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Delito de cohecho: Qué es, elementos y penas

Desafortunadamente, el cohecho es un concepto con el que estamos bastante familiarizados, ya que este delito es uno del que oímos hablar con cierta regularidad en las noticias, ¿pero sabes qué exactamente un delito de cohecho y cómo se regula en España? ¿O cuáles son las penas por cohecho? En este artículo analizamos qué es el delito de cohecho y cuáles son sus elementos.

¿Qué es un delito de cohecho?

El delito de cohecho se refiere a las conductas corruptas dentro del ámbito de la Administración Pública y que consisten en la aceptación de compensaciones económicas u otro tipo de dádivas a un funcionario, a cambio de que este realice, deje de realizar u obstaculice el normal desempeño de sus funciones u obligaciones.

Dicho de otro modo, un delito de cohecho ocurre cuando un funcionario acepta dinero, regalos o compensaciones de cualquier clase en su beneficio o el de otros, de un particular o empresa, a cambio de hacer algo que contraviene el correcto desempeño de sus funciones. Es, en definitiva, utilizar el cargo público para beneficio propio.

El delito de cohecho está regulado en los artículos 419 a 427 bis del Código Penal, donde se establece que incurre en cohecho aquella autoridad o funcionario público que:

En provecho propio o de un tercero, recibiere o solicitare, por sí o por persona interpuesta, dádiva, favor o retribución de cualquier clase o aceptare ofrecimiento o promesa para realizar en el ejercicio de su cargo un acto propio de su cargo, contrario a los deberes inherentes al mismo o para no realizar o retrasar injustificadamente el que debiera practicar.

Por tanto, este delito es aplicable a autoridades y funcionarios públicos, incluyendo a jurados, mediadores, peritos, administradores, interventores, administradores concursales o cualquier otra persona que ostente un cargo relacionado con el ejercicio de funciones públicas. Es decir, que no existe el delito de cohecho entre particulares o el cohecho en la empresa privada (en ese caso estaríamos hablando de otro tipo penal, que es el delito de corrupción entre particulares, el cohecho solo pueden cometerlo los funcionarios o autoridades públicas).

Un delito de cohecho es aquel que cometen los funcionarios públicos al dejarse llevar por móviles ajenos a su función pública, aceptando o solicitando favores, retribuciones o dádivas para beneficio propio o de terceras personas.

Elementos del delito de cohecho

El Código Penal establece cuáles son los elementos del delito de cohecho.

Se trata de un delito que puede ser tanto activo como pasivo (veremos más adelante una descripción más detallada) y sus elementos, que ya vienen implícitos en la definición del delito de cohecho, son:

  • Ha de ser cometido por un funcionario o autoridad pública.
  • El acto cometido debe guardar relación con su cargo o función.
  • Implica la solicitud, recepción u ofrecimiento de una dádiva, presente o promesa.

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¿Cómo se regula el delito de cohecho?

Cómo decíamos, el delito de cohecho en el Código Penal está regulado en Título XIX, delitos contra la Administración Pública, Capítulo V, en concreto en los artículos 419 a 427.

El artículo 419 establece la definición del delito de cohecho genérico de la siguiente manera:

«La autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, recibiere o solicitare, por sí o por persona interpuesta, dádiva, favor o retribución de cualquier clase o aceptare ofrecimiento o promesa para realizar en el ejercicio de su cargo un acto contrario a los deberes inherentes al mismo o para no realizar o retrasar injustificadamente el que debiera practicar, incurrirá en la pena de prisión de tres a seis años, multa de doce a veinticuatro meses, e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a doce años, sin perjuicio de la pena correspondiente al acto realizado, omitido o retrasado en razón de la retribución o promesa, si fuera constitutivo de delito».

Mientras que los artículos subsiguientes regulan el resto de tipos de delitos de cohecho, así como sus penas.

El bien jurídico protegido en el delito de cohecho es el funcionamiento normal de los servicios públicos del Estado y la protección del buen nombre y prestigio de la función pública.

Finalmente, el delito de cohecho es un delito de comisión dolosa, para el que no existe el concepto de delito de cohecho imprudente.

Penas por cohecho (tabla resumen)

El delito de cohecho en España acarrea pena de prisión, multa económica o la imposibilidad de ejercer como cargo público, entre otras:

  • La pena por delito de cohecho por omisión o retraso del acto propio en razón de un beneficio propio o de un tercero será castigado con prisión de tres a seis años, multa de 12 a 24 meses y supresión del derecho para ejercer como cargo público por un período de entre nueve y 12 años.
  • Si el delito de cohecho tuviese relación con un proceso de contratación de subvenciones o subastas, se le impondrá al particular y, si procediera, a la sociedad, una pena de inhabilitación de cinco a 10 años para obtener subvenciones o ayudas públicas, para realizar contratos con entes públicos o para obtener ayudas fiscales.
  • En caso de que el soborno tuviera como objetivo la mediación en una causa criminal a favor del reo por parte del cónyuge o por otra persona ligada a él por razones familiares o de afectividad, se le impondrá al sobornador una pena de prisión de seis meses a un año.
  • Dado que también puede incurrir en cohecho una empresa privada, se recoge la responsabilidad penal de la persona jurídica en este delito, con las siguientes penas:
    • Si la persona física es sancionada con más de cinco años de prisión, la persona jurídica será sancionada con multa de dos a cinco años, o entre el triple y el quíntuple del beneficio obtenido.
    • En caso de que la persona física sea sancionada con más de dos años de prisión, a la persona jurídica se le impondrá una multa de uno a tres años, o entre el doble y el cuádruple del beneficio obtenido.
    • En el resto de supuestos, multa de seis meses a dos años, o entre el doble y el triple del beneficio obtenido.

