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Protección de Datos para taxistas ¿Están obligados los taxistas a cumplir la LOPD?

Los taxistas y conductores de VTC están obligados a cumplir la LOPD, puesto que en el desempeño de su actividad diaria tratan datos de carácter personal de sus clientes. En las siguientes líneas explicamos en profundidad los requisitos y obligaciones de materia de protección de datos para taxistas.

¿Qué datos personales tratan los taxistas?

Los taxistas pueden manejar varios tipos de datos personales, como:

  • Nombre y apellido del cliente.
  • Dirección de recogida y destino.
  • Número de teléfono para reservas.
  • Imágenes captadas por cámaras de seguridad.
  • Datos de geolocalización asociados a trayectos.

¿Qué normativa de protección de datos deben cumplir los taxistas?

La normativa de protección de datos que deben cumplir los taxistas en el desempeño de su ocupación, encontramos:

Obligaciones en materia de protección de datos para taxistas

Para cumplir la LOPD en los taxis, tanto si se trata de una empresa como si trata de conductores autónomos, es necesario ser proactivos (principio de responsabilidad proactiva) y cumplir una serie de obligaciones y requisitos establecidos en la normativa para garantizar la transparencia, la confidencialidad y la seguridad de los datos personales de los clientes.

Los taxistas están obligados a proteger los datos personales que manejan durante la prestación de sus servicios. Estas son las principales obligaciones en protección de datos para taxistas:

1. Informar a los clientes sobre el tratamiento de sus datos

Para cumplir con el principio de transparencia del RGPD y la LOPD, es necesario facilitar a los clientes toda la información pertinente respecto al tratamiento de sus datos personales. Esta información debe ser clara y concisa y puede facilitarse mediante carteles informativos en el taxi o a través de la política de privacidad de la plataforma o de manera verbal para reservas telefónicas. Como mínimo, se informará de:

    • La identidad del responsable del tratamiento (normalmente será el propio taxista).
    • Finalidad del tratamiento.
    • Plazo de conservación de los datos.
    • Las vías para ejercer los derechos de los interesados en protección de datos (acceso, rectificación, supresión o derecho al olvido, oposición, limitación, etc.).

2. Registro de actividades de tratamiento

Aunque los autónomos y pequeñas empresas tienen algunas excepciones en el RGPD y la LOPD, cuando utilizan tecnologías como cámaras de seguridad o sistemas de geolocalización (como ocurre en el sector del taxi y los VTC), es recomendable mantener un Registro de Actividades de Tratamiento (RAT).

3. Implementar medidas de seguridad

Los taxistas y las plataformas de las que pueden ser miembros, deben adoptar medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos. Para adoptar las medidas más adecuadas y efectivas, es necesario hacer con carácter previo un análisis de riesgos de los tratamientos. Algunas de las medidas que se pueden adoptar son:

    • Seguridad física: Si los datos se almacenan en formato físico (como registros escritos), deben guardarse en un lugar seguro, como una caja cerrada.
    • Seguridad digital: Si se utilizan dispositivos electrónicos, como tablets o smartphones para la gestión de reservas, estos deben protegerse con contraseñas seguras y sistemas de cifrado.
    • Acceso limitado: Asegurarse de que solo el taxista o personal autorizado tenga acceso a los datos.
    • Respaldo y eliminación segura: Realizar copias de seguridad periódicas y eliminar los datos de manera segura cuando ya no sean necesarios.

4. Obtener el consentimiento explícito de los interesados

En algunos casos, como el uso de ciertas tecnologías, el consentimiento del cliente es necesario. Por ejemplo:

    • Sistemas de geolocalización en aplicaciones de reserva: Aunque el cliente pueda presuponer que su ubicación será utilizada, es importante obtener su consentimiento explícito.
    • Uso de datos para promociones o encuestas: Si se planea utilizar los datos de contacto para otros fines, debe solicitarse autorización expresa.

