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Compliance

Autoridad Independiente de Protección del Informante: Qué es, Funciones y Obligaciones

La Autoridad Independiente de Protección del Informarte (AAI) llega para ser un organismo clave para el cumplimiento de la Ley 2/2023 de protección del informantey para la correcta implementación del canal de denuncias. Pero, ¿qué es esta entidad? ¿Cuáles son sus funciones? En este artículo lo vemos a fondo.

¿Qué es la Autoridad Independiente de Protección del Informante?

La Autoridad Independiente de Protección del Informante (AAI) es un organismo autónomo estatal creado para supervisar y garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley 2/2023 sobre protección del informante y canales de denuncia. Su principal misión es asegurar que las organizaciones, tanto del sector público como privado, implementen sistemas de denuncia adecuados que protejan los derechos y la confidencialidad del informante.

La creación de esta autoridad responde a la creciente necesidad de proteger a aquellas personas que deciden denunciar irregularidades, actos de corrupción o incumplimientos dentro de sus empresas u organizaciones. En este sentido, la AAI vela por que los canales de denuncia cumplan con los estándares de seguridad y privacidad requeridos, minimizando el riesgo de represalias contra los informantes.

La entrada en vigor de esta normativa, un año después de la obligación del canal de denuncias, supone un paso necesario y un avance más en la adaptación española a la directiva whistleblowing europea.

El Estatuto de la Autoridad Independiente de Protección del Informante

El Estatuto de la AAI establece el marco regulador que define sus funciones, competencias y estructura interna. Este documento organiza las responsabilidades de la autoridad y garantiza su independencia, dotándola de autonomía administrativa y financiera para poder actuar de manera imparcial y efectiva.

El Gobierno aprueba la Autoridad Independiente de Protección del Informante para favorecer que se denuncien casos de corrupción, dando cumplimiento a la previsión contenida en la Ley reguladora aprobada en 2023 y a la Directiva sobre esta materia del Parlamento Europeo y del Consejo. Fecha: 29-10-2024.

En el Estatuto, se recogen sus competencias en áreas como la supervisión de los canales de denuncia, la protección de los informantes y la potestad para aplicar sanciones en caso de incumplimiento de la normativa. Además, el estatuto detalla los principios bajo los cuales la AAI debe actuar, destacando la imparcialidad, la transparencia y el respeto a la confidencialidad del informante. Así, el estatuto se convierte en una herramienta esencial para que la AAI pueda cumplir su misión de manera eficiente y ajustada a la normativa vigente.

Organización y funcionamiento de la A.A.I.

La organización de la AAI está diseñada para permitir un funcionamiento efectivo y transparente. La estructura suele estar compuesta por varios departamentos especializados, cada uno con funciones específicas que contribuyen a la misión global de la autoridad. Entre estos departamentos destacan:

  • Departamento de Supervisión y Control: Encargado de revisar y supervisar los canales de denuncia implementados por las organizaciones. Este departamento verifica que las empresas cumplan con los requisitos de la Ley 2/2023 del canal de denuncias, asegurando que los informantes tengan un acceso seguro y confidencial a los canales de denuncia.
  • Área de Protección y Apoyo al Informante: Su función es brindar apoyo y orientación a los informantes, garantizando su protección durante el proceso de denuncia. También se encarga de realizar evaluaciones de riesgo y de aplicar medidas preventivas para evitar represalias.
  • Departamento Sancionador: Responsable de gestionar las investigaciones en caso de posibles incumplimientos y de aplicar sanciones cuando sea necesario. Este departamento colabora estrechamente con otras áreas para asegurarse de que cualquier vulneración de la normativa sea tratada con celeridad y eficacia.

La Autoridad Independiente del Informante es un órgano autónomo e independiente, con personalidad jurídica propia, por lo que tiene autonomía en su capacidad de obrar y en su capacidad para tomar decisiones.

El máximo órgano de representación y gobierno de la Autoridad de Protección del Informante será su Presidencia.

La persona titular de la Presidencia de Autoridad Independiente de Protección del Informante tendrá rango de Subsecretario y será nombrada por Real Decreto, a propuesta del Ministerio de Justicia y ratificado por la Comisión correspondiente del Congreso de los Diputados, el acuerdo será adoptado por mayoría absoluta. La presidencia de la Autoridad tendrá un período de cinco años no renovable.

La Presidencia de la Autoridad Independiente de Protección del Informante tendrá las siguientes funciones:

  • Ostentar la representación legal de la Autoridad.
  • Acordar la convocatoria de las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Comisión Consultiva de Protección del Informante.
  • Dirigir y coordinar las actividades de todos los órganos directivos de la Autoridad.
  • Disponer los gastos y ordenar los pagos de la Autoridad.
  • Celebrar contratos y convenios.
  • Desempeñar la jefatura superior de todo el personal de la Autoridad.
  • Nombrar a los cargos directivos de la Autoridad.
  • Dictar resolución en los procedimientos sancionadores en los términos previstos en la Ley.
  • Ejercer las demás funciones que le atribuyen la Ley, el Estatuto Orgánico de la Autoridad y el resto del ordenamiento jurídico vigente.

