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Compliance

Derecho de competencia: Qué es, aplicación y ejemplos

El derecho de competencia es clave para regular y defender la libre competencia en el mercado, de manera que las empresas no puedan crear monopolios o desarrollen malas prácticas en materia de competencia, que acaben perjudicando tanto competidores y consumidores como al propio mercado. En este artículo explicamos en qué consiste el derecho de la competencia y la relación que existe entre este y la normativa de protección de datos.

¿Qué es el derecho de competencia?

El derecho de competencia es la rama del Derecho mercantil encargada de regular el comercio a través de la prohibición de restricciones ilegales, la fijación de precios entre empresas y la creación de monopolios.

El objetivo de las diferentes normativas que conforman el derecho a la competencia es garantizar y promover la competencia entre las empresas que participan en el mercado y con ello fomentar la calidad de los bienes y servicios, al tiempo que se garantizan los derechos de los consumidores.

Cada Estado tiene sus propias leyes de competencia, aunque existen similitudes entre ellas, por ejemplo, mientras en España, así como en el ámbito de la UE, se denomina derecho de competencia, en México lo encontramos como derecho de competencia económica. Además, también existen marcos supranacionales o internacionales entre aquellos países que tienen acuerdos comerciales, como es el caso para los Estados miembros de la Unión Europea.

¿Qué normas conforman el derecho de la competencia?

En España, el derecho de la competencia viene recogido en la propia Constitución, cuyo artículo 38 reconoce «la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado».

En cuanto a leyes, la defensa de la competencia está integrada por el Derecho comunitario, concretamente, en los artículos 91 y 82 del Tratado de la Comunidad Europea y desarrollado en el Reglamento comunitario 1/2003 del Consejo relativo a la aplicación de las normas sobre la competencia y en el Reglamento (CE) número 773/2004 de la Comisión relativo al desarrollo de los procedimientos.

Así mismo, a nivel estatal está vigente la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia y la Ley 3/1991 de Competencia Desleal.

Cabe señalar que el respeto de las normas del derecho de competencia forman parte también, o deberían hacerlo, del compliance de la empresa.

Aplicación del Derecho de la competencia en España

El derecho a la competencia y del consumo están íntimamente relacionados, como podemos ver en los dos conjuntos de normas que forman el derecho de competencia:

Por un lado, el derecho antimonopolio, cuyo fin es prevenir y sancionar aquellas conductas que limiten la competencia en los mercados y que podrían tener un efecto negativo sobre el mercado y/o los consumidores.

Por otro lado, el derecho de la competencia desleal, que tiene como fin evitar o sancionar las conductas anticompetitivas de las empresas, tanto si estas afectan al mercado como si no. Por lo tanto, buscan impedir que las empresas lleven a cabo malas prácticas para dañar bien a sus competidores, bien a los consumidores o a ambos, es decir, protege los derechos de los consumidores y fomenta una competencia sana y limpia.

Así mismo, el artículo 1 de la Ley de Competencia desleal fija las conductas y prácticas que están prohibidas, en concreto aquellas que puedan falsear la competencia, es decir, aquellas acciones que puedan parecer que existe competencia, cuando en realidad no es así.

Cabe señalar que desde 2013, en España el organismo encargado de la aplicación del derecho de la competencia es la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Este organismo público independiente tiene personalidad jurídica propia y está sometido al control del Parlamento. Tiene potestad para incoar causas y dictar resoluciones.

Además, a nivel europeo, la Comisión Europea y el Tribunal de Justicia de la UE son quienes se encargan de aplicar y revisar las normas del derecho a la competencia comunitario.

Ejemplo de aplicación del derecho de la competencia

Como ejemplo de derecho de la competencia aplicado, tenemos las sanciones impuestas por la CNMC a algunas eléctricas por manipular el precio de la luz, como el caso de Naturgy, a la que se le impuso una multa de seis millones y compensación 35,5 millones para resarcir el daño a los consumidores en 2023.

Otros ejemplos de derecho de la competencia y antimonopolio son:

  • El control de las fusiones para evitar la creación de monopolios.
  • Evitar el abuso de una posición dominante en el mercado para controlar los precios.
  • Evitar la creación de cárteles o la colusión.

