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Control de temperatura a trabajadores ¿Cómo debo hacerlo? Incluye modelo y Cartel

Con las primeras fases de la desescalada y la vuelta a la actividad en los centros de trabajo, también llega la implantación de nuevos métodos de control y/o medidas de seguridad que hasta ahora nunca se habían usado, para poder hacer frente a la propagación del Covid-19. Hablamos del control de la temperatura a los trabajadores mediante escáneres térmicos o termómetros digitales sin contacto.

¿Puedo realizar un control de temperatura a mis trabajadores?

En la actual situación en la que todavía existe un riesgo evidente de propagación del coronavirus en espacios públicos y centros de trabajo, la respuesta es sí. Las empresas pueden realizar un control de la temperatura de sus trabajadores a la entrada de los centros de trabajo, siempre que lo hagan con proporcionalidad y de acuerdo a las pautas dadas por las autoridades sanitarias y su servicio de prevención de riesgos laborales y vigilancia de la salud.

Se trata del cumplimiento de la obligación del empresario por velar por la salud de sus trabajadores, recogida en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Pero, dado que la temperatura es un dato de salud y, por lo tanto, está especialmente protegido, el tratamiento de estos datos debe hacerse bajo las indicaciones de la AEPD y el RGPD.

Por lo que se recomienda que este control de la temperatura se lleve a cabo de la manera menos intrusiva posible, en un espacio con poca concurrencia y atendiendo a los criterios definidos por las autoridades sanitarias en relación a su utilidad y proporcionalidad.

Informa a tus trabajadores. El cartel informativo y la circular informativa

Si vas poner un control para verificar la temperatura de tus trabajadores antes de que accedan al centro de trabajo, tienes la obligación de informarles sobre la finalidad y tratamiento de los datos que se van a recoger, además de los derechos que pueden ejercer respecto a dicho tratamiento. Recuerda que los datos de salud, como decíamos, están especialmente protegidos y, aunque estemos ante una situación excepcional en la que prima el interés general y la protección de la salud de toda la plantilla frente al derecho individual, estás obligado a seguir la normativa legal vigente.

La forma más adecuada de informar a tus trabajadores es recurriendo al cartel informativo y a la circular informativa; mediante estos dos documentos podrás informar de manera suficiente sobre la necesidad de la medida, el tratamiento que se hará de los datos, ante quienes pueden reclamar y la base jurídica sobre la que se sustenta esta medida.

Control de Temperatura trabajadores covid19

El cartel informativo de control de temperatura

El cartel informativo de control de temperatura corporal no es muy distinto al que utilizaríamos en caso de tener colocadas cámaras de videovigilancia en el centro de trabajo. A través de él daremos a los trabajadores la información básica sobre la medida.

Modelo cartel informativo control temperatura (PDF)

Descarga nuestro modelo de cartel informativo de control de temperatura en PDF y edítalo con los datos correspondientes a tu empresa, para poder utilizarlo en tu centro de trabajo.

Cómo hacer el cartel informativo paso a paso

Este cartel informativo debe reunir la información básica sobre la medida de control de temperatura. A continuación te explicamos qué elementos debe contener y dónde debe colocarse.

Contenido

Como decíamos, el cartel informativo debe contener la información básica sobre el tratamiento de los datos del trabajador, con la finalidad de control de temperatura:

  • Responsable del tratamiento de los datos:
    • Razón social de la empresa
    • CIF
    • Dirección postal
  • Finalidad la medida y uso de los datos.
  • Derechos: Dónde pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad.
  • Información completa: Dónde y cómo pueden solicitar información adicional o más detallada sobre el tratamiento de sus datos.

Ubicación

Colocaremos el cartel informativo, siempre bien visible, en los accesos a los centros de trabajo en los que se vaya a realizar el control de temperatura, por ejemplo, la entrada principal, la recepción o una sala privada habilitada para ello.

Modelo de circular informativa para el control de temperatura

La circular informativa es una carta que habremos de entregar a todos los trabajadores, en la que les informaremos sobre las medidas de control de temperatura en el acceso o accesos al centro de trabajo, con el fin de cumplir con las obligaciones de prevención de riesgos laborales y contribuir a la contención de la pandemia de Covid-19.

A diferencia del cartel informativo, la circular contiene una información más detallada sobre la medida tomada y el tratamiento de los datos de los trabajadores.

Solicita AHORA una una circular informativa.

Cómo hacer una circular informativa paso a paso

Os explicamos cómo hacer la circular informativa y qué contenido debe incluirse en ella para que cumpla con la normativa legal vigente.

Aunque enviaremos copia de la circular a toda la plantilla, es recomendable que dispongamos de varias copias de la misma en el acceso o accesos donde se vaya a tomar la temperatura, para poder entregársela a cualquier trabajador que solicite información adicional sobre la medida.

¿A quién va dirigida?

Esta circular irá dirigida a todos los trabajadores de la empresa que desarrollen su actividad laboral dentro del centro de trabajo.

¿Qué debe incluir?

La carta debe informar de la media tomada como consecuencia del Covid-19, en este caso, el control y toma de temperatura de los empleados en el acceso a su centro de trabajo.

A continuación contendrá los siguientes campos:

Datos de la empresa

Debemos identificar la empresa a través de su razón social, CIF y dirección postal.

Finalizad y tratamiento de los datos

En la carta debemos recoger la finalidad del tratamiento de los datos personales recogidos, que en este caso se centran en el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la normativa de prevención de riegos laborales, la protección de la salud de los empleados y ayudar a frenar la pandemia de Covid-19.

Así mismo, debemos citar la legitimación en la que nos amparemos, es decir, la base jurídica sobre la que se habilita el tratamiento de estos datos personales (artículo 9.2 b) del RGPD).

Cuánto se deben conservar los datos

Especificaremos que la conservación de los datos será del período mínimo de tiempo que resulte imprescindible para cumplir con la finalidad que ha motivado su obtención. En cualquier caso, señalaremos que se atendrá al principio de mínima conservación de los datos.

Medidas se seguridad

También debemos especificar que los datos quedarán bloqueados bajo estrictas medidas de seguridad y que solo se facilitarán a terceros cuando sean autoridades competentes las que los requieran (Ministerio de Sanidad, Administración Pública o Fuerzas y Cuerpos de Seguridad).

Además, dejaremos constancia de que la empresa tomará las medidas técnicas y organizativas necesarias para garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad, secreto y no divulgación de los datos personales recabados de su personal. Y que el tratamiento de la información lo llevará a cabo personal estrictamente autorizado para ello.

Ejercicio de derechos y reclamaciones

Informaros a los trabajadores de que podrán ejercitar en cualquier momento sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad y la dirección a dónde deben dirigirse.

Así mismo, les indicaremos que pueden presentar sus reclamaciones de tutela de derechos ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Firma

La circular debe ser firmada por el empleado como “recibí”. Y se recomienda guardar copia de este documento firmado por parte del empleador.

¿Es suficiente colocar el cartel informativo o debo entregar la circular informativa también?

Es recomendable, a parte de colocar el cartel informativo y entregar la circular a los trabajadores, puesto que contiene una información más detallada de la medida y el tratamiento de los datos, así como la finalidad de los mismos.