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Qué es un contrato oneroso y Tipos

Es un principio de derecho consuetudinario establecido que si una parte propone un término de contrato que es particularmente oneroso o inusual, el término no se incorporará en el contrato a menos que se haya informado de manera justa y razonable a la contraparte. Vamos a analizar aquí qué es un contrato oneroso, sus tipos y las diferencias entre contrato oneroso y contrato gratuito.

Definición de contrato oneroso

Un contrato oneroso es un contrato en el que el coste agregado requerido para cumplir con el acuerdo es mayor que el beneficio económico que se obtendrá del mismo. Dicho contrato puede representar una carga financiera importante para una organización.

Cuando se identifica un contrato a título oneroso, una organización debe reconocer la obligación neta asociada con él como un pasivo acumulado y un gasto de compensación en los estados financieros. Esto debe hacerse tan pronto como se anticipe la pérdida.

Puede surgir un contrato oneroso en relación con la venta de productos básicos, cuando el precio de mercado desciende por debajo del coste requerido para obtener, extraer o producir un producto básico.

Otro ejemplo de contrato oneroso es cuando un arrendatario todavía está obligado a realizar pagos según los términos de un arrendamiento operativo, pero ya no está utilizando el activo. El importe de los pagos por arrendamiento restantes, menos cualquier ingreso por subarrendamiento compensatorio, se considera el importe de la obligación a reconocer como pérdida.

Las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) definen un contrato oneroso como “un contrato en el que los costes inevitables de cumplir con las obligaciones estipuladas en el contrato exceden los beneficios económicos que se espera recibir en virtud del mismo”.

Sin embargo, el significado de contrato oneroso es el que lo considera como el contrato en el que se estipulan provechos y gravámenes recíprocos.

Tipos de contrato oneroso

Existen muchos tipos de contrato oneroso por lo que vamos a ver los principales:

De compraventa

Un contrato de compraventa es un acuerdo entre un vendedor y un comprador. El vendedor acuerda entregar o vender algo a un comprador por un precio fijo que el comprador ha acordado pagar. Con estos contratos, la transferencia de propiedad ocurre cuando el comprador paga y el vendedor entrega.

Sus características son:

  • Consensual porque su perfección se produce por el solo acuerdo o conformidad entre los contratantes.
  • Bilateral, un contrato que da lugar a una reciprocidad de obligaciones para ambas partes. El vendedor está obligado a entregar y transferir la propiedad de la cosa vendida mientras el comprador está obligado a pagar un precio determinado en dinero o su equivalente
  • Oneroso porque conlleva una equivalencia de prestaciones entre comprador y vendedor.
  • Traslativo del dominio porque sirve de título para transmitir el dominio siendo necesario para que se produzca esa transmisión de la propiedad que junto a ese título se produzca el modo o entrega de la cosa.

De trabajo

Un contrato de trabajo es un acuerdo firmado entre un empleado individual y un empleador o sindicato. Establece tanto los derechos como las responsabilidades de las dos partes: el trabajador y la empresa.

El contrato de trabajo tiene las siguientes características:

  • Bilateral, ya que establece obligaciones para ambas partes, trabajador y empresario.
  • Típico, porque existe una regulación específica sobre él.
  • Contrato conmutativo u Oneroso, se exigen prestaciones tanto para trabajador como para empresario.
  • Además, es un contrato principal y causal.

De alquiler

El contrato de alquiler es un acuerdo, normalmente por escrito, entre el dueño de una propiedad y un inquilino que desea tener la posesión provisional de los bienes. Como mínimo, el acuerdo identifica a las partes, la propiedad, el plazo del alquiler y el importe del alquiler por el plazo.

El contrato de alquiler es:

  • Consensual, está basado en el consentimiento de las partes y no se exigen más formalidades.
  • Contrato bilateral, se produce la intervención de dos partes, la que transmite la posesión y la que la recibe. Esto no impide que en el contrato de arrendamiento participen más de dos personas. Por ejemplo, la vivienda puede ser propiedad de un matrimonio, caso en el que ambos cónyuges intervendrían en calidad de arrendadores.
  • Temporal, el uso y disfrute se transmite durante un período de tiempo determinado.
  • Oneroso, quien ocupa el inmueble o disfruta de la cosa paga una renta por ello.

