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Ley de menores en entornos digitales: Todas las claves

El Anteproyecto de la Ley Orgánica para la protección de menores en entornos digitales, comúnmente conocida como Ley de menores en entornos digitales, ha sido aprobado por el Consejo de Ministros. En este artículo repasamos sus claves principales.

¿Cuál es el objetivo de la Ley de menores en entornos digitales?

El objetivo de la Ley de menores en entornos digitales es garantizar los derechos de los menores de edad en el ámbito digital, especialmente los derechos a la intimidad, al honor y a la propia imagen, así como el derecho a la protección de datos de menores y al acceso a contenidos adecuados para su edad.

La ley busca, por lo tanto, la creación de entornos digitales seguros para los menores, protegerlos de contenidos inapropiados, del ciberacoso y evitar y tratar los problemas de adicción a las pantallas y a los dispositivos electrónicos.

Para ello, la Ley de menores en entornos digitales establece medidas regulatorias y obligaciones para empresas y administraciones, pero también pone el acento en la necesidad de garantizar una adecuada educación en competencias digitales y en un uso responsable de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), para lo que se acompaña de una Estrategia Nacional para la protección de la infancia.

objetivo de la ley de menores en entornos digitales

Claves de la Ley de menores en entornos digitales

A continuación repasamos las claves principales del Anteproyecto de la Ley de menores en entornos digitales; este texto podrá sufrir cambios durante su tramitación parlamentaria, pero es muy probable que las medidas que describiremos a continuación acaben entrando en vigor cuando finalmente se apruebe el texto definitivo por el Congreso.

Derechos de los menores de edad en entornos digitales

La ley recoge y consagra en su artículo 2 los derechos de los menores de edad en entornos digitales (esto ya estaba, en parte, recogido en la LOPDGDD, pero la nueva norma lo lleva un paso más allá). Los menores tienen derecho a:

  • Ser protegidos ante contenidos digitales que puedan perjudicar su desarrollo.
  • A recibir información suficiente sobre el uso de las tecnologías, sobre sus derechos y los riesgos asociados al entorno digital, de manera clara y en un lenguaje apropiado a su edad.
  • A la información, a la libertad de expresión y a ser escuchados.
  • Al acceso equitativo y efectivo a dispositivos, conexión y formación sobre el uso de herramientas digitales.

Así mismo, se establece la obligación para los poderes del sector público de hacer campañas de sensibilización dirigidas a las familias, sobre estos derechos y los riesgos del ámbito digital. Además, se crearán espacios de encuentro para que los menores puedan desarrollar actividades lúdicas y de ocio saludable no relacionadas con entornos digitales.

Control parental de fábrica

La Ley de menores en entornos digitales obliga a los fabricantes de dispositivos electrónicos (móviles, tablets, ordenadores y televisiones inteligentes) a implementar de fábrica una función de control parental gratuita y accesible, que se podrá configurar cuando se encienda por primera vez el dispositivo.

La activación y configuración debe ser clara y fácil de hacer por parte de los padres, que podrán decidir a qué aplicaciones, contenidos y servicios limitan el acceso a sus menores.

Sistemas de verificación de edad en dispositivos

También deberán implementarse en dispositivos y servicios y sitios online sistemas de verificación de edad efectivos y eficaces cuando el contenido o el servicio esté destinado a adultos o mayores de cierta edad (recordemos que la Ley de General de Comunicación Audiovisual ya obliga a verificar la edad a determinados servicios y plataformas de video online).

Se eleva la edad para suscribirse a redes sociales

Se eleva la edad para consentir el tratamiento de datos personales en redes sociales de 14 a 16 años, lo que implica que, una vez que la Ley de menores en entornos digitales esté en vigor, los menores de 16 años no podrán suscribirse y abrirse perfiles en redes sociales.

Test en revisiones pediátricas para identificar usos inadecuados de dispositivos digitales

La ley también prevé la realización de un test en revisiones pediátricas para identificar usos inadecuados de dispositivos digitales y pantallas, para detectar posibles problemas de adicción a estos.

El objetivo es establecer medidas para fomentar la detección precoz, la prevención y la atención especializada a menores con patologías relacionadas con el uso de dispositivos digitales.

