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Derechos

Derecho al testamento digital ¿Qué es? ¿Cómo hacerlo?

Es innegable el impacto transformador que las nuevas tecnologías están teniendo en nuestro entorno no solo profesional, sino afectando a nuestra esfera más personal, que no únicamente nos engloba a nosotros como titulares de la información, sino que trasciende esta esfera íntima repercutiendo en las personas de nuestro entorno incluso más allá de nuestro propio fallecimiento. Por eso mismo entra en juego el derecho al testamento digital.

¿Qué es el Derecho al testamento digital?

Tradicionalmente, la herencia de una persona ha comprendido todos sus bienes y derechos que no son extinguibles con su propio fallecimiento, no ciñéndose únicamente a los bienes exclusivamente materiales. Hoy en día nadie discute que en su ámbito estén incluidos vínculos personales del causante (relaciones jurídico-privadas tales como derechos de propiedad intelectual, licencias, intimidad y propia imagen del difunto, etc.). Pero, en un mundo cada vez más digitalizado, nuestra presencia en la Red también es mayor, con cuentas de correo, perfiles en redes sociales, publicaciones en blogs, etc.

Es sobre esta concepción sobre la que el legislador ha dado forma al denominado testamento digital, que sin diferir de los principios básicos del testamento tradicional, se trata de un documento donde se preverá qué va a suceder con toda la información de carácter digital del testador, tales como servicios de correo, de almacenamiento de datos o páginas web, redes sociales o de sistemas de crédito y pago donde se tenga cuenta abierta en Internet.

La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD) recoge el testamento digital en su artículo 96, regulando este derecho a través de los efectos que se derivan de la situación del fallecido en relación con la información que aparece del mismo y quién tiene un derecho sobre su utilización, destino o supresión.

En definitiva, el derecho al testamento digital se refiere al derecho de acceso a los contenidos que el fallecido hubiera publicado en redes sociales o en plataformas de la sociedad de la información, así como de mantener o eliminar el perfil del fallecido de dichos servicios.

¿Quiénes pueden acceder al testamento digital de un fallecido?

La LOPDGDD establece una relación de las personas habilitadas para acceder al testamento digital de un fallecido:

  • Tanto los familiares, como los herederos de la persona fallecida, tienen derecho a solicitar el acceso al contenido del fallecido en Internet. Así como a proponer modificaciones y cambios, o incluso, solicitar la supresión de la información de que se trate. Esto aplica, salvo que el fallecido hubiera prohibido dicha opción o bien lo impida una ley.
  • También podrá hacer uso del testamento, el albacea testamentario, o de otra parte, las personas u organismos seleccionados o designados de forma explícita para ello, por el propio fallecido.
  • Si el fallecido es menor de edad, podrán disponer de facultades sus tutores o representantes legales, o el propio Ministerio Fiscal (actuando a instancia de un tercero/parte o bien, de oficio).
  • Asimismo, si el fallecido es una persona discapacitada, las facultades podrá ejercerlas también, la persona o personas designadas para el desarrollo de funciones de apoyo al discapacitado, junto con los casos anteriores.

Tipos de testamento digital

Existen dos tipos de testamento digital, en función de lo exhaustivo y detallado que sea el contenido del mismo.

Testamento digital de emergencia

Como su propio nombre indica, se trata de un testamento que va a cubrir las necesidades con carácter más perentorio y urgente a tratar tras el deceso del testador. Usualmente, comprenderá todas las claves y contraseñas para manipular la información digital más crítica:

  • Cuenta de correo electrónico personal donde almacenemos información íntima.
  • Cuentas de almacenamiento remoto o en nube con fotografías, documentos, contactos, etc.
  • Cuentas bancarias, de valores, inversión… con carácter online.

Testamento digital detallado

A diferencia del anterior, el testamento digital detallado albergará de una forma más exhaustiva y concreta toda la información digital del testador, no solo la de carácter público o semipúblico, sino toda aquella que él mismo considere que resultará de utilidad o que simplemente quiere que sus herederos puedan acceder tras su deceso.

Esto comprenderá información en redes sociales, buscador de Internet, bancos ocultos, cuentas con criptomonedas tipo Bitcoin, suscripciones, etc.

testamento digital

¿Cómo se hace un testamento digital?

Hacer un testamento digital no es complicado, ya que solo habrá que recopilar en un documento toda la herencia digital de la persona, es decir, todas sus posesiones digitales (cuentas de correos, cuentas de banca online, servicios de suscripción, perfiles en redes sociales, páginas web de las que se pueda ser titular, etc.), junto a las claves de acceso de las mismas.

Después habrá que dejar por escrito de forma clara e inequívoca la voluntad de la persona sobre dicha herencia digital y finalmente legalizar el testamento digital a través de un notario.

La legación del testamento digital se hace igual que la de un testamento convencional. Este trámite lo realizaremos a través de una notaría previa asignación de un fiduciario, persona encargada de entregar este testamento a la persona de confianza designada que velará por el cumplimiento de las instrucciones asignadas.

Hay algunas plataformas en Internet que ya cuentan con mecanismos para poder realizar algunas acciones relacionadas con el testamento digital, como son los casos de Facebook y Google, que vamos a ver a continuación.

Testamento digital en Facebook

Obviamente, ante la magnitud del tratamiento de datos que alberga la red social Facebook, la propia empresa ha previsto mecanismos internos para poder gestionar los datos ante esta situación.

Para ello, la red social ha creado la figura del contacto de legado, amigo o persona de confianza que habremos de designar para que se le emplace a gestionar la cuenta tras el fallecimiento del usuario titular. Este contacto de legado dispone de varias opciones de carácter limitado, tales como cambiar la foto de perfil o redactar un obituario, sin embargo, no podrá acceder a los mensajes privados, eliminar fotos o modificar contenido.

Así mismo, tenemos la opción de borrado automático en caso de fallecimiento, selección a la que accederemos a través de la configuración de la cuenta y que supondrá su completa supresión.

Testamento digital en Google

El gigante Google ha implementado el testamento digital a través de la página de configuración de su cuenta en el apartado «Más opciones» de «Datos y privacidad» encontraremos la opción de «Crea un plan para tu legado digital». Los datos ahí localizados serán eliminados tras un plazo de inactividad en la cuenta previamente elegido por el cliente (3, 6, 9 o 12 días).

Así mismo, se puede escoger a un contacto de confianza para que reciba toda la información. Dada la trascendencia de estas acciones, se cuenta con un sistema de verificación a través de SMS y correo electrónico.

En definitiva, gracias al testamento digital, las personas podrán decidir con antelación qué ocurrirá con sus posesiones digitales y cómo habrá de procederse respecto a sus cuentas y datos en Internet.