Y de ejemplos de derecho de la competencia desleal son:

  • El uso de publicidad engañosa.
  • Aprovechar y explotar la confusión de la reputación ajena por parte de los consumidores (ocurre cuando una marca que es similar a otra, aprovecha la confusión para promocionar sus productos como si fueran los de la otra marca).
  • Las comparaciones entre productos que usan datos falsos o engañosos.

Relación entre Protección de Datos y derecho de Competencia

Existe una relación entre la protección de datos y derecho de competencia, aunque las leyes todavía no la contemplan en sus textos. Para ver esta relación tenemos que entender el contexto actual en el que el Big Data ha comenzado a formar parte importante de los estudios de mercado llevados a cabo por las empresas, para que sus productos o servicios lleguen con más posibilidades de éxito a sus clientes potenciales.

Los datos de los usuarios se han convertido en una moneda de cambio y actualmente tienen mucho valor para las empresas; su análisis se integra en las estrategias de marketing y son fundamentales, por ejemplo, para la práctica de la publicidad programática. Por ello, se puede considerar que las empresas que poseen bases de datos de usuarios más grandes, tienen una ventaja competitiva.

Aunque la normativa de protección de datos es muy clara respecto a la necesidad de recabar el consentimiento de los interesados para la elaboración de perfiles en base a los datos personales recabados, debemos tener en cuenta que en muchas ocasiones los usuarios, bien por desconocimiento o bien porque no quieren detenerse a leer toda la «letra pequeña», dan ese consentimiento, por lo que al final esos perfiles se elaboran y emplean para realizar esas estrategias de promoción y venta que hemos mencionado antes.

Por lo tanto, en un mundo donde los datos personales han ganado tanto protagonismo, quizás las normas de derecho de competencia deberían tenerlo en consideración, por ejemplo, cuando dos o más empresas se fusionan o cuando se adquieren bases de datos personales (la normativa de protección de datos ya legisla sobre esto, pero no estaría de más que la del derecho de competencia también lo hiciera).

Derecho a la competencia y ley antimonopolio

Si, como hemos dicho, que una empresa posea mayores bases de datos de usuarios y potenciales clientes, se puede considerar una ventaja competitiva, ¿qué ocurre con esas empresas, especialmente las tecnológicas, que se fusionan? De «repente» pasan a tener una base de datos más grande y eso puede dar una clara ventaja competitiva al grupo frente a otros competidores. ¿Deberían las leyes antimonopolio decir algo al respecto?

Es un tema complejo, porque por el momento, las leyes de derecho de competencia se han centrado en asegurar que no se produce juego sucio en el terreno de juego, pero hasta ahora no han considerado el impacto que el manejo de datos de los usuarios tiene para las empresas, para el mercado y para los consumidores.

Por el momento, parece que la normativa de privacidad se limita a la protección de datos de los usuarios en el sentido más estricto, puesto que no está hecha para valorar la posesión de bases de datos de usuarios desde la perspectiva de la competencia. Mientras que las normativas antimonopolio no entran, todavía, a valorar la posesión y cesión de datos de usuarios como un elemento que afecte a la competencia, aunque cada vez parece más evidente que sí lo hace.

Sin embargo, la legislación europea sí que ha empezado a abordar esta situación, para tratar de equilibrar el tablero entre las grandes tecnológicas, las pymes del sector y las administraciones públicas, con dos leyes recientes; la Ley del Dato, que busca un intercambio de datos fiable y seguro entre diferentes actores, para beneficiar a la economía europea y a la sociedad, y la Ley de Servicios Digitales, que trata de dar un mayor control sobre el acceso y uso de sus datos a los usuarios.

Es cierto que no son leyes relativas al derecho de la competencia, pero pueden contribuir, en el ámbito digital, a evitar ciertas prácticas.

En cualquier caso, todavía hay que esperar a ver cómo afectan realmente los datos y el Big Data al mantenimiento de la competitividad entre las empresas, sin que esto acabe incurriendo en perjuicios para las propias empresas y los derechos de los consumidores.