Un programa o plan de compliance no estará completo y, por tanto, no se considerará como válido, si no cuenta con un sistema o régimen disciplinario interno, a través del cual se establezcan y tipifiquen las faltas y sanciones en las que pueden incurrir los miembros de la empresa si vulneran dicho plan. En este artículo revisaremos qué papel juego el sistema disciplinario en el compliance.

¿Qué es un sistema disciplinario en Compliance?

En el compliance, el sistema disciplinario es el mecanismo empleado por la empresa para sancionar a los empleados que vulneren el programa de compliance implementado en la empresa. Es decir, contiene las acciones o conductas que se consideran faltas y las medidas disciplinarias que serán de aplicación, si se cometen esas faltas.

Este sistema disciplinario, que puede ser o formar parte del régimen disciplinario interno de la empresa, contiene un listado de faltas tipificadas y graduadas en leves, graves y muy graves y las consecuentes sanciones, también diferenciadas en función de la gravedad de la infracción.

El sistema disciplinario interno no es el plan de compliance, aunque forma parte de él, ni es el código de conducta o buenas prácticas, o el régimen interno que regula el comportamiento y las conductas que están o no permitidas en la empresa. El sistema disciplinario son las consecuencias que tiene vulnerar ese plan o código o régimen interno, siempre dentro de los límites marcados por la ley.

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¿El programa de compliance debe incluir un sistema disciplinario interno?

Sí, el programa o plan de compliance siempre debe incluir un sistema disciplinario interno, especialmente si hablamos de compliance penal, porque es uno de los requisitos enumerados en el artículo 31 bis del Código Penal respecto a los programas o planes de prevención de la comisión de delitos penales. En concreto dice que estos programas:

Establecerán un sistema disciplinario que sancione adecuadamente el incumplimiento de las medidas que establezca el modelo.

Así que de cara a presentar un plan de compliance penal para reducir o eximir de responsabilidad penal a la empresa en un proceso judicial, es fundamental que este plan cuente con sistema disciplinario interno.

Pero aparte de esta razón de carácter legal, hay otros motivos para diseñar un sistema disciplinario dentro del plan de compliance, como es disuadir a los miembros de la empresa de cometer acciones ilícitas dentro de la misma, puesto que saben que estas serán castigadas (sin perjuicio de que, en caso de tratarse de un delito, se denuncie también ante las autoridades correspondientes).

Así mismo, la existencia de un sistema disciplinario interno demuestra el compromiso de la empresa con el cumplimiento normativo y la tolerancia cero con las conductas ilegales.

Elaboración del sistema disciplinario internoObjetivos del sistema disciplinario interno

El principal objetivo del sistema disciplinario interno es castigar aquellas conductas que infringen o vulneran el plan o programa de compliance, así como otros ilícitos contemplados por diferentes leyes y normas que sean de aplicación en la empresa.

También, como decíamos, busca tener un efecto disuasorio, puesto que si un empleado sabe qué tipo de consecuencias disciplinarias puede enfrentar al realizar determinadas acciones ilegales o que contravengan el plan de compliance o el código ético de la empresa, será menos probables que las cometa (especialmente aquellas que puedan derivar en la suspensión temporal de empleo y sueldo o en el despido disciplinario).

El otro objetivo, como ya hemos comentado más arriba, es servir como medio para atenuar o eximir posibles penas para la empresa, en el caso de que uno de sus miembros haya cometido un delito que la hubiera beneficiado directa o indirectamente y haya llegado a juicio.

 

¿Cómo elaborar un sistema disciplinario interno?

Lo primero que debemos saber sobre los sistemas o regímenes disciplinarios internos, es que las faltas y sanciones deben estar tipificadas y tener su base en una ley existente o en el convenio colectivo de aplicación en la empresa. En ausencia de convenio colectivo, será de aplicación el Estatuto de los Trabajadores.

Ninguna de las faltas y sanciones en el compliance pueden imponerse sin arreglo a los límites de la ley. Por lo tanto, para elaborar un sistema disciplinario interno en compliance debemos:

  • Determinar las faltas, pudiendo incluir aquellas que aparezcan en el convenio colectivo, así como la vulneración del plan o programa de compliance. En caso de no haber convenio colectivo, recurriremos a las faltas tipificadas en el Estatuto de los Trabajadores.
  • Graduar las faltas en leves, graves y muy graves de acuerdo a su tipificación en el convenio colectivo o el Estatuto de los Trabajadores. Las faltas muy graves deberán ser aquellas constitutivas de delito o infracción administrativa, así como aquellas cuyo fin sea entorpecer la denuncia o investigación del delito.
  • Determinar las sanciones a aplicar en función de la gravedad. Nuevamente, estas sanciones deben tener su base en una ley existente o en el convenio colectivo y no pueden exceder las contempladas en el Estatuto de los Trabajadores.
  • Definir el protocolo de notificación de las faltas y sanciones, teniendo en cuenta que las faltas graves y muy graves se deben siempre notificar por escrito y que se debe informar al comité de empresa de las sanciones muy graves.
  • Comunicar el sistema disciplinario interno entre todos los miembros de la empresa.

A modo de ejemplo de las faltas que podrían incluir en un sistema disciplinario interno respecto al compliance, tenemos:

  • Transgresión de la buena fe contractual.
  • Acoso por razón de género, origen racial, discapacidad, edad, etc.
  • Faltas de respeto
  • No cumplir con el protocolo de seguridad de la información
  • Causar accidentes
  • Trabajar mientras se está de baja
  • Violación de cláusulas de confidencialidad
  • Participar en delitos

Por su parte, las sanciones que se pueden imponer en base a la gravedad de falta, podrían ser:

  • Amonestación verbal o por escrito
  • Apercibimientos
  • Suspensión de empleo y sueldo
  • Traslado forzoso a otro puesto de trabajo
  • Despido disciplinario

Límites para las sanciones del sistema disciplinario interno

Ya lo hemos mencionado en los puntos anteriores, pero la empresa no podrá incluir en su sistema disciplinario interno sanciones que no estén contempladas en una ley o norma, en el convenio colectivo de aplicación o en el Estatuto de los Trabajadores, por lo que a la hora de elaborar su régimen sancionador interno, la empresa debe acudir a estos instrumentos para establecer las sanciones apropiadas.

Además, la ley establece que no se pueden imponer sanciones consistentes en la reducción de la duración de las vacaciones o cualquier otro recorte de los derechos al descanso de los trabajadores, así como multas económicas que apliquen en la nómina del trabajador.

Así mismo, el sistema disciplinario interno y sus sanciones respetarán la presunción de inocencia (el proceso de investigación interna al que de pie una denuncia, debe garantizar que se oirá al empleado denunciado) y la proporcionalidad entre la falta y la sanción aplicada.

En conclusión, cualquier plan o programa de compliance debe incluir un sistema disciplinario que permita aplicar medidas disciplinarias contra quienes vulneran dicho programa o cometen otros ilícitos que pueden repercutir negativamente contra la empresa.

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