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Condiciones generales de contratación: Definición y ejemplos

Todo usuario o consumidor, en más de una ocasión, ha tenido que aceptar las denominadas condiciones generales de contratación para poder contratar un servicio o poder formalizar un contrato. En este artículo explicaremos qué son las condiciones generales de contratación exactamente, qué normativa las regula y cuándo estas pueden considerarse cláusulas abusivas.

¿Qué son las condiciones generales de contratación?

La normativa que regula las condiciones generales de contratación las define como:

Las cláusulas predispuestas cuya incorporación al contrato sea impuesta por una de las partes, con independencia de la autoría material de las mismas, de su apariencia externa, de su extensión y de cualesquiera otras circunstancias, habiendo sido redactadas con la finalidad de ser incorporadas a una pluralidad de contratos.

Es decir, las condiciones generales de contratación son cláusulas tipo que no son negociadas entre las partes, sino predispuestas por una de ellas (el predisponente) a la otra parte (el adherente) y que se aplican de la misma forma a una cantidad indeterminada de contratos.

Por lo tanto, cuando hablamos de condiciones generales de contratación, hablamos generalmente de contratos de adhesión, ya que los adherentes no pueden negociar dichas condiciones generales, que son dadas por el predisponente. En ese sentido, funcionan igual que los términos y condiciones en una tienda online, aunque en este caso hablamos de la prestación de servicios y no de las condiciones generales de venta de productos.

En este tipo de contratos, el predisponente es siempre un profesional (sea persona física o jurídica), que actúa dentro del marco de su actividad profesional o empresarial (prestación de un servicio), y el adherente (usuario o consumidor) puede ser cualquier persona física o jurídica, en el caso de ser un profesional, no será necesario que actúe en el marco de su actividad.

Son ejemplo de condiciones generales de contratación las cláusulas de los contratos de prestación de servicios como internet y telefonía, suministro de agua y energético, la apertura de cuentas bancarias, etc. Todos estos contratos tienen en común, precisamente, que comparten las mismas cláusulas generales para todos sus futuros clientes (consumidores o usuarios), que no pueden negociarlas (si bien, si es posible incluir cláusulas particulares en dichos procesos de contratación, se seguirá aplicando la normativa para las cláusulas generales de contratación, si este es un contrato de adhesión).

¿Qué normativa regula las condiciones generales de contratación?

Las condiciones generales de contratación están reguladas en la siguiente normativa:

  • Ley 7/1998 de Condiciones Generales de la Contratación
  • Real Decreto 1828/1999, que aprueba el Registro de las Condiciones Generales de Contratación
  • Real Decreto Legislativo 1/2007 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores (texto refundido)

Quedan fuera de esta normativa:

  • Contratos administrativos
  • Contratos de trabajo
  • Contratos de constitución de sociedades
  • Contratos que regula relaciones familiares
  • Contratos sucesorios

Requisitos de las condiciones generales de contratación

Para poder incorporarse a un contrato por escrito, es imprescindible que las condiciones generales de contratación cumplan con los siguientes requisitos:

  • La aceptación del adherente de las condiciones
  • La firma de todos los contratantes
  • La referencia expresa a las condiciones generales de contratación
  • El prestador del servicio informará con carácter previo y de forma clara y expresa al usuario o consumidor de las condiciones generales de contratación y le entregará copia escrita de las mismas

Para los contratos que no sea necesaria la formalización por escrito, el prestador del servicio deberá informar al usuario o consumidor sobre las condiciones generales de contratación de alguna de las siguientes formas:

  • Las condiciones generales de contratación deberán estar en un lugar visible, incluido en el lugar donde se celebre el contrato (por ejemplo, para cuentas bancarias online, las condiciones generales de contratación deben ser fácilmente localizables en la página web del banco).
  • Incluirlas en la documentación que se envíe junto al contrato.
  • Cualquier otra forma que garantice que el usuario o consumidor podrá acceder y conocer las condiciones generales de contratación en el momento de la celebración del contrato.

En el caso de los contratos que se celebren por teléfono o por vía electrónica, el prestador del servicio deberá facilitar al usuario o consumidor toda la información relativa a las cláusulas incluidas en las condiciones generales de contratación y hacerlo como mínimo tres días naturales previos a la celebración del contrato. Podrá enviar esta información por cualquier vía a distancia que resulte adecuada.