Así mismo, la persona titular de la Presidencia podrá ser cesada, a petición propia o por el Consejo de Ministros, en los siguientes casos:

  • Incumplimiento grave de sus obligaciones.
  • Incapacidad sobrevenida para el ejercicio de sus funciones.
  • Incompatibilidad.
  • Condena firme por delito doloso.

Respecto al resto de su organización interna, se regirá por lo dispuesto en el Estatuto Orgánico y en el Reglamento de funcionamiento interno, cuando estos sean aprobados.

Así mismo, la Presidencia de la Autoridad Independiente de Protección del Informante estará asesorada por la Comisión Consultiva de Protección del Informante. Esta comisión estará formada por los siguientes miembros:

  • Un representante del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
  • Un representante de la Oficina de Regulación y Supervisión de la Contratación.
  • Un representante de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal.
  • Un representante del Banco de España.
  • Un representante de la CNMV.
  • Un representante de la CNMC.
  • Un representante de la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado.
  • Un representante de la Oficina Nacional de Auditoría de la Intervención General de la Administración del Estado.
  • Un representante del Ministerio de Hacienda y Función Pública perteneciente a la AEAT.
  • Dos representantes designados por el Ministerio de Justicia por un período de cinco años (deberán ser juristas de reconocida competencia con más de 10 años de ejercicio profesional).

Los miembros de la Comisión Consultiva serán nombrados por orden del titular del Ministerio de Justicia.

Aparte de reunirse cuando así lo disponga la Presidencia, la Comisión se reunirá una vez cada semestre.

Las decisiones que tome la Comisión no tendrán carácter vinculante. Las funciones y competencias de la Comisión no previstas en la Ley, serán establecidas en el Estatuto Orgánico de la Autoridad.

La Autoridad Independiente de Protección del Informante en las Comunidades Autónomas

La Ley no obliga a las Autonomías a crear una autoridad independiente de protección del informante y que la A.A.I. estatal puede recepcionar las denuncias de infracciones cometidas en cualquier comunidad autónoma.

En cualquier caso, y como ejemplo de autoridad administrativa independiente autonómica recogemos las de aquellas Comunidades Autónomas que ya han creado la suya su Autoridad del Informante:

Potestad sancionadora de la Autoridad en casos de incumplimiento

La AAI tiene una potestad sancionadora que le permite aplicar medidas disciplinarias a las organizaciones que no cumplan con las disposiciones de la Ley 2/2023. Esta potestad se manifiesta principalmente a través de multas y sanciones administrativas, que buscan disuadir el incumplimiento y promover un entorno de compliance y prevención de la corrupción.

Las sanciones se aplican en casos como:

  • No implementar un canal de denuncias adecuado: Las organizaciones que no cumplan con los requisitos de confidencialidad y seguridad en sus canales de denuncia pueden ser sancionadas.
  • Falta de protección a los informantes: Si se demuestra que una organización no ha adoptado las medidas necesarias para proteger la identidad y la seguridad del informante, la AAI puede imponer sanciones severas.
  • Represalias contra el informante: Cualquier acto de represalia contra un denunciante, como despidos o amenazas, se considera una infracción grave que puede conllevar sanciones adicionales.

El objetivo de estas sanciones es no solo castigar las conductas que ponen en riesgo la protección del informante, sino también fomentar una cultura organizativa basada en la ética y el cumplimiento normativo. La AAI tiene, por lo tanto, un papel fundamental en la creación de un entorno donde la denuncia de irregularidades se vea como un acto legítimo y protegido, promoviendo así una mayor integridad en el ámbito corporativo y público.

Preguntas y respuestas prácticas para entender la A.A.I.

A continuación respondemos a algunas de las dudas y preguntas más frecuentes que nos suelen realizar nuestros clientes acerca de la Autoridad Independiente de Protección del Informante.

¿Cuál es la función de la Autoridad Independiente de Protección del Informante en el canal de denuncias?

La Autoridad Independiente de Protección del Informante actúa como supervisora y garante de los derechos de los informantes en el uso de canales de denuncia para la comunicación segura de irregularidades, tanto internos como externos. Su función principal es supervisar la correcta implementación de los canales de denuncia, asegurando que estos sean efectivos, accesibles y seguros para el informante. Además, la AAI tiene la responsabilidad de garantizar que las empresas establezcan protocolos adecuados para la confidencialidad del informante y la protección de sus datos personales, evitando así represalias o riesgos derivados de la comunicación de irregularidades. Y también:

  • Gestión del canal externo de denuncias regulado en la Ley.
  • Adopción de las medidas de protección al informante previstas en la Ley.
  • Participar, mediante informe preceptivo, en el proceso de elaboración de normas que afecten a su ámbito de competencias y a la ley reguladora de sus funciones y su normativa de desarrollo.
  • Tramitación de los procedimientos sancionadores e imposición de sanciones por las infracciones previstas en la Ley.
  • Elaboración de recomendaciones y directrices que establezcan los criterios y prácticas adecuados para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley.

