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¿Difundir fotos sin consentimiento en WhatsApp es legal?

La mayoría de las personas que usan WhatsApp a diario, comparten fotos, propias o reenviadas, con sus amigos y grupos, sin embargo, aunque la mayoría de las veces, compartir esas fotos no tiene consecuencias, hay algunas que sí podrán traer problemas legales cuando se comparten sin consentimiento. En este artículo vamos a ver cuando puede ser constitutivo de delito difundir fotos sin consentimiento en WhatsApp.

¿Por qué difundir fotos sin consentimiento en WhatsApp es delito en España?

Aunque muchas veces pensamos en WhatsApp como en una red social, lo cierto es que no lo es, es una aplicación de mensajería instantánea, que tiene ciertas funciones que la acercan a lo que es una red social, pero no la convierten en una. Por ello, en la mayoría de los casos, compartir fotos de terceros sin consentimiento en la aplicación no es un problema, porque estaremos compartiendo fotos de amigos con otros amigos o de familiares con otros familiares.

La intencionalidad detrás de compartir esas fotos es compartir momentos o situaciones con personas que están dentro de nuestro círculo de confianza y por ello, no nos detenemos casi nunca a preguntar si podemos enviar una foto en la que sale un amigo o un familiar a otro amigo o familiar o a un grupo de ellos.

Sin embargo, hay ciertas fotos que al enviarlas sin consentimiento de sus protagonistas a otras personas a través de WhatsApp, sí que podría llegar a ser considerado un delito; nos referimos especialmente, aunque no solo, a fotos de carácter íntimo, privado o sexual, que podrían menoscabar la imagen, reputación o dignidad de las personas que aparecen en ella, sobre todo si acaban difundiéndose más allá de ese círculo más cercano.

Es decir, difundir fotos sin consentimiento en WhatsApp puede ser un delito cuando esas fotos tienen el potencial para vulnerar el derecho a la privacidad de las personas que aparecen en ella.

El delito de descubrimiento y revelación de secretos

El delito en concreto del que estamos hablando es el que se contempla en el artículo 197 del Código Penal, de descubrimiento y revelación de secretos. En su punto 7 se regula la difusión a terceros de imágenes o grabaciones audiovisuales sin consentimiento de la persona afectada.

Este artículo no recoge explícitamente que las fotos difundidas deban ser de contenido sexual, sino que engloba toda imagen que pueda menoscabar gravemente la intimidad personal. Es decir, que siempre que las fotos difundidas sin consentimiento de la persona que aparece en ellas puedan causarle daños en su imagen o reputación, vulnerando así su derecho al honor, dicha difusión puede ser considerada un delito.

¿Cuándo se entiende que se ha producido la difusión de una imagen sin consentimiento en WhatsApp?

Se considera que se ha difundido una foto sin consentimiento en WhatsApp, cuando esta se ha enviado a un tercero sin el consentimiento expreso de la persona que aparece en ella, sin importar el número de personas a las que se haya enviado, tanto si es una como si son varias.

Esto se debe a que actualmente Internet, las redes sociales y los smartphones permiten que sea muy fácil que una imagen se difunda de manera encadenada muy rápidamente.

Que se haya consentido en captar la imagen no implica el consentimiento para difundirla por WhatsApp

De hecho, el artículo 197 que hemos citado, recoge que mientras que la captación de la imagen puede haberse hecho con el consentimiento de la persona que aparece en ella, es el hecho de difundirla sin consentimiento a través de WhatsApp lo que constituye el delito.

Porque si la foto se consigue sin el permiso de la persona que aparece en ella, las penas aún son mayores.

En cualquier caso, difundir fotos sin consentimiento es delito, cuando esas fotos vulneran la intimidad y dignidad de las personas, aunque la foto se hubiera hecho con permiso en primer lugar, porque ese permiso no se traduce en un permiso para compartir la foto con otras personas.

Que alguien envíe voluntariamente una imagen a otra persona, no da permiso a esta para que la reenvíe a terceros

Lo mismo podemos decir cuando alguien nos envía una foto de carácter íntimo o privado, porque tiene confianza en nosotros. Esto no significa que nos esté dando permiso para enviársela a otras personas sin su consentimiento expreso, mucho menos de publicarla en otras plataformas o redes sociales diferentes a WhatsApp.