5. Firma de contratos de encargo de tratamiento

Si el taxista o la empresa cede datos personales a terceros (pueden ser otros taxistas, una gestoría o la empresa de seguridad que gestiona las cámaras de videovigilancia), se debe suscribir con ellos un contrato de encargo de tratamiento en el que se establezcan las obligaciones y responsabilidades de cada parte respecto al tratamiento de los datos.

6. Notificar brechas de seguridad

En caso de una vulneración de datos personales (por ejemplo, el robo de un dispositivo que contenga información de clientes), el taxista tiene la obligación de notificar la brecha de seguridad a la AEPD en un plazo no superior a 72 horas. También deberá informar a los interesados cuyos datos se hayan visto afectados.

7. Establecer un plazo de conservación de los datos

Los datos personales deben conservarse solo mientras sean necesarios para cumplir con la finalidad para la que fueron recogidos. Algunos ejemplos:

    • Las grabaciones de videovigilancia solo se conservarán un máximo de 30 días, salvo que sean necesarias para una investigación en curso.
    • Los datos de contacto de los clientes para una reserva específica deben eliminarse una vez prestado el servicio, a menos que exista una obligación legal para su conservación.

8. Garantizar los derechos de los interesados

Los taxistas deben estar preparados para responder a las solicitudes de los clientes en relación con sus derechos ARSULIPO. Las solicitudes se deben responder en tiempo y forma. Y siempre se debe tener habilitada una vía para que los clientes puedan enviar estas solicitudes con facilidad.

¿Eres taxistas o conductor autónomo? Infórmate ahora de cómo debes cumplir la normativa para proteger los datos de tus clientes y evitar sanciones.

tarifas proteccion datos 

Instalación de cámaras en taxis y Vtc 

A lo largo de la última década y a raíz del avance de la tecnología que ha facilitado enormemente la accesibilidad a estos equipamientos, sumado a la propia naturaleza del servicio del taxi que le hace vulnerable a los asaltos y robos, se ha producido un aumento radical en el número de profesionales que se valen de los sistemas de videovigilancia para aumentar la seguridad en sus vehículos. Estos sistemas permitirán al profesional, por un lado, disuadir cualquier probable asalto o robo en el interior del vehículo o, en su defecto, contar con las medidas probatorias necesarias.

Por tanto, resulta pertinente que nos detengamos y analicemos en profundidad el impacto que la implantación de estos sistemas provoca sobre los clientes, afectando esferas propias de sus derechos como consumidores y muy especialmente en el ámbito de la protección de datos y cómo podemos asegurarnos de no incurrir en ninguna irregularidad.

La AEPD en su guía de Videovigilancia hace referencia expresa al sector del taxi, donde remarca el necesario cumplimiento de la Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de la AEPD, lo que implica cumplir con obligaciones específicas en materia de protección de datos (algunas de las cuales hemos adelantado en el punto anterior). En este artículo hacemos una revisión práctica sobre la videovigilancia en los taxis.

En concreto, si se instalan cámaras de seguridad en el taxi o el VTC, se debe:

  • Informar a los pasajeros de la presencia y finalidad de las cámaras, para ello se debe colocar un cartel informativo tanto en el exterior como en el interior del vehículo. Este cartel cumplirá la función de primera capa informativa y, como mínimo, contendrá la siguiente información:
    • Identificación del responsable del tratamiento.
    • Finalidad del tratamiento.
    • Derechos ARSULIPO y vía para ejercerlos.
    • Dirección o medio dónde encontrar información sobre protección de datos detallada.
  • Eliminar las grabaciones pasado un plazo de 30 días (salvo que sea necesaria su conservación por motivos legales).
  • Llevar a cabo el análisis de riesgos de este tipo de tratamiento.
  • Adoptar medidas para evitar el acceso de personas no autorizadas a las grabaciones.
  • Si las cámaras de seguridad las gestiona una empresa de seguridad, firmar con ella el correspondiente contrato de encargo de tratamiento.