De agencia

Un acuerdo de agencia se forma cuando una persona, llamada agente, es autorizada por otra persona, llamada principal, para actuar en nombre del principal. Un director que asigna agencia a un agente está creando una relación legal con el agente. Es importante que las empresas comprendan los acuerdos de agencia porque puede encontrarlos siempre que le pidan a un proveedor, contador, abogado u otro tercero que realice negocios en su nombre.

Sus características son:

  • Vinculación legal: El quid del contrato de agencia es que el principal está legalmente obligado por los actos realizados por el agente.
  • La contraprestación no es obligatoria: No existe un requisito legal de contraprestación para respaldar la relación entre el mandante y el agente.
  • Capacidad del Principal: Quien es legalmente competente para contratar es elegible para emplear a un agente, es decir, debe haber alcanzado la edad de 18 años y estar en su sano juicio.
    Se trata de un contrato oneroso y de resultado.
  • Contrato lucrativo y oneroso: Los servicios realizados por el Agente son remunerados. Para ello, tiene diferentes formas de recibir sus honorarios:
    • mediante una cantidad fija,
    • a través de una comisión, que dependerá de los actos promovidos y/o concluidos, o
    • mediante una combinación de las dos formas anteriores.

De mandato

Un contrato de mandato es aquel en el que un individuo otorga a otra persona el poder de llevar a cabo acciones designadas en nombre del individuo en tratos legales. La persona que autoriza a otro a actuar en su nombre se conoce como mandante, mientras que la persona que recibe la autorización para actuar en nombre del otro se conoce como mandatario.

Sus características fundamentales son las siguientes:

  • Es un contrato consensual.
  • Se basa en el principio de libertad de forma. El mandato puede ser expreso o tácito, y la aceptación también puede ser expresa o tácita, deducida esta última de los actos del mandatario.
  • Es un contrato gratuito. En caso de pacto, el mandato puede ser retribuido y adquirir el carácter de oneroso.
  • Es un contrato basado en la confianza que el mandante otorga al mandatario, es un contrato intuitu personae.

De franquicia

Un contrato de franquicia es una licencia que establece los derechos y obligaciones del franquiciador y del franquiciado. Este acuerdo está diseñado para proteger la propiedad intelectual del franquiciador y garantizar la coherencia en la forma en que cada uno de sus licenciatarios opera bajo su marca.

Sus características son:

  • Términos invariables: Es común que los términos y condiciones del contrato de franquicia no sean negociables e invariables porque el franquiciador tiene un mayor poder de negociación en la relación entre franquiciador y franquiciado.
  • Es bilateral ya que su perfeccionamiento se efectúa entre dos partes perfectamente definidas, de cuya formalización se derivan derechos y obligaciones recíprocas para ambas.
  • Es oneroso, porque se da la característica de las relaciones obligatorias: la interdependencia o nexo causal entre dos deberes de prestación, de manera que cada uno de ellos, en relación con el otro, funciona como contravalor o como contraprestación.

De transporte

Un contrato de transporte define las responsabilidades legales del transportista y del usuario. El transportista puede ser un transportista de carga terrestre, de carga aérea, transportista marítimo, etc. y el usuario es el consignador o el destinatario.

Sus características son las siguientes:

  • Es un contrato oneroso.
  • Es un contrato consensual. Se perfecciona por el consentimiento de las partes.
  • No es un contrato formal, aún cuando suele extenderse un documento acreditativo, la carta de porte. Para los contratos públicos por ferrocarril y carretera se exige la forma escrita. Se admite el contrato celebrado por vía electrónica.
  • Generalmente es un contrato de adhesión. Aunque existen unos límites, ya que, las condiciones generales solo prevalecen sobre lo previsto en la Ley si son más beneficiosas para el adherente.
  • Puede tener por objeto un viaje único o ser un contrato de duración (contrato de transporte continuado).

La protección de datos en los contratos onerosos

El RGPD requiere que las organizaciones que contraten con otra, cuando este acuerdo incluya el procesamiento de datos personales, se aseguren de que ciertas cláusulas estén incluidas dentro de un contrato entre ambas partes.