Finalmente, tanto para contratos por escrito como contratos a distancia, las condiciones generales de contratación deben ajustarse a los criterios de:

  • Transparencia
  • Claridad
  • Concreción
  • Sencillez
  • Accesibilidad y legibilidad (no serán válidos textos con letras de menos de 2,5 mm, el espacio entre líneas sea menor a 1,5 mm o no haya el suficiente contraste entre el fondo y las letras)
  • Buena fe y equilibrio entre los derechos y obligaciones de las partes

Cualquier cláusula que no cumpla con estos requisitos, se considerará abusiva y, por tanto, nula (de las condiciones generales de contratación y cláusulas abusivas hablaremos un poco más adelante).

Requisitos condiciones generales contratación

Ejemplo de condiciones generales de contratación

Ya hemos adelantado antes algunos ejemplos de condiciones generales de contratación, puesto que son las que encontramos en cualquier contrato de prestación de servicios, en los que el usuario o consumidor lo que hace es adherirse a dichas condiciones para poder contratar el servicio.

En cualquier caso, a continuación os dejamos enlazadas las condiciones generales de contratación de algunos servicios habituales:

¿Cuáles son los límites de las condiciones generales de contratación?

Que las condiciones generales de contratación no sean negociadas por las partes, no implica que el prestador del servicio pueda incluir cualquier tipo de cláusula en el contrato, por lo tanto, podemos hablar de los siguientes límites para las condiciones generales:

  • Las condiciones que el usuario o consumidor no haya podido conocer con suficiente antelación a la celebración del contrato
  • Las condiciones que hayan sido firmadas en los contratos formalizados por escrito
  • Las cláusulas que resulten ilegibles, oscuras e incomprensibles (con la excepción, en el último caso, de que hayan sido aceptadas por escrito por el usuario o consumidor y se ajusten a la normativa específica que regule su transparencia)

¿Cuándo se consideran abusivas las cláusulas de las condiciones generales de contratación?

Aparte de los límites citados, también debemos hablar de cuándo se consideran abusivas las cláusulas de las condiciones generales de contratación, puesto que al ser dispuestas por el prestador del servicio, es posible que puedan generar un desequilibrio a su favor en perjuicio del usuario o consumidor.

Así, se consideran nulas de pleno derecho las condiciones generales que:

  • Contradigan lo establecido en la Ley 7/1998 de Condiciones Generales de la Contratación en perjuicio del usuario o consumidor
  • Las cláusulas consideradas abusivas en los artículos 85 a 90 de la Ley General de para la Defensa de Consumidores y usuarios y que se agrupan en cláusulas que:
    • Vinculen el contrato a la voluntad del empresario
    • Limiten los derechos del consumidor y usuario
    • Determinan la falta de reciprocidad en el contrato
    • Impongan al consumidor y usuario garantías desproporcionadas o le impongan indebidamente la carga de la prueba
    • Resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato
    • Contravengan las reglas sobre competencia y derecho aplicable

¿Qué hacer ante cláusulas abusivas?

Si detectamos cláusulas abusivas en las condiciones generales de un contrato, la única vía que tenemos como usuarios o consumidores para que sean declaradas abusivas, es acudir a la vía jurisdiccional, puesto que solo los jueces pueden dictaminar que una cláusula de un contrato es nula por abusiva.

Cabe señalar que la nulidad de una cláusula abusiva, no determina la ilegalidad del resto del contrato, que seguirá funcionando, siempre y cuando la cláusula anulada no sea imprescindible para ello.

Así mismo, también es habitual recurrir a asociaciones de defensa de consumidores y usuarios para denunciar las cláusulas abusivas, ya que estas, por la propia naturaleza de las condiciones generales de contratación, afectan a un gran número de usuarios o consumidores.

¿Qué ocurre si hay cláusulas contradictorias en las condiciones generales?

Aunque como hemos establecido a lo largo de este artículo, las condiciones generales de contratación no se negocian, es posible que en el proceso de formalización del contrato, las partes acuerden incluir alguna cláusula particular al mismo.

En el caso de que se produzca una contradicción entre las cláusulas particulares y las de condiciones generales, prevalecerán las particulares sobre las generales, salvo si las últimas son más beneficiosas para el usuario o consumidor.

En definitiva, de la misma forma que el titular de una tienda online debe, como parte de la protección legal del ecommerce y para no tener que negociar una a una la venta de sus productos, incluir las condiciones generales de venta, los prestadores de servicios pueden recurrir a las condiciones generales de contratación para unificar las condiciones del contrato para todos sus futuros clientes, pero estas condiciones deben cumplir con los requisitos vistos en este artículo para no ser consideradas abusivas y, por tanto, nulas. Además, como prestador de servicio, deberás facilitar el acceso a las condiciones generales de contratación y asegurarte de que estas son legibles y comprensibles.

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