccionales y los actos, acuerdos, deliberaciones y dictámenes de los organismos públicos, ni tampoco las traducciones oficiales de dichos textos.
Derechos del autor de una obra
Por el mero hecho de ser su creador, el autor cuenta con una serie de derechos sobre su obra:
- Decidir si ha de ser divulgada y en qué forma.
- Decidir si la obra se divulga bajo su nombre, seudónimo o signo, o anónimamente.
- Exigir que se le reconozca como autor de la obra.
- Exigir que se respete la integridad de la obra e impedir cualquier deformación, modificación o alteración que suponga perjuicio a sus legítimos intereses o menoscabo a su reputación.
- Modificar la obra respetando los derechos adquiridos por terceros.
- Retirar la obra del comercio previa indemnización por daños y perjuicios a los titulares de derechos de explotación. Si, con posterioridad, el autor decide reemprender la explotación de su obra deberá ofrecer preferentemente los correspondientes derechos al anterior titular de los mismos y en condiciones similares a las originales.
- Acceder al ejemplar único o raro de la obra cuando se halle en poder de otro, con objeto de ejercitar su derecho a la divulgación o cualquier otro que le corresponda.
¿Durante cuánto tiempo se pueden ejercer estos derechos?
La ley de propiedad intelectual establece que los derechos sobre una obra tendrán vigencia durante toda la vida del autor, y hasta 70 años después de su muerte.
En caso de obras anónimas, seudónimas o póstumas, estos derechos tendrán vigencia durante 70 años después de su divulgación lícita.
El Registro General de la Propiedad Intelectual
El Registro de la Propiedad Intelectual es un registro oficial y público cuyo objetivo es la inscripción de los derechos intelectuales sobre determinada obra literaria, artística o científica. La inscripción en dicho registro constituye una prueba cualificada para la protección de los derechos de autor, ya que se presume que, salvo prueba fehaciente en contrario, los derechos sobre dicha obra pertenecen al titular que figura en el registro. Es uno de los mecanismos existentes para evitar los delitos contra la propiedad intelectual.
Diferencias con la ley de propiedad industrial
En ocasiones se confunde la propiedad intelectual con la propiedad industrial, pero el caso es que son dos conceptos distintos, regulados por leyes diferentes, y que cuentan con una serie de particularidades.
Como ya hemos señalado, la ley de propiedad intelectual se refiere a obras literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte que exista actualmente o que se cree en el futuro. Es decir, está protegidas por derechos de autor, por ser originales o por estar desarrolladas en algún tipo de soporte. Otorgan derechos al autor por el mero hecho de su creación.
En cambio, la ley de propiedad intelectual se refiere a nombres comerciales, marcas, patentes, diseños industriales o modelos de utilidad, que han de cumplir una serie de requisitos, entre los que se encuentran los de novedad, o aplicación práctica.
Una de las principales diferencias entre la propiedad intelectual y la propiedad industrial es que en el caso de la propiedad intelectual el autor obtiene protección sobre la obra por el simple hecho de ser su autor, sin que sea necesario su registro para obtener dichos derechos (aunque sí es recomendable). En cambio, para obtener derechos de propiedad industrial es imprescindible inscribir la patente, diseño, o nombre comercial en el Registro de la propiedad industrial.
Otra de las diferencias entre ambas es la duración de los derechos sobre la creación. En el caso de las obras literarias artísticas o científicas es de 70 años después del fallecimiento del autor. Sin embargo, en el caso de las patentes la validez es de 20 años, y de 10 años para los modelos de utilidad.
Este ha sido un resumen de la ley de propiedad intelectual en el que te hemos explicado los aspectos más básicos de esta normativa. Si quieres más información, te recomendamos consultar el texto completo del Real Decreto Legislativo 1/1996 en el BOE.