Así mismo, la normativa establece que quedará exento del delito de cohecho aquel particular que, habiendo aceptado o recibido la solicitud de soborno por parte de un funcionario o autoridad pública, lo comunique a las autoridades antes de la apertura del procedimiento. Para ello, la denuncia se debe realizar en un período máximo de dos meses desde que se produjeron los hechos.

Penas por delito de cohecho

Sujeto Tipo Artículo CP Penas
Autoridad o funcionario público Pasivo 419
  • Prisión de 3 a 6 años
  • Multa de 12 a 24 meses
  • Suspensión para ejercer cargo público o del derecho de sufragio pasivo entre 9 y 12 años
Autoridad o funcionario público Pasivo propio 420 y 421
  • Prisión de 2 a 4 años
  • Multa de 12 a 24 meses
  • Inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo entre 5 y 9 años
Autoridad o funcionario público Pasivo impropio 422
  • Prisión de 6 meses a 1 año
  • Multa de 12 a 24 meses
  • Suspensión para ejercer cargo público de 1 a 3 años
Particular Activo 424
  • Prisión de 3 a 6 años
  • Multa de 12 a 24 meses
  • En caso de procedimientos de contratación, subvenciones o subastas, pena de inhabilitación para estos procesos de 5 a 10 años
Particular Activo (soborno en causa criminal por cónyuge o análoga relación de afectividad o familiares) 425
  • Prisión de 6 meses a 1 año

¿Cómo prevenir cometer delito de cohecho?

Para prevenir sobornos en la empresa privada y este tipo de conductas delictivas es necesario establecer unas pautas para el cumplimiento normativo en la empresa. Para ello, es fundamental la adopción de normas internas de compliance que garanticen que los comportamientos de la organización y sus miembros siempre están dentro de la legalidad.

Una medida imprescindible es reforzar el compromiso y la concienciación de todos los miembros de la empresa, desde los altos directivos hasta el último empleado. Todos ellos deben tener claro que la corrupción nunca es una opción. Aunque se puedan obtener importantes contratos o beneficios a través de prácticas ilícitas, a la larga será perjudicial para la empresa, ya que será objetivo de sanciones y comprometerá su imagen pública.

También es necesario establecer una pautas de actuación claras y transparentes. Dicho de otro modo, la empresa debe informar a sus miembros sobre cómo proceder en caso de intento de soborno, y crear un canal de denuncias interno adecuado.

Cohecho pasivo y activo

El Código Penal distingue en el delito de cohecho dos tipos diferentes, en función de quién sea el instigador de la acción delictiva o el momento en que se produce la conducta ilícita:

  • Cohecho activo: El delito de cohecho activo lo comete aquel particular que entrega u ofrece una dádiva, regalo o promesa a un funcionario o autoridad pública con el objetivo de que este realice un acto a su favor.
  • Cohecho pasivo: El delito de cohecho pasivo lo comete aquel funcionario o autoridad pública que acepta un regalo o dádiva para sí mismo o para un tercero. Tiene dos vertientes:
    • Propio: Se produce cuando un funcionario o autoridad pública acepta una dádiva o regalo a cambio de realizar un acto contrario a su cargo, o de retrasar sin justificación un acto propio de su cargo.
    • Impropio: El delito de cohecho pasivo impropio se produce cuando el funcionario público acepta la dádiva o regalo a cambio de realizar un acto propio de su cargo o no prohibido, pero por el que no debería recibir retribución alguna.
  • Cohecho antecedente: Se habla de cohecho antecedente cuando la dádiva o regalo se obtiene antes de realizar el acto administrativo. Es decir, el soborno se produce con anterioridad a la acción del funcionario o autoridad.
  • Cohecho subsiguiente: Por contra, el cohecho subsiguiente se produce cuando el funcionario o autoridad recibe la dádiva o regalo una vez que ya ha realizado el acto propio.

Cabe señalar que, respecto a la naturaleza de este delito, existen dos tipos de posturas: una que entiende que el delito de cohecho es bilateral, es decir, se necesita de la participación de un funcionario público y de un particular. Y una postura (mayoritaria entre los juristas), que entiende que es un delito unilateral, donde el hecho punible está en la conducta de cada sujeto por separado, sin necesidad de que sea necesario el acuerdo entre ambos.

Ejemplos de cohecho

Finalmente, cerramos este artículo con tres ejemplos de conductas que pueden ser constitutivas de un delito de cohecho:

  • Es ejemplo de cohecho activo cuando, en el contexto de una inspección de trabajo, la empresa (o una persona en nombre de esta) le ofrece al inspector una suma de dinero o un regalo a cambio de que el inspector elabore un informe favorable.
  • Otro ejemplo de cohecho activo sería cuando una empresa paga a un funcionario para asegurarse de que un concurso público, su propuesta es la elegida para llevar a cabo el desarrollo del proyecto.
  • Un ejemplo de cohecho pasivo propio es cuando un Letrado de la Administración de Justicia acepta un regalo, como puede ser, por ejemplo, un coche o un piso, de un abogado (que operará en nombre de su cliente) para que dilate o no admita a trámite un proceso o demanda, con el fin de perjudicar a la otra parte.

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