Si bien en España el compliance no está realmente regulado ni hay una ley que obligue a las organizaciones a implementar un plan de compliance, sí que hay un listado de delitos por los que las personas jurídicas, como las empresas, pueden tener responsabilidad penal, razón por la que hablamos de compliance penal. En este artículo revisaremos esta lista de delitos del compliance penal (actualizada en 2022).

¿Dónde se regulan los delitos del compliance penal?

Como su propio nombre indica, los delitos del compliance penal están regulados en el Código Penal; tras su reforma en 2010, que introdujo el artículo 31 bis y la responsabilidad penal de las personas jurídicas, existe una lista de delitos por lo que las empresas, si se cumplen los requisitos establecidos en el artículo 31 bis, serán responsables penalmente.

Esos requisitos se pueden resumir en que el delito en cuestión haya sido cometido por un miembro de la empresa, en su nombre o por cuenta de la misma, le haya aportado a la empresa alguna clase de beneficio directo o indirecto y que se haya producido por incumplimiento grave de los órganos de administración o directivos de los deberes de supervisión, vigilancia y control de la actividad.

¿Cuáles son los delitos del compliance penal?

Como decíamos, las empresas pueden ser responsables penalmente de una serie de delitos del Código Penal; esa lista ha ido creciendo en sucesivas reformas del CP hasta incorporar los últimos delitos a la lista, de manera que en los delitos de compliance penal en 2022 son los siguientes:

