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Cobrar por rechazar las cookies ¿es legal?

Es posible, especialmente si sois lectores habituales de medios de comunicación digitales, que os hayáis encontrado con avisos de cookies en los que se solicita un pago (a modo de suscripción) para poder rechazar las cookies de análisis, publicitarias y de terceros y seguramente os estéis preguntando si es legal cobrar por rechazar cookies. En este artículo respondemos a esta cuestión.

¿Es legal cobrar por rechazar cookies?

Sí, es legal cobrar por rechazar cookies, es uno de los cambios introducidos en la ley de cookies por la última actualización de la Guía de uso de cookies de la AEPD (publicada en 2023 para introducir las recomendaciones del CEPD sobre el uso de cookies).

Respecto a cobrar por las cookies que queremos rechazar, la propia guía dice:

«Podrán existir determinados supuestos en los que la no aceptación de la utilización de cookies impida el acceso al sitio web o la utilización total o parcial del servicio, siempre que se informe adecuadamente al respecto al usuario y se ofrezca una alternativa, no necesariamente gratuita, de acceso al servicio sin necesidad de aceptar el uso de cookies».

En principio, los avisos de cookies que incluyen ahora la opción de pagar para rechazar las cookies, cumplen con estos requisitos; en ellos se informa al usuario de la finalidad de las cookies y de que son una forma más de financiar económicamente el medio (es decir, las cookies cumplen la misma función que los espacios publicitarios en los periódicos en papel o los bloques de publicidad en la televisión en abierto, pero de una manera mucho más «afinada» gracias a los perfiles de usuario), así mismo, tanto si se aceptan las cookies como si se paga para rechazarla, se estará teniendo acceso al mismo tipo de servicio (si pagas una suscripción a un medio o página web informativa, podrás leer exactamente los mismos artículos, por ejemplo).

Sin embargo, la aparición de los denominados «cookie paywall» levantó bastante revuelo en las redes sociales, en las que se discutió sobre el tema y si habilitar la opción de rechazar y suscribirse es legal en la práctica y lo seguirá siendo a medio y largo plazo, puesto que ya se han elevado consultas sobre este asunto al Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD).

Así mismo, también cabe preguntarse si al pedirnos un pago para rechazar las cookies o aceptarlas para poder acceder al contenido, ese consentimiento para las cookies no se está dando de forma libre realmente, ya que vendría condicionado, precisamente, por el acceso al contenido: si quieres acceder al contenido, o das tus datos o pagas para no darlos (de manera simplificada). Sin embargo, los responsables del tratamiento de estas páginas podrían alegar interés legítimo, volviendo sobre la idea de que la publicidad es una de las formas de financiación económica.

La clave para poder argumentar la legalidad del rechazar y suscribirse o rechazar y pagar para las cookies puede estar en la proporcionalidad del precio, es decir, que el pago no resulte desproporcionado respecto a los beneficios que pueden obtener los medios por los datos recabados.

En cualquier caso, actualmente y de acuerdo a la AEPD, cobrar por rechazar las cookies es legal.

¿Cómo rechazar cookies sin pagar?

Respecto a cómo rechazar cookies sin pagar, la única forma de hacerlo es que la web o sitio online permita rechazar las cookies sin solicitar un pago para ello. Podéis comprobar si existe esta opción accediendo a la configuración de las cookies (tendréis un botón en el propio aviso de cookies) y rechazarlas todas; si la web te permite seguir navegando sin aceptar las cookies, ya está, si no, te devolverá al aviso de pagar para rechazar las cookies.

Más adelante os daremos otras alternativas a las que podéis recurrir para rechazar cookies sin pagar, aunque no todas funcionan completamente a la hora de evitar las cookies y los cookie walls.

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Varias páginas web ya cobran por eliminar las cookies

Tras la finalización el 11 de enero de 2024 del plazo para que las páginas web y sitios online se adaptaran a las nuevas directrices de la última guía de cookies de la AEPD y a los cambios en la ley de cookies introducidos por esta, han sido varias las páginas, especialmente las que han habilitado el cookiewall o cookies paywall para acceder a su contenido.

La mayoría de páginas en las que se cobra por rechazar cookies (de análisis, publicitarias, propias y de terceros) son de sitios online de medios de comunicación, como, por ejemplo, los diarios digitales de 20minutos, El País, El Mundo, El Confidencial, o El Periódico, por citar algunos, o páginas web informativas como Xataka.

cobrar por rechazar cookies

En el aviso de cookies de estas webs se nos informa del uso de cookies y que a través de la publicidad personalizada que estas facilitan, el medio obtiene parte de sus ingresos económicos, de manera que si queremos rechazar las cookies no necesarias o técnicas, se nos da la opción de pagar por ello (los precios aquí varían y algunos medios ofrecen «suscripciones» mensuales o anuales para olvidarnos de las cookies).

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Recordemos que las cookies permiten conocer información sobre los usuarios (su comportamiento y acciones en la web, lugar del que proviene o al que se dirige, tiempo que pasa en cada sección o artículo, enlaces que pulsa, cuándo se conecta a la web, etc.), que puede usarse para crear perfiles de usuario con los que ofrecer espacios de publicidad personalizada, que tiene un mayor interés para los anunciantes.

Con el cookiewall, lo que ahora hacen los medios de comunicación que han optado por implementarlo en sus páginas web, es o pedirnos un pago a cambio de rechazar las cookies (seguiremos viendo publicidad en ellos, aunque no personalizada) o pedir nuestros datos a través de aceptar las cookies (los anuncios que veremos estarán basados en nuestros intereses).

Cabe señalar que hay medios que todavía permiten rechazar las cookies sin pagar entrando en la configuración de las mismas, pudiendo acceder o bien a todo el contenido que tienen en abierto, o bien restringiendo el acceso a determinados contenidos.

Alternativas para evitar el pago para quitar las cookies

Cómo decíamos, existen algunas alternativas para evitar el pago para quitar las cookies.

Por un lado, se pueden utilizar extensiones de navegador que bloqueen las cookies por defecto (como los adblocker), si bien no es garantía que todas funcionen y es posible que el aviso siga apareciendo o que se trate de una extensión para aceptar las cookies por defecto, evitando que aparezca el aviso de cookies.

Por otro lado, se puede usar un navegador centrado en la privacidad en la privacidad, como Brave o DuckDuckGo, que bloquean rastreadores por defecto y que pueden configurarse para bloquear ser más restrictivos y bloquear scripts.

Así mismo, también es posible evitar el cookiewall desactivando JavaScript, de manera que se evite el uso de cookies, sin embargo, esta opción podría afectar a la experiencia de navegación.