Las funciones de la A.A.I. son “garantizar la protección de la persona informante, servir de pilar institucional esencial en la lucha contra la corrupción, actuando en coordinación, en su caso, con otros organismos administrativos u organismos de supervisión, control, inspección o investigación que tengan funciones semejantes, ya existentes en la Administración General del Estado y con autoridades con funciones similares en sus respectivos ámbitos“.

¿Qué sanciones puede imponer la Autoridad a las empresas que no cumplan con la Ley 2/2023?

La Ley 2/2023 establece un régimen sancionador para aquellas empresas que incumplan las obligaciones del sector público y privado en materia de protección del informante y funcionamiento del canal de denuncias externo o interno. Las sanciones pueden ir desde multas económicas hasta la suspensión de actividades específicas o el cierre del canal de denuncias. Este tipo de sanciones en compliance tienen como objetivo disuadir las prácticas que puedan poner en riesgo la seguridad y confidencialidad del informante, así como garantizar un entorno seguro para que los trabajadores puedan reportar irregularidades sin temor a represalias.

En concreto, las sanciones previstas por la ley2/2023 para las personas jurídicas llegan hasta los 100.000 euros en caso de infracciones leves, 600.000 euros para infracciones graves, y hasta un millón de euros para las infracciones muy graves.

¿Cómo garantiza la Autoridad la confidencialidad y protección de los informantes?

La confidencialidad del informante es un pilar fundamental en la protección del informante. La AAI exige a las empresas y organizaciones que implementen medidas técnicas y organizativas para asegurar que la identidad del informante sea preservada en todo momento. Estas medidas incluyen el uso de sistemas seguros de comunicación y el establecimiento de protocolos internos para que solo el personal autorizado tenga acceso a la información del denunciante. Además, la AAI realiza auditorías y evaluaciones para verificar que se cumplan estos requisitos, protegiendo así la identidad de los informantes frente a terceros y minimizando los riesgos de represalias.

¿Qué requisitos debe cumplir una empresa para implementar un canal de denuncias supervisado por la Autoridad?

La implementación del canal ético conforme a la Ley 2/2023 y bajo la supervisión de la AAI, se debe realizar cumpliendo una serie de requisitos específicos, entre los que destacan:

  • Establecer un canal de denuncias seguro y accesible: Este canal debe estar disponible para todos los empleados y, en algunos casos, para terceros, según el tipo de organización y sus actividades.
  • Garantizar la confidencialidad del informante: Las empresas deben asegurar que la identidad del denunciante se mantenga en secreto en todas las etapas del proceso.
  • Definir procedimientos claros y transparentes: Esto incluye el establecimiento de tiempos de respuesta, así como la designación de responsables dentro de la empresa para gestionar las denuncias.
  • Asegurar la formación del personal en compliance: El personal encargado de gestionar el canal de denuncias debe recibir formación específica en cumplimiento normativo y en protección de datos para actuar de forma adecuada y respetuosa con los derechos de los informantes.

Cumplir con estos requisitos es esencial para que las empresas puedan operar un canal de denuncias obligatorio que sea considerado seguro y efectivo por la AAI.

¿Qué diferencia existe entre los canales de denuncia internos y externos bajo la supervisión de la Autoridad?

Los canales de denuncia internos son aquellos gestionados directamente por la organización y están diseñados para que los empleados o colaboradores puedan reportar irregularidades de forma confidencial dentro de la empresa. En cambio, los canales de denuncia externos están gestionados por un organismo independiente, como la AAI, y se emplean en casos donde los denunciantes consideran que el canal interno no garantiza suficiente seguridad o cuando las irregularidades involucran a altos cargos de la organización.

Mientras que los canales internos son una primera línea de detección de irregularidades, los canales externos son una alternativa que permite a los informantes una vía adicional para reportar casos de corrupción o irregularidades, asegurando un nivel más alto de confidencialidad y, en algunos casos, protección jurídica.

¿Cómo protege la AAI a los informantes y su confidencialidad?

La AAI establece estrictas medidas de seguridad y confidencialidad para proteger a los informantes. Esto incluye:

  • Sistemas de encriptación de la información: Los datos del informante son almacenados y gestionados mediante sistemas de encriptación que garantizan que su identidad no pueda ser revelada.
  • Auditorías periódicas: La AAI realiza auditorías para asegurar que las empresas y organismos públicos cumplan con las medidas de protección exigidas.
  • Procedimientos de sanción: Si se detectan vulneraciones en la confidencialidad del informante, la AAI está facultada para imponer sanciones y tomar medidas correctivas inmediatas.

La protección del informante es una prioridad para la AAI, que actúa no solo como supervisora, sino también como garante de que los derechos de aquellos que denuncian irregularidades sean plenamente respetados.