También se prevé la creación de centros especializados relacionados con la salud mental para hacer frente a estas patologías y prevenir adicciones. Además, se formará a los profesionales sanitarios sobre adicciones y patologías relacionadas con las TIC.

Etiquetado de contenidos digitales

La Ley de menores en entornos digitales también regula el etiquetado de los productos digitales con advertencias sobre contenido y si este es apto o no para menores de edad, empleando un lenguaje entendible y accesible también para personas con discapacidad.

Este sistema de etiquetado de contenidos digitales podría ser similar al sistema PEGI que ya se emplea para advertir del contenido y la edad mínima de los videojuegos.

Nuevos delitos en el Código Penal

La Ley de menores en entornos digitales también trae consigo modificaciones en el Código Penal para tipificar nuevos delitos que están proliferando actualmente, en parte como consecuencia de los malos usos de la inteligencia artificial.

De manera que se tipifican como delito penal los deepfakes creados y difundidos sin el consentimiento y autorización del afectado, cuando se trate de contenido sexual o vejatorio para una persona.

También se tipifica el grooming como circunstancia agravante en diferentes delitos contra la libertad sexual de menores.

Así mismo, también será delito la difusión de material pornográfico a menores.

Además de estas modificaciones del Código Penal, también se modifica el artículo 39 para regular como posible sanción penal la orden de alejamiento digital, es decir, una orden de alejamiento en el ámbito digital para agresores condenados por acoso y violencia de género, de manera que estos no podrán contactar con las víctimas a través de las redes sociales u otras plataformas digitales.

Alfabetización digital

La norma sobre protección de menores en entornos digitales también contempla la inclusión en el itinerario curricular en primaria y secundaria de medidas educativas de ciudadanía digital y alfabetización mediática con contenido transversal, para dotarlos de los conocimientos necesarios para fomentar su autonomía y facilitarles herramientas para combatir los bulos, los mensajes de odio o la desinformación.

Así mismo, también reforzará y fomentará la educación sobre privacidad y protección intelectual, protección de datos y los riesgos que tiene el uso de las redes sociales.

Obligaciones para empresas tecnológicas

Aparte del control parental de fábrica, los sistemas de verificación de edad y el etiquetado de contenidos digitales, la Ley de menores en entornos digitales también establece las siguientes obligaciones para las empresas del sector tecnológico:

  • Informar sobre los riesgos del uso del dispositivo o servicio.
  • Las plataformas de intercambio de vídeos tendrán que tener un enlace directo al canal de denuncias y a los sistemas de control parental (similar a cómo actualmente hay enlaces directos a la política de privacidad).
  • Los videojuegos y otras plataformas digitales prohibirán el acceso de los menores a las cajas de botín (loot boxes).

Obligaciones para influencers

La Ley de menores en entornos digitales también obligará a los influencers a adoptar medidas para la protección de los menores en su actividad habitual, lo que se traduce en que deberán avisar de forma clara e inequívoca si el contenido que van a emitir es potencialmente dañino para el desarrollo físico, mental o moral de los menores.

Estrategia Nacional para la protección de la infancia

Finalmente, la Ley de menores en entornos digitales se acompañará de una Estrategia Nacional para la protección de la infancia y la juventud en entornos digitales, que incluirá medidas de mayor alcance temporal que la ley en ámbitos como la educación y la salud.

Esta Estrategia será desarrollada por el Ministerio de Juventud e Infancia, con el apoyo de un grupo de 50 expertos conformado por este Ministerio. Se deberá revisar cada tres años y el Gobierno tendrá la obligación de actualizarla según los riesgos relativos al ámbito digital para menores que se vayan conociendo y produciendo.

resumen ley menores entornos digitales

Resumen sobre la Ley de menores en entornos digitales

 

¿Cuándo entrará en vigor la Ley de menores en entornos digitales?

Estamos ante el Anteproyecto de la Ley de menores en entornos digitales, por lo que todavía queda toda la tramitación parlamentaria, de manera que aún no hay una fecha para la entrada en vigor de esta ley, aunque se espera que lo haga, si no en lo queda de 2024, sí en 2025.

En cualquier caso, desde Atico34 os mantendremos informados sobre los avances de esta ley y sus medidas, para que podáis ir preparándoos para su adaptación en caso de que vuestra empresa se vea afectada por ella.

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