Que una persona envíe una foto íntima a otra persona de manera voluntaria, tampoco implica que esa primera persona esté renunciado a su intimidad de manera implícita, puesto que, como decíamos, se presupone la confianza en la persona que recibe la foto y que esta no la compartirá con terceros.

Los terceros que reenvían una imagen sin consentimiento en WhatsApp también están incurriendo en un delito

Si los terceros que reciben la foto enviada sin consentimiento, la reenvían a su vez a otras personas sin el consentimiento de la persona afectada, también están cometiendo un delito de descubrimiento y revelación de secretos, aunque en este caso se hace una distinción entre terceros que pertenecen al círculo de confianza de la víctima y terceros que son extraños, estos últimos quedarían fuera de ninguna implicación penal.

Eso sí, si esos terceros tuvieran conocimiento de que las fotos difundidas sin consentimiento por WhatsApp se hubieran conseguido de forma ilícita, sí que podrán enfrentar penas de multa o prisión, pero menores.

Difundir fotos sin consentimiento en WhatsApp

Sanciones por difundir imágenes sin consentimiento en WhatsApp

Difundir fotos sin consentimiento en WhatsApp, cuando estas fotos pueden vulnerar gravemente la intimidad personal de la persona afectada, está castigado con pena de prisión de 3 meses a 1 año o multa de 6 a 12 meses. Esto cuando las fotos se hicieron o consiguieron con el permiso de la persona afectada, en caso de que se hubieran conseguido de forma ilícita, la pena será de 2 a 5 años de prisión (quizás te pueda interesar leer nuestro artículo sobre cómo saber si te controlan el WhatsApp, por si te acusan de estar difundiendo fotos que tú no has difundido).

Las penas se imponen en su mitad superior, cuando quien haya difundido las fotos sea el cónyuge o una persona que esté o haya estado unida a él por análoga relación de afectividad o la víctima sea menor de edad o una persona con discapacidad necesitada de especial protección o los hechos hubieran tenido una finalidad lucrativa.

La AEPD también te puede sancionar por difundir fotos sin consentimiento en WhatsApp

Difundir fotos sin consentimiento en WhatsApp también puede constituir una infracción de la normativa de protección de datos, puesto que las fotos en las que las personas pueden ser reconocidas, se consideran un dato de carácter personal.

Como ocurre en el ámbito penal, para que la AEPD sancione la difusión de estas fotos, deben perjudicar gravemente la privacidad de la persona afectada, ya que la actividad de particulares queda fuera de la aplicación de la normativa de protección de datos, salvo que afecte a datos especialmente sensibles y esa privacidad de la persona afectada pueda ponerse en peligro.

Por lo tanto, un particular puede ser sancionado por la AEPD si usa WhatsApp para difundir fotos que puedan vulnerar la privacidad de la persona afectada, tal y como podemos ver en esta resolución de la AEPD, en la que se multó a una persona con 10.000 euros, por difundir fotos sin consentimiento a través de WhatsApp.

Distinto es si quien difunde las fotos sin consentimiento es una empresa a través de WhatsApp Business, ya que en ese caso, si la persona que aparece en la imagen puede ser identificable y no ha dado su consentimiento expreso para ello, la empresa estará cometiendo una infracción de la normativa de protección de datos.

Conclusión

En definitiva, aunque para compartir fotos por WhatsApp no es realmente necesario pedir el consentimiento a nuestros amigos o familiares (aunque si vamos a compartir con terceros desconocidos para quienes aparecen en esa fotografía, no estaría de más consultarles antes), si dichas fotos pueden vulnerar la intimidad y privacidad de quienes aparecen en ellas, sí que deberemos pedir permiso para compartirlas.

En cualquier caso, antes de compartir una foto de índole privada o íntima con otra persona a través de WhatsApp, considera hasta qué punto puedes confiar en esa persona, una vez una foto sale de tu móvil u ordenador, es muy difícil controlar hasta dónde o quién puede llegar, especialmente cuando las relaciones se rompen, ya que es algo que va mucho más allá de la privacidad en WhatsApp.

Y si recibes fotos de carácter privado o íntimo de otra persona, no las reenvíes a otros y frena, en la medida de lo posible, la difusión de esas imágenes.