Aunque todavía queda camino que recorrer en lo que a regulación de las criptomonedas se refiere, con la reciente transposición de la denominada Quinta Directiva Europea sobre Prevención de Blanqueo, se comienzan a regular algunos de los aspectos relacionados con las criptomonedas en España.
En este artículo vamos a ver hasta qué punto podemos hablar de una incipiente ley de criptomonedas en España.
En este artículo hablamos de:
¿Existe una ley de criptomonedas en España?
No existe una ley de criptomonedas como tal en España, puesto que las criptomonedas en 2021 y 2022 aún escapan al control y la regulación de cualquier país. Si bien, esto no significa que no exista la intención de crear una legislación específica que sirva para regular el mercado de criptomonedas y criptoactivos.
Sin embargo, este vacío legal no impide que se puedan comprar criptomonedas en España y operar con ellas en el entorno digital en el que fueron creadas y, de hecho, se pueden comprar y vender tanto a cambio de otras criptomonedas como cambiarlas por dinero real.
¿Y en la Unión Europea?
En la Unión Europea todavía no hay una legislación sobre criptomonedas, pero sí se está trabajando en un reglamento para regular el mercado de criptoactivos, se trata de la propuesta MiCA (markets in crypto-assets), que aún está en fase de borrador, aunque se espera que llegue a su forma final como Reglamento para finales de 2021 o ya en 2022.
Con este futuro Reglamento se creará un marco regulatorio común para toda la UE, con el que se busca dar seguridad jurídica a todos los participantes del mercado de criptomonedas, además de promover su desarrollo y dar estabilidad financiera con la introducción de criptomonedas estables mundiales (que son aquellas que sí cuentan con un valor basado en una divisa en concreto).
¿Dónde se regulan las criptomonedas en España?
Si no hay una ley sobre criptomonedas en España, entonces, ¿dónde se regulan? Lo hacen a través de la nueva legislación sobre prevención del blanqueo de capitales, que se aprobó el 28 de abril de 2020 y con la que se transpone a la legislación española la Quinta Directiva Europea sobre Prevención de Blanqueo.
En concreto nos estamos refiriendo al Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril, que entre los varios aspectos que regula, se encuentran también varias obligaciones para quienes presten servicios relacionados con las criptomonedas (proveedores, servicios de cambio o servicio de monedero electrónico).
¿Cómo se regulan las criptomonedas en España?
En lo que a criptomonedas se refiere, esta nueva regulación se centra sobre todo en aquellas entidades que ofrezcan servicios relacionados con el cambio o custodia de criptomonedas, en lo que podemos considerar un primer paso hacia la regulación de los criptoactivos, que veremos materializarse una vez se apruebe la propuesta MiCA.
Definición de criptomoneda según la nueva ley
El Real Decreto-ley 7/2021 nos ofrece la que es la primera definición de criptomoneda en España:
«Se entenderá por moneda virtual aquella representación digital de valor no emitida ni garantizada por un banco central o autoridad pública, no necesariamente asociada a una moneda legalmente establecida y que no posee estatuto jurídico de moneda o dinero, pero que es aceptada como medio de cambio y puede ser transferida, almacenada o negociada electrónicamente».
Esta definición podemos aplicar a cualquier tipo de criptomoneda existente (como Bitcoin, Ethereum o Binance Coin), así como las nuevas criptomonedas que puedan crearse en un futuro, incluidas aquellas respaldadas por los propios Estados (en las que algunos países ya estarían estudiando su creación).
¿A quién afecta?
Esta nueva regulación para la prevención del blanqueo de capitales afecta a las siguientes entidades relacionadas con las operaciones con criptomonedas:
- Empresas dedicadas al servicio de cambio entre moneda virtual y moneda fiduciaria (monedas de curso legal como el euro, los dólares o los yenes).
- Empresas dedicadas al servicio de cambio de entre diferentes monedas virtuales existentes.
- Empresas dedicadas a ofrecer un servicio de custodia de wallet de criptomonedas en España (es decir, de monederos electrónicos). Serían aquellas personas físicas o jurídicas cuyo servicio es la custodia de claves criptográficas privadas en nombre de sus clientes para la tenencia, el almacenamiento y la transferencia de monedas virtuales.
Obligaciones
Las empresas citadas en el punto anterior (los operadores de servicios de criptomonedas) están obligadas por la nueva legislación a establecer e implantar medidas de prevención de blanqueo de capitales, quedando sujetas las normas establecidas en la Ley 10/2010 de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la financiación del terrorismo.
Esto implica que estas empresas deberán contar con mecanismos y procedimientos documentados que permitan identificar a sus clientes, de manera que tendrán que exigirles a estos documentación identificativa como DNI, pasaporte, escrituras, etc., en función de si son personas físicas o jurídicas. Además, en el caso de las personas jurídicas, será necesario que el operador identifique a los titulares reales de dichas entidades.
Así mismo, tendrán que solicitar la justificación del origen de los fondos con los que van a operar, ya sea para adquirir o intercambiar criptomonedas.
Se trata, por tanto, de tener un mayor control sobre el origen del dinero que se emplea para operar con criptomonedas y evitar que se usen para lavar dinero proveniente de actividades ilícitas.
Registro de operadores de criptomonedas en España
También se creará un Registro de operadores de criptomonedas en el Banco de España, en el que deberán inscribirse todas aquellas empresas o personas físicas que ofrezcan servicios con criptomonedas dentro de España, así como aquellas operen desde España.
Para inscribirse en este Registro, será necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Demostrar que el operador cuenta con los órganos de control y medidas de prevención del blanqueo de capitales exigidos por la ley.
- Acreditar el cumplimiento de los requisitos de honorabilidad comercial y profesional de la Ley de Ordenación de las Entidades de Crédito. En concreto, se refiere a que las personas físicas y los directivos de las personas jurídicas deberán acreditar:
- No tener antecedentes negativos en su relación con las autoridades reguladoras o supervisoras, ni despidos ni ceses por irregularidades en cargos pasados.
- No tener sanciones penales o administrativas en materia de delitos patrimoniales, blanqueo de capitales, así como otras actividades socioeconómicas.
- No ser objeto de investigaciones relevantes y fundadas respecto a los dos puntos anteriores.
¿Por qué es necesario regular las criptomonedas?
Regular las criptomonedas es necesario porque actualmente existe un gran vacío legal sobre las mismas y, por tanto, escapan al control de las autoridades, lo que las convierte, en algunos casos, como un vehículo idóneo para el lavado de dinero (no es casualidad que los rescates de ransomware se pidan precisamente en alguna de las criptomonedas existentes).
Además, también daría mayor seguridad jurídica a aquellas personas que compran, venden e intercambian criptomonedas, especialmente de cara a posibles estafas; si el operador está inscrito en el Registro, habrá más garantías sobre los servicios que provee, puesto que deberá cumplir con los requisitos que hemos citado más arriba.
Esta primera regulación incluida en el Real Decreto-ley 7/2021 es solo un primer paso hacia un mayor control sobre el mercado de las criptomonedas, que alcanzará su forma definitiva cuando se apruebe el Reglamento europeo sobre las mismas.
Sin embargo, lo que esta nueva regulación no entra a tratar es el minado de criptomonedas en España, quedando fuera, por el momento, esta actividad para obtener criptomonedas.