TABLA DE DELITOS DE LOS QUE PUEDEN SER RESPONSABLES LAS PERSONAS JURÍDICAS

DELITO ARTÍCULO PENA
Tráfico de órganos 156 bis Multa del triple al quíntuple del beneficio obtenido
Delitos de trato degradante 173.1 Multa de 6 meses a 2 años
Trata de seres humanos 177 bis Multa del triple al quíntuple del beneficio obtenido
Delito de acoso sexual 184.1, 2, 3 y 4 Multa de 6 meses a 2 años
Delitos relativos a la prostitución, explotación sexual y la corrupción de menores
  • 187
  • 188
  • 189
  • 189 bis
  • Multa del triple al quíntuple del beneficio obtenido (si la pena de prisión para persona física es superior a 5 años)
  • Multa del doble al cuádruple del beneficio obtenido (si la pena de prisión para persona física es entre 2 y 5 años)
  • Multa del doble al triple del beneficio obtenido (si la pena de prisión para persona física es menor a 2 años)
  • Disolución imperativa de la persona jurídica conforme al art. 33.7.b)
Delitos contra la intimidad y allanamiento informático
  • 197
  • 197.7
  • 197 bis
  • 197 ter
Multa de 6 meses a 2 años
Estafas y fraudes
  • 248
  • 249
  • 250
  • 251
  • Multa del triple al quíntuple de la cantidad defraudada (si la pena de prisión para persona física es superior a 5 años)
  • Multa del doble al cuádruple de la cantidad defraudada para el resto de casos
Frustración de la ejecución
  • 257
  • 258
  • 258 bis
  • Multa de 2 a 5 años (si la pena de prisión para persona física es superior a 5 años)
  • Multa de 1 a 3 años (si la pena de prisión para persona física es de 2 a 5 años)
Insolvencias punibles
  • 259
  • 259 bis
  • 260
  • 261
  • Multa de 2 a 5 años (si la pena de prisión para persona física es superior a 5 años)
  • Multa de 1 a 3 años (si la pena de prisión para persona física es de 2 a 5 años)
  • Multa de 6 meses a 2 años (si la pena de prisión para persona física es inferior a 2 años)
Daños informáticos
  • 264
  • 264 bis
  • 264 ter
  • Multa de 2 a 5 años o del quíntuplo a 12 veces el valor del perjuicio causado (si la pena de prisión para persona física es superior a 3 años)
  • Multa de 1 a 3 años o del triple a 8 veces el valor del perjuicio causado (si la pena de prisión para persona física es inferior a 3 años)
Delitos contra la propiedad intelectual e industrial, el mercado y los consumidores y de corrupción privada
  • 270
  • 271
  • 273
  • 274
  • 275
  • 277
  • 278
  • 279
  • 280
  • 281
  • 282
  • 282 bis
  • 283
  • 284
  • 285
  • 285 bis
  • 285 quarter
  • 286
  • 286 bis
  • 286 ter
  • 286 quarter
  • Para los delitos de los art. 270, 271, 273, 274, 276, 286 y 286:
  • Multa del doble al cuádruple del beneficio obtenido o previsto obtener (si la pena de prisión para persona física es superior a 2 años)
  • Multa del doble al triple del beneficio obtenido o previsto obtener en el resto de casos
  • Para los delitos de los art. 277, 278, 279, 280, 281, 282, 282 bis, 284, 285, 285 bis, 285 quarter:
  • Multa de 2 a 5 años o del triple al quíntuple del beneficio obtenido o previsto obtener (si la pena de prisión para persona física es superior a 2 años)
  • Multa de 6 meses a 2 años del tanto al duplo del beneficio obtenido en el resto de casos
Receptación y blanqueo de capitales 301
  • Multa de 2 a 5 años (si la pena de prisión para persona física es superior a 5 años)
  • Multa de 6 meses a 2 años (si la pena de prisión para persona física es inferior a 5 años)
Financiación ilegal de partidos políticos 304 bis Multa del triple al quíntuple del valor de las donaciones o aportaciones
Delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social
  • 305
  • 306
  • 307
  • 307 ter
  • 308
  • 310
  • Multa del tanto al doble de la cantidad defraudado o indebidamente obtenida y pérdida de obtener subvenciones y gozar beneficios fiscales o de la SS de 3 a 6 años (si la pena de prisión para persona física es de 2 a 5 años)
  • Multa del doble al cuádruple de la cantidad defraudada o indebidamente obtenida y pérdida de obtener subvenciones y gozar de los beneficios fiscales o de la SS de 3 a 6 años
  • Delitos del art. 310: multa de 6 meses a 1 año y pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y gozar de los beneficios fiscales o de la SS de 3 a 6 años
Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros 318 bis Multa de 2 a 5 años o la del triple al quíntuple del beneficio obtenido
Delitos de construcción, edificación o urbanización ilegal 319 Multa de 1 a 3 años o multa del doble al cuádruple del beneficio obtenido
Delitos contra el medio ambiente
  • 325
  • 326
  • 326 bis
  • 330
  • Multa de 1 a 3 años o del doble al cuádruple del perjuicio causado (si la pena de prisión para persona física es superior a 2 años)
  • Multa de 6 meses a 2 años o del doble al triple del perjuicio causado en el resto de casos
Delitos relativos a la energía nuclear y a las radiaciones ionizantes 343 Multa de 2 a 5 años
Delitos de riesgos provocados por explosivos 348 Multa de 1 a 3 años o del doble al cuádruple del perjuicio producido
Delitos contra la salud pública por práctica ilícita con medicamentos, productos sanitarios y adulteración de alimentos o de aguas potables
  • 359
  • 361
  • 361 bis
  • 362
  • 362 bis
  • 362 ter
  • 362 quinquies
  • 363
  • 364
  • 365
Multa de 1 a 3 años o del doble al quíntuple del valor de las sustancias y productos o del beneficio que se hubiera obtenido o previsto obtener
Delitos contra la salud pública por tráfico de drogas
  • 368
  • 369
  • Multa de 2 a 5 años o del triple al quíntuple del valor de la droga (si la pena de prisión para persona física es superior a 5 años)
  • Multa de 1 a 3 años o del doble al cuádruple del valor de la droga (si la pena de prisión para persona física es de 2 a 5 años)
Falsificación de moneda
  • 386
  • Multa del triple al décuplo del valor aparente de la moneda
Falsificación de tarjetas de crédito y débito y de cheques de viaje 399 Multa de 2 a 5 años
Cohecho
  • 424
  • 247
  • Multa de 2 a 5 años o del triple al quíntuple del beneficio obtenido (si la pena de prisión para persona física es superior a 5 años)
  • Multa de 1 a 3 años o del doble al cuádruple del beneficio obtenido (si la pena de prisión para persona física es superior a 2 años)
  • Multa de 6 meses a 2 años o del doble al triple del beneficio obtenido en el resto de casos
Tráfico de influencias
  • 429
  • 430
Multa de 6 meses a 2 años
Malversación Art. 432 a 434
  • Multa de 2 a 5 años o del triple al quíntuple del valor del perjuicio causado o de los bienes o efectos apropiados (si la pena de prisión para persona física es superior a 5 años)
  • Multa de 1 a 3 años o del doble al cuádruple del valor del perjuicio causado o bienes o efectos apropiados (si la pena de prisión para persona física es superior a 2 años)
  • Multa de 6 meses a 2 años o del doble al triple del valor del perjuicio causado o de los bienes o efectos apropiados, en el resto de casos
Incitación al odio y a la violencia 510 Multa de 2 a 5 años
Organizaciones y grupos criminales
  • 570 bis
  • 570 ter
Disolución de la asociación o grupo y cualquier pena del art. 33.7
Delitos de terrorismo De los art. 571 a 580
  • Multa de 2 a 5 años o del doble al cuádruple del perjuicio causado (si la pena de prisión para persona física es superior a 2 años)
  • Multa de 6 meses a 2 años o del doble al triple del perjuicio causado, en el resto de casos
Ciertos casos de contrabando 2 LO 12/1995
  • Multa proporcional del duplo al cuádruplo del valor de los bienes, mercancías, géneros o efectos objeto del contrabando, prohibición de obtener subvenciones y ayudas públicas, contratar con las AA. PP. y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la SS entre 1 a 3 años.
  • En los supuestos previstos por el art. 2.2 de LO 12/1995: Suspensión por un plazo de entre 6 meses y 2 años de las actividades de importación, exportación o comercio de las categorías de bienes, mercancías, géneros o efectos objeto del contrabando.
  • En los supuestos previstos del art. 2.3: Clausura de los locales o establecimientos en los que se realice el comercio de los mismos

¿Cómo prevenir los delitos del compliance penal?

Prevenir los delitos del compliance penal, pasa por elaborar un plan o programa de compliance penal o un plan de prevención de delitos penales; de esa forma, la empresa no solo sabrá qué nivel de probabilidad hay de que se cometan alguno de los delitos citados más arriba por parte de sus empleados, sino que aplicará medidas y controles, incluido un sistema de interno de información (o canal de denuncias), para detectar de forma temprana cualquier actividad vinculada o que pueda llevar a la comisión de este tipo de delitos y prevenirla.

Si tu empresa no cuenta con el personal o los medios para diseñar e implementar un plan de compliance, en Grupo Atico34 te podemos ayudar; nuestro equipo de abogados expertos te asistirán en todo el proceso de elaboración e implementación del plan.

No lo dudes más, no contar con un plan de compliance penal puede tener consecuencias muy graves para tu empresa, desde la imposición de multas elevadas y daño a la reputación, hasta la disolución de la empresa.

¿Necesitas un presupuesto? Escríbenos o llámanos al 914 896 419

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