En enero de 2020, la Agencia Danesa de Protección de Datos publicó cláusulas estándar que deben incluirse en los contratos y esto fue adoptado por la Junta Europea de Protección de Datos. Parece que ahora es un buen momento para reflexionar sobre los requisitos y comprobar que tienes todo en su lugar.

El contrato debe incluir los siguientes detalles sobre el procesamiento :

  • el tema y la duración del procesamiento;
  • la naturaleza y el propósito del procesamiento;
  • el tipo de datos personales y categorías de sujeto de datos; y
  • las obligaciones y derechos del responsable del tratamiento.

Por lo tanto, el responsable del tratamiento debe tener muy claro desde el principio el alcance del tratamiento que está subcontratando.

Las cláusulas que deben incluirse en el contrato son:

  • Procesamiento solo según las instrucciones documentadas del responsable. Esto significa que debe haber una cláusula que evite que el encargado del tratamiento actúe fuera de las instrucciones del responsable, una forma común de lograr esto es establecer un acuerdo de nivel de servicio detallado con la disposición para que el procesador solicite permiso para desviarse, esto, sin embargo, debe hacerse en escritura.
  • Deber de confianza: el encargado del tratamiento debe prometer confidencialidad dentro del acuerdo y debe asegurarse de que los empleados, contratistas, trabajadores de agencias que ’emplea’ también acepten esta cláusula de confidencialidad.
  • Medidas de seguridad apropiadas: el contrato debe obligar al encargado a aceptar la implementación de medidas de seguridad. No es necesario que los explique, sin embargo, puede resultar útil incluir algunos estándares mínimos.
  • Uso de subencargados: el encargado debe solicitar el permiso del responsable antes de dar instrucciones a cualquier subencargado. El responsable del tratamiento se reserva el derecho de veto, incluso después de haber aceptado inicialmente. Si el procesador emplea a un subprocesador, debe celebrar un contrato que imponga las mismas obligaciones de protección de datos a ese subprocesador. Esto debe incluir que el subprocesador proporcionará garantías suficientes para implementar las medidas técnicas y organizativas apropiadas de tal manera que el procesamiento cumpla con los requisitos del RGPD.
  • Derechos de los interesados. Aquí es donde establecería el requisito de tener procesos para cumplir con las obligaciones del RGPD con respecto a los derechos de los interesados. Por ejemplo, el derecho a oponerse, ser olvidado o el derecho a acceder.
  • Ayudar al responsable del tratamiento. El contrato debe decir que, teniendo en cuenta la naturaleza del tratamiento y la información disponible, el encargado del tratamiento debe ayudar al responsable del tratamiento a cumplir sus obligaciones de:
    • mantener seguros los datos personales;
    • notificar las violaciones de datos personales a la autoridad supervisora;
    • notificar violaciones de datos personales a los interesados;
    • realizar evaluaciones de impacto de protección de datos (DPIA) cuando sea necesario; y
    • consultar a la autoridad supervisora ​​cuando una DPIA indique que existe un alto riesgo que no se puede mitigar.
  • Disposiciones de finalización del contrato que permiten al controlador exigir la eliminación o la devolución de los datos retenidos
  • Auditorías e inspecciones, el procesador debe ayudar al controlador a auditar el cumplimiento del contrato y el RGPD.

Estos son los mínimos requeridos, pero el controlador y el procesador pueden acordar complementarlos con sus propios términos.

Diferencias entre contrato oneroso y contrato gratuito

Para calificar un contrato de gratuito u oneroso se atiende a la utilidad que el acto reporta a los contratantes. Si sólo reporta utilidad a uno de los contratantes, quien no da nada a cambio, el contrato es gratuito. Si ambos contratantes se benefician o reportan utilidad del contrato, éste es oneroso.

Son contratos onerosos: la compraventa, la permuta, el arrendamiento , la sociedad, el mandato remunerado, la transacción, la renta vitalicia, el seguro, etc. Son contratos gratuitos: la donación, el comodato, el depósito, el mandato gratuito.

No debemos atender a la reciprocidad de las obligaciones para determinar si el contrato es gratuito u oneroso, sino a la reciprocidad de los beneficios.