Geolocalización en el sector del taxi

Es ya habitual utilizar aplicaciones para geolocalizar los taxis para mejorar la transparencia del servicio, mejorar el tiempo y la eficiencia de las rutas.

Desde la esfera de la protección de datos, la geolocalización merece atención y control, ya que tiene un carácter fuertemente invasivo en la esfera personal de los afectados y supone un riesgo alto para los derechos en esta materia.

De forma similar al caso ya explicado sobre videovigilancia, se deben analizar el alcance y los posibles riesgos que se pueden derivar de este tratamiento (lugar de almacenamiento, controles, entidades y personas con acceso, a los datos, etc.) y, principalmente, firmar los contratos necesarios que regulen dicha relación con el gestor de la aplicación informática, de cara a la seguridad de los clientes así como la de los propios profesionales.

Centralitas o call centers

Tampoco se escapa del foco de la protección de datos la realización del profesional del taxi con la centralita o el call center con el que tenga relación, dado que entre estos dos sujetos se producirá una cesión constante de datos personales, relación que ha de ser formalizada en los términos previstos en el RGPD y la LOPD, celebrando un contrato de encargado de tratamiento y dejar constancia de esta relación en el ya comentado RAT.

Consejos prácticos para cumplir la LOPD

  1. Utiliza contratos de encargo de tratamiento: Si trabajas con terceros, como una central de reservas o una empresa de videovigilancia, formaliza la relación mediante un contrato que regule el tratamiento de datos.
  2. Mantén la documentación actualizada: Guarda registros de tus actividades de tratamiento y las medidas de seguridad implementadas.
  3. Forma e informa: Asegúrate de conocer bien la normativa y, si compartes el taxi con otros conductores, infórmales sobre sus responsabilidades.
  4. Consulta a un experto: Ante dudas, busca asesoramiento legal o profesional especializado en protección de datos.

Preguntas frecuentes

¿Quién es el responsable del tratamiento en el taxi?

El responsable del tratamiento en el sector del taxi es el titular de la licencia, sea un autónomo o una empresa.

¿Es obligatorio para un taxista informar sobre el uso de videovigilancia a los pasajeros?

Sí, es obligatorio. Los pasajeros deben ser informados claramente de que están siendo grabados, generalmente, y cómo ya dijimos, mediante un aviso visible en el interior del vehículo. Además, el taxista debe especificar quién es el responsable del tratamiento y con qué propósito se utilizan las grabaciones.

¿Qué sanciones puede enfrentar un taxista por incumplir con la normativa de protección de datos?

Las multas por no cumplir la normativa de protección de datos pueden alcanzar hasta los 20 millones de euros en los casos más graves. Aunque, es poco probable que un taxista autónomo se enfrente a una multa de esta cuantía, sí que puede ser multado con cantidades que oscilan entre los 1.000 y los 40.000 euros, dependiendo del tipo de infracción y su gravedad.

Hay que tener en cuenta que uno de los motivos de sanción más habituales en España por protección de datos es el uso indebido de las cámaras de seguridad, un elemento que cada vez está más presente en los taxis.

¿Cómo afecta el uso de aplicaciones de geolocalización a la privacidad de los clientes?

Las aplicaciones de geolocalización recogen datos precisos sobre la ubicación del cliente. Para garantizar la privacidad:

  • Los datos deben ser utilizados exclusivamente para la prestación del servicio.
  • Es fundamental informar al cliente sobre el uso de esta tecnología.
  • Los datos no deben ser compartidos con terceros sin consentimiento previo.

En definitiva, es importante que los profesionales del taxi y de las VTC sean conscientes del papel que juegan como responsables de los datos de sus clientes y adopten las medidas de seguridad y legales necesarias para no incurrir en ningún tipo de irregularidad y fundamentalmente evitar ser objeto de las sanciones previstas en la nueva normativa.

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